Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2001 (29/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Codigo 0307.59.00.00 0307.60.00.00 0307.91 0307.91.10.00 0307.91.90.00 0307.99 0307.99.10.00 0307.99.20.00 0307.99.90 0307.99.90.20 0307.99.90.30 0307.99.90.40 0307.99.90.90 -

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2001
A/V 12 12

Designacion de la Mercancia - Los demas Caracoles, excepto los de mar Los demas, incluidos la harina, polvo y «pellets» de invertebrados acuaticos, excepto los crustaceos, aptos para la alimentacion humana: - Vivos, frescos o refrigerados: - - Erizos de mar - - Los demas - Los demas: - - Erizos de mar - - Locos (Concholepas concholepas) - - Los demas: - - - Caracoles de mar - - - Machas (Mesodema donacium) - - - Lapas - - - Los demas

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Capitulo 4 Leche y productos lacteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte
Notas. 1. 2. Se considera leche, la leche entera y la leche desnatada (descremada) total o parcialmente. En la partida 04.05: a) Se entiende por mantequilla (manteca), la mantequilla (manteca) natural, la mantequilla (manteca) del lactosuero o la mantequilla (manteca) «recombinada» (fresca, salada o rancia, incluso en recipientes hermeticamente cerrados) que provengan exclusivamente de la leche, con un contenido de materias grasas de la leche que sea superior o igual al 80% pero inferior o igual al 95%, en peso, de materias solidas de la leche, inferior o igual al 2% en peso y, de agua, inferior o igual al 16% en peso. La mantequilla (manteca) no debe contener emulsionantes anadidos pero puede contener cloruro sodico, colorantes alimentarios, sales de neutralizacion y cultivos de bacterias lacticas inocuas. b) Se entiende por pastas lacteas para untar las emulsiones del MORDAZA agua-en-aceite que se puedan untar y contengan materias grasas de la leche como unicas materias grasas y en las que el contenido de estas sea superior o igual al 39% pero inferior al 80%, en peso. 3. Los productos obtenidos por concentracion del lactosuero con adicion de leche o de materias grasas de la leche se clasificaran en la partida 04.06 como quesos, siempre que presenten las tres caracteristicas siguientes: a) un contenido de materias grasas de la leche superior o igual al 5%, calculado en peso sobre el extracto seco; b) un contenido de extracto seco superior o igual al 70% pero inferior o igual al 85%, calculado en peso; c) moldeados o susceptibles de serlo. 4. Este Capitulo no comprende: a) los productos obtenidos del lactosuero, con un contenido de lactosa superior al 95% en peso, expresado en lactosa anhidra, calculado sobre materia seca (partida 17.02); b) las albuminas (incluidos los concentrados de varias proteinas del lactosuero, con un contenido de proteinas del lactosuero superior al 80% en peso, calculado sobre materia seca) (partida 35.02) ni las globulinas (partida 35.04). Notas de subpartida. 1. 2. En la subpartida 0404.10, se entiende por lactosuero modificado el producto constituido por componentes del lactosuero, es decir, lactosuero del que se MORDAZA extraido, total o parcialmente, lactosa, proteinas o sales minerales, o al que se MORDAZA anadido componentes naturales del lactosuero, asi como los productos obtenidos por mezcla de componentes naturales del lactosuero. En la subpartida 0405.10, el termino mantequilla (manteca) no comprende la mantequilla (manteca) deshidratada ni la «ghee» (subpartida 0405.90). Codigo 04.01 0401.10.00.00 0401.20.00.00 0401.30.00.00 04.02 0402.10 0402.10.10.00 0402.10.90.00 0402.21 0402.21.11.00 0402.21.19.00 0402.21.91.00 0402.21.99.00 0402.29 0402.29.11.00 0402.29.19.00 0402.29.91.00 0402.29.99.00 0402.91 0402.91.10.00 0402.91.90.00 0402.99 0402.99.10.00 0402.99.90.00 Designacion de la Mercancia Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adicion de azucar ni otro edulcorante. Con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1% en peso Con un contenido de materias grasas superior al 1% pero inferior o igual al 6%, en peso Con un contenido de materias grasas superior al 6% en peso 20 20 20 A/V

Leche y nata (crema), concentradas o con adicion de azucar u otro edulcorante. En polvo, granulos o demas formas solidas, con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1,5% en peso: - En envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg - Los demas En polvo, granulos o demas formas solidas, con un contenido de materias grasas superior al 1,5% en peso: - Sin adicion de azucar ni otro edulcorante: - - Con un contenido de materias grasas superior o igual al 26% en peso, sobre producto seco: - - - En envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg - - - Las demas - - Las demas: - - - En envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg - - - Las demas - Las demas: - - Con un contenido de materias grasas superior o igual al 26% en peso, sobre producto seco: - - - En envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg - - - Las demas - - Las demas: - - - En envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg - - - Las demas Las demas: - Sin adicion de azucar ni otro edulcorante: - - Leche evaporada - - Las demas - Las demas: - - Leche condensada - - Las demas 20 20

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