Norma Legal Oficial del día 27 de Febrero del año 2001 (27/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, martes 27 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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Que la institucion solicitante ha cumplido con los requisitos que se exige para la inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras, como son: a) solicitud dirigida al MORDAZA Nacional de Elecciones, b) nombre de la encuestadora, c) domicilio, y d) pago de la tasa correspondiente; de conformidad con lo establecido en el Articulo 4º del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras aprobado por Resolucion Nº 142-2001-JNE; Que cumplidos los requisitos senalados en el considerando anterior, se debe inscribir a la institucion encuestadora, asignandole un numero de registro y abriendose la partida correspondiente donde se anotara los actos posteriores, de conformidad con lo senalado en el Articulo 5º del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras; Que la publicacion o difusion de encuestas electorales y de proyecciones de cualquier naturaleza sobre el resultado de las elecciones generales del ano 2001, solo podra realizarse en los medios de comunicacion hasta el MORDAZA primero de MORDAZA del presente ano, incluyendose el uso de las paginas Web que mantengan en Internet las encuestadoras, las empresas de radio, de television y de prensa escrita, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral de Encuestadoras a la Facultad de Ciencias Matematicas de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, debiendo sujetarse su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales pertinentes. Articulo Segundo.- Abrir la partida correspondiente para la encuestadora denominada Facultad de Ciencias Matematicas de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, en el Registro Electoral de Encuestadoras, asignandole el Registro Nº 0025-REE/JNE como codigo de identificacion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 18988

funcionarios de las mismas y que publica la lista de las personas seleccionadas a efectos de permitir la interposicion de tachas, cuyas causales son las establecidas en la Resolucion N° 083-2001-JNE; Que, mediante Resolucion N° 083-2001-JNE se aprueba el Reglamento de Tachas a los Integrantes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales; De conformidad a lo prescrito en la Ley N° 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y en uso de las atribuciones senaladas en el Articulo 182° de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publicar, la relacion de las personas seleccionadas para desempenar el cargo de Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales de Huancavelica, MORDAZA MORDAZA y Tambopata que se constituiran para el MORDAZA electoral convocado para el 8 de MORDAZA del 2001 y que se detalla en cuadro anexo que forma parte de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe Oficina Nacional de Procesos Electorales OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RELACION DE JEFES DE ODPE DESIGNADOS PARA LAS OFICINAS DESCENTRALIZADAS DE PROCESOS ELECTORALES DE HUANCAVELICA, MORDAZA MORDAZA Y TAMBOPATA ­ ONPE Apellido MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18989 Apellido MORDAZA MORDAZA Maquiavelo MORDAZA Nombres MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ODPE Huancavelica MORDAZA MORDAZA Tambopata

ADUANAS

Suspenden a la Agencia de Aduana Contacto Aduanero S.A.C. por no cumONPE plir con mantener la documentacion Relacion de Jefes de las Oficinas Des- original de los despachos en que intercentralizadas de Procesos Electorales viene de Huancavelica, MORDAZA MORDAZA y RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL Tambopata DE ADUANAS Nº 000 ADT/2001-000390
RESOLUCION JEFATURAL N° 225-2001-J/ONPE MORDAZA, 26 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 028-2000-PCM de fecha 9 de noviembre del 2000, se ha convocado a Elecciones Generales para elegir Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la Republica el MORDAZA 8 de MORDAZA del ano 2001; Que, las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales son organos de caracter temporal que se conforman para cada MORDAZA electoral de acuerdo a las circunscripciones electorales, siendo el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, quien establece el numero, ubicacion y organizacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, de acuerdo a las circunscripciones que determine el MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, mediante Resolucion N° 1364-2000-JNE de fecha 28 de diciembre del 2000, el MORDAZA Nacional de Elecciones definio las circunscripciones en las cuales se constituiran los Jurados Electorales Especiales; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 49° de la Ley N° 26859, Organica de Elecciones establece que el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales designa a los Callao, 23 de febrero de 2001 Visto el Informe Nº 095-2001-ADUANAS/INFA.12.02 emitido por la Gerencia de Fiscalizacion de la Intendencia Nacional de Fiscalizacion Aduanera, sobre suspension de actividades a la Agencia de Aduana CONTACTO ADUANERO S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 100º inciso b) de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 809, senala como obligacion a las Agencias de Aduana conservar la documentacion original de los despachos en los que interviene; Que, con Notificacion Nº 219-2001-ADFF-ADUANAS/ INFA 12.02 de fecha 15 de febrero de 2001, se constituyo la Comision de Fiscalizacion en el domicilio acreditado por la Agencia de Aduana CONTACTO ADUANERO S.A.C. a fin de verificar el cumplimiento de sus obligaciones como Agencia de Aduana; Que, de los resultados de la revision efectuada a su archivo de la documentacion aduanera se ha registrado que no cuenta con los originales de los siguientes documentos: Original de las Facturas de Declaracion Unica de Aduanas Nºs. 235-00-10-090505; 235-00-18-017368; 23500-10-056384; 235-00-10-058833; 235-00-10-055900 y

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