Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2001 (29/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 209

MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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PCM y el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la adquisicion de una Consola de Administracion y la Actualizacion (upgrade) de los Sistemas Operativos de tres nodos y Consola del Computador Central IBM RS/6000 SP2 del Ministerio. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Economia y Finanzas del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, para adquirir una Consola de Administracion y la Actualizacion (upgrade) de los Sistemas Operativos de tres nodos y Consola del Computador Central IBM RS/6000 SP2 del Ministerio, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, disponiendo que la misma sea realizada mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- Las adquisiciones a las que se refieren los articulos precedentes seran realizadas por la Oficina General de Administracion, hasta por la suma de S/. 105 000,00 (CIENTO CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo al Presupuesto del Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2001. Articulo 4º.- Aprobar las Bases de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 05-2001-EF/43, para la adquisicion de una Consola de Administracion y la Actualizacion (upgrade) de los Sistemas Operativos de tres nodos y Consola del Computador Central IBM RS/6000 SP2 del Ministerio. Articulo 5º.- La presente Resolucion, asi como MORDAZA de los informes que sustentan esta exoneracion seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) calendario, siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 36996

76.01, que regula el MORDAZA presupuestario de dichas Entidades para el ano fiscal 2001; Que, el Articulo 23º de la Directiva mencionada en el parrafo precedente establece que la modificacion del Presupuesto Consolidado de las citadas Entidades, se efectua en periodos trimestrales y se aprueba mediante Resolucion del Ministro de Economia y Finanzas, sobre la base de las Resoluciones del Titular de la Entidad o Acuerdos de Directorio u organo equivalente que impliquen modificacion por Credito Suplementario; Que, es necesario aprobar las modificaciones del Presupuesto Consolidado de los Organismos Reguladores, Supervisores, Administradores de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios, correspondiente al ano fiscal 2001; De conformidad con el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 148-2000-EF y el Articulo 23º de la Directiva Nº 003-2001-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebase un Credito Suplementario para el Ano Fiscal 2001, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Reguladores, Supervisores, Administradores de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios, por la suma de SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 182 985,00), de acuerdo al siguiente desagregado: (EN NUEVOS SOLES) I INGRESOS Ingresos Corrientes Ingresos de Capital Transferencias Financiamiento TOTAL INGRESOS II EGRESOS Egresos Corrientes Egresos de Capital Servicio de la Deuda Saldo TOTAL EGRESOS 2 646 810,00 250 000,00 126 175,00 3 160 000,00 6.182.985,00

Aprueban Credito Suplementario en el Presupuesto Consolidado de Organismos Reguladores, Supervisores, Administradores de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 384-2001-EF/76 MORDAZA, 27 de diciembre del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 148-2000-EF, se aprobo el Presupuesto de Ingresos y Egresos de los Organismos Reguladores, Supervisores, Administradores de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios para el ano fiscal 2001, hasta por DOS MIL CIENTO DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 117 952 047,00); Que, el Articulo 4º del citado Decreto Supremo, establece que la mayor captacion u obtencion de recursos que se perciban durante el periodo de ejecucion presupuestaria del ano fiscal 2001, asi como la creacion o formalizacion de nuevos Organismos o Empresas Municipales, podra modificar el nivel del Presupuesto de Ingresos y Egresos de los Organismos Reguladores, Supervisores, Administradores de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios, de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Directiva Nº 003-2001-EF/76.01 aprobada por la Resolucion Directoral Nº 051-2001-EF/

2 243 863,00 1 365 090,00 2 325 497,00 248 535,00 6 182 985,00

Articulo 2º.- El desagregado a nivel de Organismos Reguladores, Supervisores, Administradores de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios del Credito Suplementario aprobado por el articulo precedente se detalla en los Anexos Nºs. 01 y 02 que forman parte de la presente MORDAZA legal, de acuerdo a lo siguiente: Descripcion Ingresos Egresos Anexo Anexo Nº 01 Anexo Nº 02

Articulo 3º.- Las Empresas Municipales que por aplicacion de la presente MORDAZA formalicen su Presupuesto Institucional para el ano 2001, deberan aprobar mediante Resolucion o Acuerdo, segun corresponda, el desagregado del Credito Suplementario dentro de los cinco (5) dias habiles posteriores a la vigencia de la presente Resolucion, a nivel de categoria del Ingreso y del Egreso. MORDAZA de la citada Resolucion o Acuerdo de aprobacion, y los formatos y anexos que corresponda, visado por el Gerente General y el Jefe de Presupuesto o quienes MORDAZA sus veces en la Entidad son remitidos a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, dentro de los cinco (5) dias posteriores a su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas

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