Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2001 (29/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2001
Codigo 34.02

NORMAS LEGALES

Pag. 214645

Designacion de la Mercancia A/V Agentes de superficie organicos (excepto el jabon); preparaciones tensoactivas, preparaciones para lavar (incluidas las preparaciones auxiliares de lavado) y preparaciones de limpieza, aunque contengan jabon, excepto las de la partida 34.01. Agentes de superficie organicos, incluso acondicionados para la venta al por menor: - Anionicos: - - Sulfatos o sulfonatos de alcoholes grasos - - Los demas - Cationicos: - - Sales de aminas grasas - - Los demas - No ionicos: - - Obtenidos por condensacion del oxido de etileno con mezclas de alcoholes lineales de once carbones o mas - - Los demas, no ionicos - Los demas: - - Proteinas alquilbetainicas o sulfobetainicas - - Los demas Preparaciones acondicionadas para la venta al por menor Las demas: - Detergentes para la industria textil - Los demas

3402.11 3402.11.10.00 3402.11.90.00 3402.12 3402.12.10.00 3402.12.90.00 3402.13 3402.13.10.00 3402.13.90.00 3402.19 3402.19.10.00 3402.19.90.00 3402.20.00.00 3402.90 3402.90.10.00 3402.90.90.00 34.03

12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12

Preparaciones lubricantes (incluidos los aceites de corte, las preparaciones para aflojar tuercas, las preparaciones antiherrumbre o anticorrosion y las preparaciones para el desmoldeo, a base de lubricantes) y preparaciones de los tipos utilizados para el ensimado de materias textiles o el aceitado o engrasado de cueros y pieles, peleteria u otras materias, excepto las que contengan como componente basico una proporcion de aceites de petroleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70% en peso. Que contengan aceites de petroleo o de mineral bituminoso: - Preparaciones para el tratamiento de materias textiles, cueros y pieles, peleteria u otras materias - Las demas Las demas: - Preparaciones para el tratamiento de materias textiles, cueros y pieles, peleteria u otras materias - Las demas 12 12 12 12

3403.11.00.00 3403.19.00.00 3403.91.00.00 3403.99.00.00 34.04 3404.10.00.00 3404.20.00.00 3404.90 3404.90.11.00 3404.90.19.00 3404.90.20.00 34.05

Ceras artificiales y ceras preparadas. De lignito modificado quimicamente De poli(oxietileno) (polietilenglicol) Las demas: - Ceras artificiales: - - De polietileno - - Las demas - Ceras preparadas 4 4 4 4 12

Betunes y cremas para el calzado, encausticos, abrillantadores (lustres) para carrocerias, vidrio o metal, pastas y polvos para fregar y preparaciones similares (incluso papel, guata, fieltro, tela sin tejer, plastico o caucho celulares, impregnados, recubiertos o revestidos de estas preparaciones), excepto las ceras de la partida 34.04. Betunes, cremas y preparaciones similares para el calzado o para cueros y pieles Encausticos y preparaciones similares para la conservacion de muebles de MORDAZA, parques u otras manufacturas de MORDAZA Abrillantadores (lustres) y preparaciones similares para carrocerias, excepto las preparaciones para lustrar metal Pastas, polvos y demas preparaciones para fregar Las demas 12 12 12 12 12 12

3405.10.00.00 3405.20.00.00 3405.30.00.00 3405.40.00.00 3405.90.00.00 3406.00.00.00 3407.00

Velas, cirios y articulos similares. Pastas para modelar, incluidas las presentadas para entretenimiento de los ninos; preparaciones llamadas «ceras para odontologia» o «compuestos para impresion dental», presentadas en juegos o surtidos, en envases para la venta al por menor o en plaquitas, herraduras, barritas o formas similares; las demas preparaciones para odontologia a base de yeso fraguable. Pastas para modelar «Ceras para odontologia» o «compuestos para impresion dental» Las demas preparaciones para odontologia a base de yeso fraguable

3407.00.10.00 3407.00.20.00 3407.00.90.00

12 12 12

Capitulo 35 Materias albuminoideas; productos a base de MORDAZA o de fecula modificados; colas; enzimas
Notas. 1. Este Capitulo no comprende: a) las levaduras (partida 21.02); b) las fracciones de la sangre (excepto la albumina de la sangre sin preparar para usos terapeuticos o profilacticos), los medicamentos y demas productos del Capitulo 30; c) las preparaciones enzimaticas para precurtido (partida 32.02); d) las preparaciones enzimaticas para el MORDAZA o prelavado y demas productos del Capitulo 34; e) las proteinas endurecidas (partida 39.13); f) los productos de las artes graficas con soporte de gelatina (Capitulo 49). 2. El termino dextrina empleado en la partida 35.05 se aplica a los productos de la degradacion de los almidones o feculas, con un contenido de azucares reductores, expresado en dextrosa sobre materia seca, inferior o igual al 10%. Los productos anteriores con un contenido de azucares reductores superior al 10% se clasifican en la partida 17.02. Codigo 35.01 3501.10.00.00 3501.90 3501.90.10.00 3501.90.90.00 Designacion de la Mercancia Caseina, caseinatos y demas derivados de la caseina; colas de caseina. Caseina Los demas: - Colas de caseina - Los demas 4 12 4 A/V

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