Norma Legal Oficial del día 01 de Febrero del año 2001 (01/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de febrero de 2001

das, computado a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion del Decreto Supremo Nº 006-2000-ITINCI, no siendo aplicable la causal de nulidad invocada en la Apelacion; Que, en consecuencia, al no haber cumplido con presentar la empresa INVERSIONES B & R S.R.Ltda. la totalidad de los requisitos establecidos por la Ley Nº 27153 y su Reglamento, resulta procedente que la Direccion Nacional de Turismo, mediante la Resolucion Directoral Nº 4072000-MITINCI/VMT/DNT, MORDAZA ordenado que se tenga por no presentada su solicitud y que se archive el Expediente Nº 000449-2000-MITINCI; Que, sin embargo, se encuentra subsistente el derecho de la referida empresa para presentar nuevamente la solicitud de Autorizacion Expresa para explotar maquinas tragamonedas, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 3º de la Directiva Nº 005-2000-MITINCI/VMT/DNT, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 845-2000-MITINCI/VMT/ DNT; Que, siendo el Viceministro de Turismo la Autoridad Administrativa que resuelve en MORDAZA y MORDAZA instancia todo procedimiento de Autorizacion Expresa vinculado con la explotacion de maquinas tragamonedas, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; y estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27153, la Ley Nº 27232 y el Decreto Supremo Nº 0012000-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa INVERSIONES B & R S.R.Ltda. contra la Resolucion Directoral Nº 407-2000MITINCI/VMT/DNT, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Declarese agotada la via administrativa en lo que MORDAZA sido materia de Apelacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Turismo 17240 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 025-2001-MITINCI/VMT MORDAZA, 22 de enero del 2001 Vistos, el Recurso de Apelacion interpuesto por la empresa NEGOCIOS MORDAZA E.I.R.Ltda. contra la Resolucion Directoral Nº 507-2000-MITINCI/VMT/DNT, de fecha 18 de agosto de 2000 y el Informe Nº 022-2001-MITINCI/ VMT/AJA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 507-2000-MITINCI/VMT/DNT, se declara infundado el Recurso de Reconsideracion planteado contra la Resolucion Directoral Nº 400-2000-MITINCI/VMT/DNT, que resuelve que se tenga por no presentada la solicitud de la empresa NEGOCIOS MORDAZA E.I.R.Ltda. sobre Autorizacion Expresa para Explotar Maquinas Tragamonedas en el establecimiento ubicado en la Av. MORDAZA Patron Nºs. 366-368, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, al no haber cumplido con subsanar las observaciones formuladas por la Direccion Nacional de Turismo en el plazo senalado en el Articulo 19º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, y que se archive la documentacion presentada en el Expediente Nº 002893-2000-MITINCI; Que, con fecha 13 de septiembre de 2000, la empresa NEGOCIOS MORDAZA E.I.R.Ltda. interpone Recurso de Apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 507-2000MITINCI/VMT/DNT, manifestando en su descargo que la Direccion Nacional de Turismo no ha merituado que oportunamente solicito, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 13º de la Ley Organica del Poder Judicial, la abstencion administrativa por encontrarse en MORDAZA la Accion de MORDAZA que planteara respecto a la inaplicabilidad de la Ley Nº 27153 y su Reglamento; Que, conforme se aprecia en los actuados, mediante Oficio Nº 582-2000-MITINCI/VMT/DNT, la Direccion Nacional de Turismo requirio a la empresa NEGOCIOS MORDAZA E.I.R.L. diversos requisitos contemplados en la Ley Nº 27153 y en su respectivo Reglamento, no habiendo cum-

plido dicha empresa con presentar la documentacion correspondiente, por considerar que la Administracion debia abstenerse de pronunciarse sobre su solicitud, dado a que habia solicitado una Medida Cautelar al Juzgado Corporativo Transitorio Especializado en Derecho Publico, en la forma de suspension cautelar de los efectos del requerimiento efectuado a traves del citado Oficio, y porque se encontraba en MORDAZA su Accion de MORDAZA formulada contra las exigencias de la Ley Nº 27153 y su Reglamento; Que, la Administracion, en estricta aplicacion de la Ley Nº 27153, de su Reglamento y del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, dio curso a la solicitud de la empresa recurrente, por lo que al no haber cumplido esta con presentar los requisitos establecidos por la nombrada Ley y su Reglamento, resulta procedente que la Direccion Nacional de Turismo, mediante la Resolucion Directoral Nº 400-2000-MITINCI/VMT/DNT, MORDAZA ordenado que se tenga por no presentada su solicitud y que se archive el Expediente Nº 002893-2000-MITINCI; Que, corresponde senalar que la Medida Cautelar MORDAZA mencionada fue declarada improcedente por Resolucion de fecha 23 de agosto de 2000 y posteriormente confirmada por la Resolucion de fecha 25 de octubre de 2000, expedida por la Sala Corporativa Transitoria Especializada de Derecho Publico de la Corte Superior de Lima; Que, sin embargo, se encuentra subsistente el derecho de la referida empresa para presentar nuevamente la solicitud de Autorizacion Expresa para explotar maquinas tragamonedas, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 3º de la Directiva Nº 005-2000-MITINCI/VMT/DNT, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 845-2000-MITINCI/VMT/ DNT; Que, siendo el Viceministro de Turismo la Autoridad Administrativa que resuelve en MORDAZA y MORDAZA instancia todo procedimiento de Autorizacion Expresa vinculado con la explotacion de maquinas tragamonedas, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; y estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27153, la Ley Nº 27232 y el Decreto Supremo Nº 0012000-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa NEGOCIOS MORDAZA E.I.R.LTDA. contra la Resolucion Nº 507-2000-MITINCI/VMT/DNT, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Declarese agotada la via administrativa en lo que MORDAZA sido materia de Apelacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Turismo 17241 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 026-2001-MITINCI/VMT MORDAZA, 22 de enero del 2001 Vistos, el Recurso de Apelacion interpuesto por la empresa INVERSIONES MORDAZA MORDAZA E.I.R.Ltda. contra la Resolucion Directoral Nº 404-2000-MITINCI/VMT/ DNT, de fecha 1 de agosto de 2000 y el Informe Nº 019-2001MITINCI/VMT/AJA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 404-2000-MITINCI/VMT/DNT, se resuelve que se tenga por no presentada la Solicitud de la empresa INVERSIONES MORDAZA MORDAZA E.I.R.Ltda. sobre Autorizacion Expresa para Explotar Juegos de Maquinas Tragamonedas en los establecimientos ubicados en el MORDAZA Asamblea Nºs. 162 y 256, MORDAZA, al no haber cumplido con subsanar las observaciones formuladas por la Direccion Nacional de Turismo en el plazo senalado en el Articulo 19º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2000ITINCI, y que se archive la documentacion presentada en el Expediente Nº 003583-2000-MITINCI; Que, con fecha 18 de agosto de 2000, la empresa INVERSIONES MORDAZA MORDAZA E.I.R.Ltda. interpone Recurso de Apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 4042000-MITINCI/VMT/DNT, manifestando en su descargo

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