Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2001 (29/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 199

MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2001
Codigo 9105.91.10.00 9105.91.90.00 9105.99.00.00 91.06 9106.10.00.00 9106.20.00.00 9106.90.00.00 9107.00.00.00 91.08 9108.11.00.00 9108.12.00.00 9108.19.00.00 9108.20.00.00 9108.90.00.00 91.09 9109.11.00.00 9109.19.00.00 9109.90.00.00 91.10

NORMAS LEGALES

Pag. 214769
A/V 12 12 12

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Designacion de la Mercancia - Aparatos de relojeria para redes electricas de distribucion y de unificacion de la hora (maestro y secundario) - Los demas Los demas

Aparatos de control de tiempo y contadores de tiempo, con mecanismo de relojeria o motor sincronico (por ejemplo: registradores de asistencia, registradores fechadores, registradores contadores). Registradores de asistencia; registradores fechadores y registradores contadores Parquimetros Los demas 12 12 12 12

Interruptores horarios y demas aparatos que permitan accionar un dispositivo en un momento dado, con mecanismo de relojeria o motor sincronico. Pequenos mecanismos de relojeria completos y montados. Electricos: - Con indicador mecanico solamente o con dispositivo que permita incorporarlo - Con indicador optoelectronico solamente - Los demas Automaticos Los demas

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Los demas mecanismos de relojeria completos y montados. Electricos: - De despertadores - Los demas Los demas 12 12 12

Mecanismos de relojeria completos, sin montar o parcialmente montados («chablons»); mecanismos de relojeria incompletos, montados; mecanismos de relojeria «en blanco» («ebauches»). Pequenos mecanismos: - Mecanismos completos, sin montar o parcialmente montados («chablons») - Mecanismos incompletos, montados - Mecanismos «en blanco» («ebauches») Los demas 12 12 12 12

9110.11.00.00 9110.12.00.00 9110.19.00.00 9110.90.00.00 91.11 9111.10.00.00 9111.20.00.00 9111.80.00.00 9111.90.00.00 91.12 9112.20.00.00 9112.90.00.00 91.13 9113.10.00.00 9113.20.00.00 9113.90 9113.90.10.00 9113.90.20.00 9113.90.90.00 91.14 9114.10.00.00 9114.20.00.00 9114.30.00.00 9114.40.00.00 9114.90.00.00

MORDAZA de los relojes de las partidas 91.01 o 91.02 y sus partes. MORDAZA de metal precioso o chapado de metal precioso (plaque) MORDAZA de metal comun, incluso MORDAZA o plateado Las demas MORDAZA Partes 12 12 12 12

MORDAZA y envolturas similares para los demas aparatos de relojeria y sus partes. MORDAZA y envolturas similares Partes 12 12

Pulseras para reloj y sus partes. De metal precioso o chapado de metal precioso (plaque) De metal comun, incluso MORDAZA o plateado Las demas: - De plastico - De cuero - Las demas 12 12 12 12 12

Las demas partes de aparatos de relojeria. Muelles (resortes), incluidas las espirales Piedras Esferas o cuadrantes Platinas y puentes Las demas 12 12 12 12 12

Capitulo 92 Instrumentos musicales; sus partes y accesorios
Notas. 1. Este Capitulo no comprende: a) las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Seccion XV, de metal comun (Seccion XV) y los articulos similares de plastico (Capitulo 39); b) los microfonos, amplificadores, altavoces (altoparlantes), auriculares, interruptores, estroboscopios y demas instrumentos, aparatos y equipos accesorios utilizados con los articulos de este Capitulo, que no esten incorporados en ellos ni alojados en la misma MORDAZA (continente) (Capitulos 85 o 90); c) los instrumentos y aparatos que presenten el caracter de juguete (partida 95.03); d) las escobillas y demas articulos de cepilleria para limpieza de instrumentos musicales (partida 96.03); e) los instrumentos y aparatos que presenten el caracter de objetos de coleccion o antiguedades (partidas 97.05 o 97.06). 2. Los MORDAZA, palillos y articulos similares para instrumentos musicales de las partidas 92.02 o 92.06, que se presenten en numero correspondiente a los instrumentos a los cuales se destinen, se clasificaran con ellos. Las tarjetas, discos y rollos de la partida 92.09 se clasifican en esta partida, aunque se presenten con los instrumentos o aparatos a los que esten destinados. Codigo 92.01 9201.10.00.00 Designacion de la Mercancia Pianos, incluso automaticos; clavecines y demas instrumentos de cuerda con teclado. Pianos verticales 12 A/V

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