Norma Legal Oficial del día 21 de Febrero del año 2001 (21/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 21 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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Ca. MORDAZA MORDAZA Cdra. 2 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Ca. MORDAZA MORDAZA Cdras. 1 y 2 lado impar (lado izquierdo) Ca. Mantaro Cdras. 1 a 3 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Ca. Ucayali Cdra. 1 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Ca. MORDAZA Cdra. 1 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Ca. Napo Cdra. 1 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Ca. Tnte. Balcazar Cdra. 1 lado impar (lado izquierdo) Av. Bertolotto Cdra. 7 lado par (lado derecho)." POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 18602 ORDENANZA Nº 07-2001-MDSM San MORDAZA, 19 de febrero de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de Comisiones y de Aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 12-2000 Articulo Primero.- Modifiquese el Articulo Catorce de la Ordenanza Nº 12-2000 en los siguientes terminos: "Articulo Catorce.- Encontrandose en cumplimiento de sus funciones, estan inafectos al pago de la Tasa por Derecho de Estacionamiento Vehicular, los conductores de: a) Ambulancias; b) Vehiculos de las Companias de Bomberos; c) Vehiculos de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional; d) Vehiculos que presten el Servicio de Serenazgo Municipal; e) Vehiculos de Limpieza Publica. Asimismo, estan exonerados del pago de la Tasa por Derecho de Estacionamiento Vehicular los vecinos, residentes en el distrito, que se encuentren al dia en el pago de sus Tributos Municipales, y que MORDAZA propietarios de vehiculos, que ocupen un espacio destinado al Servicio de Estacionamiento Vehicular. Para los fines de la presente Ordenanza, se procedera a entregar, a los beneficiarios una credencial que los identifique y de esta manera puedan gozar de la exoneracion, la misma que se renovara en forma trimestral." Articulo Segundo.- Facultese a la Alcaldesa para que, via Decreto dicte las medidas reglamentarias para la aplicacion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 18601

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZANGARO
Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 002-2001-MPA/R.P. Azangaro, 8 de febrero de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZANGARO POR CUANTO: El Concejo Provincial de Azangaro, en Sesion Extraordinaria de fecha 8 del mes y ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 757 "Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada", establece la obligatoriedad para todas las entidades de la Administracion Publica, de aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, se ha establecido las disposiciones reglamentarias requeridas para el cumplimiento de la obligacion contenida en la Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, Decreto Legislativo Nº 757; Que, los Articulos 32º y 34º de la MORDAZA acotada, dispone que las municipalidades aprueban el MORDAZA mediante ordenanzas; Que, el parrafo MORDAZA del Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, establece que los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos, deben actualizarse anualmente y publicarse en el Diario Oficial El Peruano a mas tardar el 30 de junio de cada ano; Que, el Articulo 70º del Decreto Legislativo Nº 776 senala, los derechos que se cobren por la tramitacion de procedimientos administrativos, solo seran exigibles al contribuyente cuando consten en el respectivo Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Que, la Municipalidad Provincial de Azangaro, requiere efectuar algunas modificaciones en sus procedimientos administrativos y servicios, incluso en los derechos y precios; en consecuencia, es necesario la aprobacion de un MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Estando a los fundamentos expuestos, de conformidad a lo dispuesto en la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Legislativo Nº 757 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, el Decreto Legislativo Nº 776 y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades numero 23853, el Concejo aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Azangaro, conjuntamente con los derechos y precios establecidos en el citado documento, que forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- Deroguese todas las disposiciones de esta municipalidad que se opongan a la presente. Articulo Tercero.- Encargar la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Unidad de Secretaria General. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 18516

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