Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2001 (29/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2001

Humano, Nivel Remunerativo F-4, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 37128

que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie las acciones legales que correspondan contra las personas senaladas en la parte considerativa de esta Resolucion, por los fundamentos expuestos. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuraduria para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 37126

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra Jefe del PRONAA y ex funcionario por presunta comision de delito contra la administracion publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 469-2001-PROMUDEH MORDAZA, 28 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 447-2001-PROMUDEH, de fecha 20 de diciembre de 2001, se dejo sin efecto la designacion del senor MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente de la Gerencia Local del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, de Callao, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH, designandose en su reemplazo, a partir de la fecha de expedicion de la Resolucion en mencion, al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Escamilo; Que no obstante haberse constituido el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Escamilo, al local donde funciona la Gerencia Local del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, de Callao, los dias 26 y 27 de diciembre de 2001, para asumir el cargo para el que ha sido designado, el ex Gerente, senor MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se ha negado a efectuar la entrega del cargo continuando por el contrario, en forma irregular, desempenando el mismo; Que pretendiendo desconocer la Resolucion Ministerial a que se contrae el Primer Considerando de la presente Resolucion, el Jefe del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, senor MORDAZA MORDAZA Diez Canseco Beggiato, ha expedido la Resolucion Jefatural Nº 3492001-PRONAA/J, de fecha 26 de diciembre de 2001, en la que se deja sin efecto la designacion del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Escamilo; Que los hechos senalados se constatan con el Informe Nº 001-2001-GLPRONAA/CALLAO, de fecha 28 de diciembre del 2001, del Gerente Local del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, de Callao, asi como con el Acta de Constatacion Notarial de fecha 26 de diciembre de 2001, extendida por el Notario Publico del Callao, doctor MORDAZA MORDAZA Rivero Castillo; Que los hechos descritos constituyen delitos contra la administracion publica cometidos por funcionarios publicos previstos en el Codigo Penal Peruano; Que en consecuencia resulta necesario autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de la representacion y defensa de los intereses del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que inicie e impulse las acciones legales correspondientes con el objeto de salvaguardar los intereses de la institucion; De conformidad con lo establecido por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para

Crean el Consejo Consultivo de la Mujer de las Organizaciones Sociales de Base
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 470-2001-PROMUDEH MORDAZA, 28 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y el Desarrollo Humano, con la mision de promover el desarrollo de la mujer y la familia, promover actividades que favorezcan el desarrollo humano de la poblacion y la atencion de los menores en riesgo; Que, es necesario dar adecuado cumplimiento a los mandatos constitucionales, la legislacion nacional y los compromisos internacionales acordados para el adelanto de la mujer, en lo relativo a la planificacion de su propio desarrollo y en las decisiones que afectan su futuro; Que, es necesario reconocer el aporte de las mujeres peruanas organizadas, de los sectores rurales y MORDAZA marginales en la lucha por la sobrevivencia, el desarrollo y la democracia en el Peru; Que, es necesario profundizar el MORDAZA de democratizacion del MORDAZA, asi como la necesaria transparencia en el manejo de los recursos gubernamentales y de la cooperacion internacional; y, Que, es necesario para la Alta Direccion del Promudeh contar con la vision, la orientacion y el aporte de las mujeres organizadas, en el diseno e implementacion de las politicas propias del sector; De conformidad con el Articulo 118º incisos 8) y 24) de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Crease en el Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, el Consejo Consultivo de la Mujer de las Organizaciones Sociales de Base, como organismo de participacion en el diseno, vigilancia y facilitamiento de las politicas del sector dirigidas a las mujeres de los sectores mas desfavorecidos de la poblacion. Articulo 2º.- El Consejo Consultivo de la Mujer de las Organizaciones Sociales de Base, estara conformado por los siguientes miembros: - 1 Representante del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH), que actuara como Secretario Tecnico del Consejo Consultivo; - 3 Representantes de las Organizaciones Sociales de Base mas representativas de los sectores urbanos; - 3 Representantes de las Organizaciones Sociales de Base mas representativas de los sectores rurales; Las miembros del Consejo Consultivo son elegidas por el periodo de dos anos, no renovable, en calidad de Ad Honorem. La Comision se reunira periodicamente a convocatoria de su Presidente, por lo menos una vez al mes, segun calendario fijado en la primera reunion. Articulo 3º.- El Consejo Consultivo de la Mujer de las Organizaciones Sociales de Base tendra las siguientes funciones:

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