Norma Legal Oficial del día 14 de Febrero del año 2001 (14/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 14 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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Designan Gerente General del Instituto Peruano del Deporte
RESOLUCION SUPREMA Nº 091-2001-ED MORDAZA, 13 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27159, de fecha 26 de MORDAZA de 1999, se aprueba la nueva Ley General del Deporte; Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente General del Instituto Peruano del Deporte, cargo considerado de confianza; Que, es necesario proceder a la designacion correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, en el Decreto Ley Nº 25515, en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DESIGNAR con efectividad al 16 de enero de 2001, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Gerente General del Instituto Peruano del Deporte, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion 18247

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote Z-3
DECRETO SUPREMO Nº 010-2001-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, por Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, se MORDAZA las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-98-EM, de fecha 19 de enero de 1998, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote Z-3, ubicado en el Zocalo Continental, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Noroeste del Peru, mar adentro, frente a la costa del departamento de Tumbes, Region Grau, suscrito por PERUPETRO S.A. y Occidental Petrolera del Peru, Inc., Sucursal del Peru; Que, mediante Decreto Supremo Nº 045-99-EM, de fecha 16 de setiembre de 1999, se aprobo la Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote Z-3, mediante el cual se establece la inclusion de razones economicas en el acapite 3.4 del citado Contrato; Que, el Articulo 12º de la Ley Nº 26221, modificado por la Ley Nº 27377, Ley de Actualizacion en Hidrocarburos, dispone que los Contratos, una vez aprobados y suscritos, solo podran ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y, que las modificaciones seran

aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas, dentro del plazo establecido en el Articulo 11º de la mencionada Ley; Que, el Articulo 17º de la Ley Nº 26221, senala que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o juridicas que lo conformen, podran ceder su posicion contractual o asociarse con terceros previa aprobacion por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; agrega asimismo, que las cesiones conllevaran el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a las garantias y obligaciones otorgadas y asumidas en el Contrato por el Contratista; Que, al MORDAZA de lo establecido en la clausula decimo sexta del citado contrato, la empresa Occidental Petrolera del Peru, Inc., Sucursal del Peru, comunico a PERUPETRO S.A. su intencion de ceder el quince por ciento (15%) de su participacion contractual a favor de la empresa Hallwood Exploration Company Peru, L.L.C., Sucursal del Peru; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., por Acuerdo Nº D/026-2000 de fecha 11 de MORDAZA de 2000, aprobo el proyecto de Cesion de Participacion en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote Z-3, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; Que, mediante Acuerdo de Directorio de PERUPETRO S.A., Nº D/039-2000, de fecha 22 de junio de 2000, se preciso que en todos los casos sometidos a dicho Directorio, que involucran Cesiones de Participacion, resulta de aplicacion el Articulo 17º de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos y en consecuencia, la figura de Cesion de Posicion Contractual prevista y regulada en el Articulo 1435º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en los Articulos 63º y 66º de la Ley Nº 26221, Decreto Legislativo Nº 668, y demas normas aplicables, es procedente extender las garantias senaladas en estos dispositivos al MORDAZA integrante de la Contratista; De conformidad con los incisos 8) y 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, modificada por Ley Nº 27377, Ley de Actualizacion en Hidrocarburos; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote Z-3, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-98-EM y modificado por Decreto Supremo Nº 045-99-EM, por parte de Occidental Petrolera del Peru, Inc., Sucursal del Peru a favor de Hallwood Exploration Company Peru, L.L.C., Sucursal del Peru; asi como la modificacion del citado contrato, derivada de la cesion que se aprueba en el presente articulo. Articulo 2º.- Autorizase a PERUPETRO S.A., a suscribir con las empresas Occidental Petrolera del Peru, Inc., Sucursal del Peru y Hallwood Exploration Company Peru, L.L.C., Sucursal del Peru, con la intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la cesion y modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote Z-3, que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de febrero del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 18185

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