Norma Legal Oficial del día 16 de Enero del año 2001 (16/01/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 16 de enero de 2001

nes, en su caso, podran requerir que, a costa del impugnante, un laboratorio, empresa certificadora, inspector o perito acreditado para tal efecto por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, segun corresponda, emita una opinion tecnica. Para estos efectos, el postor oferente del bien respecto del cual se emitira la opinion tecnica, debera entregar a dicha persona o entidad opinante la informacion que le sea requerida y, en general, debera prestar las facilidades que esten a su alcance para que esta cumpla con el encargo. El costo de la opinion tecnica debera ser pagado por el impugnante al ser requerida dicha opinion. Si la resolucion que se emita determina que el bien ofertado como nacional no cumple con los requisitos establecidos para tener esa condicion, el postor oferente de ese bien quedara obligado a reembolsar al impugnante el costo de la opinion. En el caso la impugnacion se refiera a servicios, las entidades o el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones, en su caso, podran requerir al postor oferente la MORDAZA de los documentos civiles, societarios o economicos que considere pertinente para acreditar las condiciones establecidas en el Articulo 2º de este Decreto Supremo. En tanto se emita la referida opinion queda interrumpido el plazo para resolver el recurso. Articulo 5º.- SANCIONES A POSTORES DE BIENES O SERVICIOS La manifiesta falsedad en la declaracion jurada a que alude el Articulo 2º del presente Decreto Supremo, acarreara la interposicion de las acciones penales que establece el Codigo Penal y la inhabilitacion permanente del postor, de conformidad con lo establecido en el inciso b) del Articulo 52º de la Ley Nº 26850. Articulo 6º.- VIGENCIA El presente Decreto Supremo sera de aplicacion a los procedimientos de contratacion y adquisiciones que se inicien a partir de su entrada en MORDAZA, y regira mientras se encuentre vigente el Decreto de Urgencia Nº 064-2000. Articulo 7º.- DEROGATORIA Derogase el Decreto Supremo Nº 030-99-PCM. Articulo 8º.- REFRENDO El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de enero del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 16328

nica Internacional de la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en consecuencia es necesario designar a los funcionarios que desempenaran dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Decreto Ley Nº 25515; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director General de Cooperacion Horizontal y Temas Especiales de la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al doctor MORDAZA Beoutis Candahuana, como Director General de Operaciones de Cooperacion Tecnica Internacional de la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 16331

Aceptan renuncia de Directora Ejecutiva de Abastecimiento de la Direccion General de Administracion de la MORDAZA Militar del Despacho Presidencial
RESOLUCION SUPREMA Nº 027-2001-PCM MORDAZA, 15 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 446-93-PCM, se designo a la senora MORDAZA OSHIRO OSHIRO, en el cargo de Directora del Sistema Administrativo III de la Direccion Ejecutiva de Abastecimiento de la Direccion General de Administracion de la MORDAZA Militar del Despacho Presidencial; Que, la referida funcionaria ha formulado renuncia al cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, con efectividad al 10 de enero de 2001, la renuncia formulada por la senora MORDAZA OSHIRO OSHIRO, como Directora del Sistema Administrativo III de la Direccion Ejecutiva de Abastecimiento de la Direccion General de Administracion de la MORDAZA Militar del Despacho Presidencial, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 16332

Designan funcionarios de la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional
RESOLUCION SUPREMA Nº 026-2001-PCM MORDAZA, 15 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante los cargos de Director General de Cooperacion Horizontal y Temas Especiales y de Director General de Operaciones de Cooperacion Tec-

Aceptan renuncia de Subsecretaria de Prensa del Despacho Presidencial
RESOLUCION SUPREMA Nº 028-2001-PCM MORDAZA, 15 de enero de 2001

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