Norma Legal Oficial del día 21 de Febrero del año 2001 (21/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 21 de febrero de 2001 SUBCAPITULO I CONSEJO DIRECTIVO

NORMAS LEGALES

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Articulo 51º.- Del Consejo Directivo. El Consejo Directivo es el organo de direccion MORDAZA de la SUNASS. Esta integrado por 5 miembros designados de acuerdo a lo establecido en el Articulo 6º de la LEY. El Consejo Directivo elegira dentro de sus miembros a su Vicepresidente. Articulo 52º.- Funciones del Consejo Directivo. Son funciones del Consejo Directivo: a) Aprobar la politica general de la SUNASS. b) Expedir normas y resoluciones de caracter general o particular, en materias de su competencia. c) Aprobar el regimen tarifario que corresponda dictar a SUNASS de acuerdo a la normatividad vigente. d) Aprobar la enajenacion, permuta, compra, otorgamiento de promesas de compraventa, garantias, otorgamiento de prestamos y adjudicacion de bienes de la SUNASS en pago de deudas. e) Aprobar los planes y el presupuesto institucional, asi como los criterios de inversion y asignacion de recursos. f) Aprobar la politica de administracion, personal, finanzas y otras de gestion. g) Aprobar la contratacion, promocion, suspension o remocion de los Intendentes, Jefes de oficina, gerentes y funcionarios de niveles equivalentes. h) Aprobar y modificar la organizacion interna de la SUNASS. i) Aprobar la Memoria Anual y los Estados Financieros. j) Aprobar los convenios y gestiones de caracter institucional que se requiera para el cumplimiento de sus fines. k) Designar a su Vicepresidente y, nombrar y remover al Gerente General. l) Designar al arbitro o tribunal arbitral, en el caso previsto en el Articulo 48º de la Ley de Fomento y Desarrollo del Sector Saneamiento, Decreto Legislativo Nº 908. m) Las demas que le correspondan, de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo 53º.- Vacancia. El cargo de miembro del Consejo Directivo vaca por: a) Fallecimiento. b) Renuncia c) Remocion motivada, mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente. Articulo 54º.- Reglas aplicables al funcionamiento del Consejo Directivo. El Consejo Directivo se rige, a efectos de su funcionamiento, por las siguientes reglas: a) El cargo de miembro del Consejo Directivo es indelegable. b) Las sesiones se efectuan al menos una vez al mes y cuando el Presidente lo convoque o el Consejo Directivo lo acuerde. c) El quorum es de 3 miembros. Los acuerdos se adoptan con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria de los asistentes. d) El Presidente del Consejo Directivo o quien haga sus veces, tiene MORDAZA dirimente. e) Los miembros del Consejo Directivo, que en cualquier MORDAZA tengan interes en conflicto, deben manifestarlo y abstenerse de participar en la deliberacion y resolucion concerniente a dicho asunto. f) Se llevara un acta de las sesiones del Consejo Directivo que sera suscrita por los participantes, los que de considerarlo conveniente pueden dejar MORDAZA del sentido de su voto. SUBCAPITULO II PRESIDENCIA Articulo 55º.- Presidente. El Presidente del Consejo Directivo ejerce funciones ejecutivas, de direccion y representacion de la SUNASS y, es el titular de la entidad.

En caso de impedimento, el Vicepresidente ejercera sus funciones durante el periodo que dure el mismo. Articulo 56º.- Funciones del Presidente del Consejo Directivo. El Presidente del Consejo Directivo, tiene las siguientes funciones: a) Convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo y determinar la agenda. b) Supervisar la correcta ejecucion de los acuerdos del Consejo Directivo. c) Celebrar actos, convenios y contratos con entidades publicas nacionales o extranjeras. d) Proponer los planes y el Presupuesto lnstitucional. e) Adoptar medidas de emergencia, con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo, en caso no se pueda reunir. f) Ejercer las funciones que el Consejo Directivo le delegue. SUBCAPITULO III GERENCIA GENERAL Articulo 57º.- Gerencia General. La Gerencia General es el organo ejecutivo responsable de la marcha administrativa y operativa de la SUNASS y de la ejecucion de los acuerdos del Consejo Directivo y de las decisiones del Presidente de la SUNASS. El Gerente General asistira a las sesiones del Consejo con voz pero sin voto. Articulo 58º.- Funciones del Gerente General. Corresponde al Gerente General: a) Ejercer la representacion legal, administrativa y judicial de la SUNASS. b) Planear, organizar, gestionar, ejecutar y supervisar las actividades administrativas, operativas, economicas y financieras de la SUNASS conforme a las pautas establecidas por el Consejo Directivo. c) Proponer al Presidente del Consejo Directivo las politicas y estrategias de desarrollo de la SUNASS. d) Proponer el proyecto de Plan Operativo y Presupuesto Anual, la memoria anual, el balance general y los estados financieros para su aprobacion por el Consejo Directivo. e) Ejecutar las acciones necesarias para la marcha ordinaria de la SUNASS. f) Contratar, promover, suspender, remover o MORDAZA a los trabajadores y funcionarios de la SUNASS, con excepcion de los casos en que ello corresponda al Consejo Directivo. g) Representar a la SUNASS, con las facultades establecidas en los Articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil. En caso de transacciones judiciales o extrajudiciales, se requiere la aprobacion del Consejo Directivo. h) Aprobar la contratacion de bienes y servicios, dentro de los limites establecidos por el Consejo Directivo. i) Otras propias de su funcion y las que le delegue el Consejo Directivo o su Presidente. SUBCAPITULO IV TRIBUNAL DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS Articulo 59º.-Tribunal de Solucion de Controversias. El Tribunal de Solucion de Controversias es el organo administrativo que resuelve en MORDAZA instancia administrativa, los conflictos, controversias y reclamos a que se refiere el presente REGLAMENTO. El Consejo Directivo establecera mediante Resolucion, el procedimiento al que debera sujetarse la solucion de controversias entre las EMPRESAS PRESTADORAS y el procedimiento de reclamo de USUARIOS. Articulo 60º.- Conformacion . El Tribunal Administrativo de Solucion de Controversias esta integrado por cinco miembros, nombrados de conformidad con lo establecido en el Articulo 9º de la LEY. Articulo 61º.- Quorum. Para la instalacion de las sesiones y adopcion de acuerdos del Tribunal Administrativo de Solucion de Controversias se requiere un quorum de tres (3) miembros. Las decisiones se aprueban por mayoria simple de los asistentes. El Presidente del Tribunal cuenta con MORDAZA dirimente.

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