Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2001 (29/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2001

Visto el Oficio Nº 01-12-2001-FPV de 13 de diciembre del 2001; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 072-2001-PE/CD-IPD de 7 de septiembre del 2001 se aprobo el Estatuto y respectivas Aclaratorias de la "Asociacion Deportiva de Voleibol" y se reconocio a su Junta Directiva; Que mediante el documento del exordio, la asociacion recurrente da cuenta al Instituto Peruano del Deporte de la modificacion de su denominacion de "Asociacion Deportiva de Voleibol" por la de "FEDERACION PERUANA DE VOLEIBOL" y, como consecuencia, la de los Articulos 1º, 4º, 45º y 75º del Estatuto, acreditando el registro correspondiente en la Partida Nº 11306879 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, en consecuencia, resulta procedente expedir la Resolucion Administrativa correspondiente; Con la aprobacion del Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte, en Sesion Ordinaria celebrada el 13 de diciembre del 2001; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica, Gerencia Nacional de Deporte Afiliado y la Gerencia General; y, De conformidad con lo establecido en el Art. 10º literal g) de la Ley Nº 27159, Ley General del Deporte; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la modificacion parcial del Estatuto de la "Asociacion Deportiva de Voleibol", materia de la Resolucion Nº 072-2001-PE/CD-IPD de 7 de septiembre del 2001, contenida en sus Articulos 1º, 4º, 45º y 75º, respecto al cambio de su denominacion por la de "FEDERACION PERUANA DE VOLEIBOL"; la misma que ha quedado inscrita en Partida Nº 11306879 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, segun Testimonio de fecha 19 de noviembre del 2001, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHIANTARELLI SORMANI Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano de Deporte 37023

US$ 550.00 (QUINIENTOS CINCUENTA Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) por mes; Que, el literal g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001-PCM, exonera de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las prorrogas de plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que, en tal circunstancia las contrataciones se realizaran mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia en virtud del Articulo 20º del mismo cuerpo legal; Que, el Articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM establece que la exoneracion en mencion debe aprobarse por Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo de un Informe Tecnico-Legal previo, el cual conforme al Articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 013-2001-PCM, debe ser emitido por las areas tecnica y de asesoria juridica de la Entidad, y debera contener la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion; Que, el Informe Tecnico-Legal Nº 012-2001-OGAL/IRTP de fecha 11 de diciembre del 2001, emitido por la Oficina General de Asesoria Legal y la Gerencia de Administracion y Finanzas del IRTP, expone la justificacion tecnica y legal de continuar con el arriendo del local en cuestion y la necesidad de exonerar dicha contratacion del MORDAZA de Adjudicacion Directa, en virtud del literal g) del Articulo 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM, y realizarla mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, bajo criterios de economia tales como el costo y la oportunidad; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Legal y Gerencia de Administracion y Finanzas, y de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 0122001-PCM, y su Reglamento, D.S. Nº 013-2001-PCM, y D. Leg. Nº 829, D.S. Nº 056-2001-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa al arrendamiento del inmueble ubicado en el MORDAZA Raimondi 143 de la MORDAZA de Iquitos, el cual se realizara mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas del IRTP se encargue de realizar la contratacion exonerada por la presente Resolucion, conforme al Articulo 105º del D.S. Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- En cumplimiento del Articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM y Articulo 115º del D.S. Nº 013-2001PCM, dispongase la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de su emision, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica de MORDAZA de la misma y del informe que la sustenta, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA URRUTIA BOLONA Presidente Ejecutivo 37080

IRTP
Exoneran de MORDAZA de adjudicacion directa el arrendamiento de inmueble ubicado en la MORDAZA de Iquitos
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 057/B-2001-IRTP MORDAZA, 17 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, el 18 de octubre del ano 2001, el IRTP suscribio el MORDAZA Addendum Nº 106-AL-2001-FIL al contrato de arrendamiento Nº 093-AL-2000-FIL del local ubicado en el MORDAZA Raimondi 143 de la MORDAZA de Iquitos, por los meses de noviembre y diciembre del 2001; Que, la Oficina de Filiales con Memorandum Nº 11222001-OF/IRTP solicita que se amplie la vigencia del referido contrato de arrendamiento, es decir, que se suscriba otro addendum para aquellos efectos; Que, el contrato al que se refiere el arrendamiento aludido, vencera el 31 de diciembre del 2001, siendo necesario renovarlo; Que, el propietario del local arrendado ha aceptado ampliar el contrato desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del 2002 sin aumentar la MORDAZA conductiva que es de

OSITRAN
Exoneran de MORDAZA de seleccion la prorroga de contrato de arrendamiento de inmueble celebrado con la ONP
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 015-2001-PD/OSITRAN MORDAZA, 26 de diciembre de 2001

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