Norma Legal Oficial del día 14 de Febrero del año 2001 (14/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 14 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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Autorizan a diversas instituciones funcionar como Centros de Conciliacion en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 008-2001-JUS MORDAZA, 9 de febrero del 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 20012 de fecha 15 de diciembre de 2000, de la asociacion denominada "Centro de Conciliacion de MORDAZA - CECOLIMA"; CONSIDERANDO: Que la asociacion denominada "Centro de Conciliacion de MORDAZA - CECOLIMA" es una asociacion civil que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion Gandhi"; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 031-2001/DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion denominada "Centro de Conciliacion de MORDAZA - CECOLIMA"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR, a la asociacion "Centro de Conciliacion de MORDAZA - CECOLIMA" a funcionar como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion Gandhi" con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 18097 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 010-2001-JUS MORDAZA, 9 de febrero del 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 17312 de fecha 9 de noviembre de 2000, de la asociacion denominada "Centro de Conciliacion y Solucion de Conflictos MORDAZA Misericordia - CECODIM"; CONSIDERANDO: Que la asociacion denominada "Centro de Conciliacion y Solucion de Conflictos MORDAZA Misericordia - CECODIM" es una asociacion civil que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion;

Estando a lo opinado en el Informe Nº 030-2001/DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion denominada "Centro de Conciliacion y Solucion de Conflictos MORDAZA Misericordia - CECODIM"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR, a la asociacion denominada "Centro de Conciliacion y Solucion de Conflictos MORDAZA Misericordia - CECODIM" a funcionar como Centro de Conciliacion con sede en la MORDAZA de Arequipa. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 18099 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 011-2001-JUS MORDAZA, 9 de febrero del 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 17004 de fecha 6 de noviembre de 2000, de la asociacion Centro de Conciliacion "Sociedad Justa"; CONSIDERANDO: Que la asociacion Centro de Conciliacion "Sociedad Justa" es una asociacion civil que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "Sociedad Justa"; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 770-2000/DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Centro de Conciliacion "Sociedad Justa"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR, a la asociacion Centro de Conciliacion "Sociedad Justa" a funcionar como Centro de Conciliacion denominado "Sociedad Justa" con sede en la MORDAZA de Trujillo. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 18100

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