Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2001 (29/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2001
Codigo 3824.90.91.00 3824.90.92.00 3824.90.93.00 3824.90.94.00 3824.90.95.00 3824.90.96.00 3824.90.99

NORMAS LEGALES

Pag. 214651
A/V 4 4 4 4 4 12

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3824.90.99.11 3824.90.99.12 3824.90.99.13 3824.90.99.14 3824.90.99.15 3824.90.99.20 3824.90.99.30

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3824.90.99.41 3824.90.99.42

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3824.90.99.51 3824.90.99.59 3824.90.99.60 3824.90.99.91 3824.90.99.99 38.25 3825.10.00.00 3825.20.00.00 3825.30.00.00 3825.41.00.00 3825.49.00.00 3825.50.00.00 3825.61.00.00 3825.69.00.00 3825.90.00.00

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Designacion de la Mercancia Maneb, Zineb, Propineb, Mancozeb Ferritas con aglomerantes, en polvo o granulos Intercambiadores de iones Endurecedores compuestos Acido fosforico, sin aislar, incluso en concentracion con contenido inferior o igual al 54% en peso de P2O5 Correctores liquidos acondicionados en envases para la venta al por menor Los demas: - Mezclas constituidas esencialmente de alquil (metil, etil, n-propil o isopropil) fosfonofluoridatos de O-alquilo (< C10' incluyendo cicloalquilos); mezclas constituidas esencialmente de N,N-dialquil (metil, etil, n-propil o isopropil) fosforoamidocianidatos de O-alquilo (< C10' incluyendo cicloalquilos); mezclas constituidas esencialmente de difluoruros de alquil (metil, etil, n-propil o isopropil) fosfonilo; mezclas constituidas esencialmente de dihalogenuros de N,N-dialquil (metil, etil, n-propil o isopropil) fosforoamidicos; mezclas constituidas esencialmente de N,N-dialquil (metil, etil, n-propil o isopropil) fosforoamidatos de dialquilo (metilo, etilo, n-propilo o isopropilo): - - Mezclas constituidas esencialmente de alquil (metil, etil, n-propil o isopropil) fosfonofluoridatos de O-alquilo (< C10' incluyendo cicloalquilos) - - Mezclas constituidas esencialmente de N,N-dialquil (metil, etil, n-propil o isopropil) fosforoamidocianidatos de O-alquilo (< C10' incluyendo cicloalquilos) - - Mezclas constituidas esencialmente de difluoruros de alquil (metil, etil, n-propil o isopropil) fosfonilo - - Mezclas constituidas esencialmente de dihalogenuros de N,N-dialquil (metil, etil, n-propil o isopropil) fosforoamidicos - - Mezclas constituidas esencialmente de N,N-dialquil (metil, etil, n-propil o isopropil) fosforoamidatos de dialquilo (metilo, etilo, n-propilo o isopropilo) - Mezclas constituidas esencialmente de hidrogenoalquil (metil, etil, n-propil o isopropil) fosfonotioatos de [S-2-(dialquil (metil, etil, n-propil o isopropil) amino) etilo] y sus esteres de O-alquilo (< C10' incluyendo cicloalquilos); mezclas constituidas esencialmente de sus sales alquiladas o protonadas - Mezclas constituidas esencialmente de hidrogenoalquil (metil, etil, n-propil o isopropil) fosfonitos de [O-2-(dialquil (metil, etil, n-propil o isopropil) amino) etilo] y sus esteres de O-alquilo (< C10' incluyendo cicloalquilos); mezclas constituidas esencialmente de sus sales alquiladas o protonadas - Mezclas constituidas esencialmente de aminas N,N-dialquil (metil, etil, n-propil o isopropil) 2-cloroetilo o sus sales protonadas; mezclas constituidas esencialmente de N,N-dialquil (metil, etil, n-propil o isopropil) aminoetano-2-tioles o sus sales protonadas: - - Mezclas constituidas esencialmente de aminas N,N-dialquil (metil, etil, n-propil o isopropil) 2-cloroetilo o sus sales protonadas - - Mezclas constituidas esencialmente de N,N-dialquil (metil, etil, n-propil o isopropil) aminoetano-2-tioles o sus sales protonadas - Mezclas constituidas esencialmente de N,N-dialquil (metil, etil, n-propil o isopropil) -2- aminoetanoles o sus sales protonadas: - - Mezclas constituidas esencialmente de N,N-dimetil-2-aminoetanoles o de N,N-dietil-2- aminoetanol o sus sales protonadas - - Los demas - Las demas mezclas constituidas esencialmente de productos quimicos que contengan un atomo de fosforo al cual se encuentre unido un grupo metilo, etilo, n-propilo o isopropilo, sin otros atomos de carbono - Los demas: - - Aceites de fusel; aceites de Dippel - - Los demas

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Productos residuales de la industria quimica o de las industrias conexas, no expresados ni comprendidos en otra parte; desechos y desperdicios municipales; lodos de depuracion; los demas desechos citados en la Nota 6 del presente Capitulo. Desechos y desperdicios municipales Lodos de depuracion Desechos clinicos Desechos de disolventes organicos: - Halogenados - Los demas Desechos de soluciones decapantes, fluidos hidraulicos, liquidos para frenos y liquidos anticongelantes Los demas desechos de la industria quimica o de las industrias conexas: - Que contengan principalmente componentes organicos - Los demas Los demas 12 12 12 12 12 12 12 12 12

Seccion VII PLASTICO Y SUS MANUFACTURAS; CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS
Notas. 1. Los productos presentados en surtidos que consistan en varios componentes distintos comprendidos, en su totalidad o en parte, en esta Seccion e identificables como destinados, despues de mezclados, a constituir un producto de las Secciones VI o VII, se clasificaran en la partida correspondiente a este ultimo producto siempre que los componentes sean: a) por su acondicionamiento, netamente identificables como destinados a utilizarse juntos sin previo reacondicionamiento; b) presentados simultaneamente; c) identificables, por su naturaleza o por sus cantidades respectivas, como complementarios unos de otros. 2. El plastico, el caucho y las manufacturas de estas materias, con impresiones o ilustraciones que no tengan un caracter accesorio en relacion con su utilizacion principal, corresponden al Capitulo 49, excepto los articulos de las partidas 39.18 o 39.19.

Capitulo 39 Plastico y sus manufacturas
Notas. 1. En la Nomenclatura, se entiende por plastico las materias de las partidas 39.01 a 39.14 que, sometidas a una influencia exterior (generalmente el calor y la presion y, en su caso, la accion de un disolvente o de un plastificante), son o han sido susceptibles de adquirir una forma por moldeo, colada, extrusion, laminado o cualquier otro procedimiento, en el momento de la polimerizacion o en una etapa posterior, forma que conservan cuando esta influencia ha dejado de ejercerse. En la Nomenclatura, el termino plastico comprende tambien la fibra vulcanizada. Sin embargo, dicho termino no se aplica a las materias textiles de la Seccion XI.

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