Norma Legal Oficial del día 20 de Febrero del año 2001 (20/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 20 de febrero de 2001

b.1 Primer Semestre, dentro de los treinta (30) dias siguientes de vencido el semestre. b.2 Anual, dentro de los treinta (30) dias siguientes de vencido el ejercicio presupuestario. Municipalidades Provinciales, sus Organismos Publicos Descentralizados y Empresas: b.3 Primer Semestre, dentro de los cuarenta y cinco (45) dias siguientes de vencido el semestre. b.4 Anual, dentro de los cuarenta y cinco (45) dias siguientes de vencido el ejercicio presupuestario. Articulo 9º, incisos a) y b) a) La Evaluacion Anual y las Evaluaciones Financieras, asi como las del Comite de MORDAZA y de las Municipalidades Provinciales, sus Organismos Publicos Descentralizados y Empresas, dentro de los quince (15) dias siguientes de efectuadas. En el caso de las Municipalidades Distritales, sus Organismos Publicos Descentralizados y Empresas, estas se remiten dentro de los cinco (5) dias de efectuadas a la respectiva Municipalidad Provincial. b) La Evaluacion de los Presupuestos Institucionales y de la Comision de Promocion de la Inversion Privada (COPRI), dentro de los cinco (5) dias siguientes de efectuada." DISPOSICION DEROGATORIA Unica.- Deroganse los Decretos de Urgencia Nums. 058-2000 y 128-2000 y dejase sin efecto el Decreto Supremo Nº 002-2001-EF y, en su caso, las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a lo establecido por la presente Ley o limiten su aplicacion. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Las Entidades del Sector Publico, de considerarlo oportuno, llevaran a cabo, en un plazo que no exceda de 60 dias calendario a partir de la publicacion de la presente Ley, el MORDAZA de Reestructuracion Organizativa Institucional que estimen conveniente en funcion a la evaluacion de sus competencias y responsabilidades, con el objeto de mejorar su eficiencia, racionalizar sus gastos y generar ahorro publico, sin demandar recursos adicionales a los aprobados para la Entidad, de acuerdo a los limites de gastos y disposiciones generales que senalan la presente norma. La Reestructuracion Organizativa sera aprobada mediante Decreto Supremo. Cuando la Reestructuracion Organizativa implique el traslado de recursos, estos se efectuaran en el MORDAZA de las normas establecidas en la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27209.

Segunda.- Prorrogase para el Ano Fiscal 2001, las Disposiciones sobre el Vaso de Leche, contenidas en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27212, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2000. Tercera.- Los Pliegos Ministerio de Defensa e Interior registraran la ejecucion de los gastos en el Sistema Integrado de Administracion Financiera (SIAF) en todas sus etapas (compromiso, devengado, girado, pagado) y cumpliran con todas las normas y procedimientos que rigen para la administracion publica sobre el manejo de recursos del Estado, generacion de ingresos, asi como en el cumplimiento de la Ley General de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. En todas las dependencias y en todos los niveles de administracion de recursos se MORDAZA cumplimiento a las normas, con el fin de lograr su uso eficiente. La Contraloria General de la Republica verificara el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley y la ejecucion de gastos operativos reservados. Cuarta.- Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas a transferir de la Reserva de Contingencia al Instituto Nacional Penitenciario el monto de S/. 12 000 000,00 (DOCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a fin de implementar una politica integral de reforma en los Centros Penitenciarios del pais. Dichos recursos se obtendran de los montos transferidos a la Reserva Financiera en merito a lo dispuesto por el numeral 3.14 del Articulo 3º de la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, al primer dia del mes de febrero de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de febrero del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas

TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS PLIEGOS HABILITADORES
FUENTE FINANCIAMIENTO : RECURSOS ORDINARIOS SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL (EN NUEVOS SOLES)

ANEXO : 1

PLIEGOS HABILITADORES PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS PODER JUDICIAL MINISTERIO DE JUSTICIA MINISTERIO DEL INTERIOR MINSTERIO DE RELACIONES EXTERIORES MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS M. DE TRABAJO M. DE INDUSTRIA, TURISMO, INTEGR. Y NEG. COMERC. M. TRANSPORTES, COMUN., VIV. y CONST. M. DE ENERGIA Y M. M. PESQUERIA CONTRALORIA GENERAL M. PUBLICO MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA M. DE DEFENSA CONGRESO DE LA REPUBLICA M. DE PROMOCION DE LA MUJER Y DEL DESARROLLO HUMANO TOTAL GOBIERNO CENTRAL

GASTO CORRIENTE 36.133.000 11.000.000 2.535.000 362.000.000 23.052.000 148.568.128 528.000 1.517.000 187.191.768 88.004 733.328 7.317.000 9.294.000 424.000.000 5.090.287 4.950.000 1.223.997.515

GASTO CAPITAL 7.870.000 1.364.000 19.428.000 3.684.000 10.463.000 5.475.406 48.284.406

GASTO TOTAL 36.133.000 18.870.000 2.535.000 362.000.000 23.052.000 148.568.128 528.000 2.881.000 187.191.768 19.428.000 88.004 733.328 11.001.000 19.757.000 424.000.000 10.565.693 4.950.000 1.272.281.921

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