Norma Legal Oficial del día 05 de Julio del año 2001 (05/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, jueves 5 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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3. Ruta: Recorrido o itinerario entre el punto de origen y destino, que se otorga en concesion . 4. Paradero Inicial y Final: Punto de origen y de destino que se otorga en concesion de servicio. 5. Flota: Conjunto de vehiculos habilitados para el servicio. 6. Conductor: Persona calificada y titular de la licencia de conducir de clase A categoria I y II autorizado por la concesionaria. 7. Concesion: Cuando la Autoridad administrativa otorga a una persona Juridica la facultad para prestar servicio publico especial de transporte en una determinada ruta en el distrito. 8. Empresa o Asociacion de Transporte: Persona Juridica, cuyo objetivo es prestar el servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga limitada, de acuerdo a su frecuencia y horario de servicio de control interno. 9. Frecuencia: Numero de vehiculos que parten del punto de origen de una ruta autorizada en un tiempo determinado. 10. Horario de Servicio: Es el tiempo en que la autoridad administrativa en comun acuerdo con los representantes de las personas juridicas, fija un horario establecido para el inicio y termino del servicio de transporte, segun la demanda del usuario. 11. Inspector Municipal de Transporte: Persona designada por la autoridad Municipal, para supervisar el cumplimiento del Reglamento, terminos de la concesion y demas disposiciones administrativas aprobadas. 12. Papeleta de Infraccion : Sancion prevista en la presente ordenanza por haber cometido una infraccion contra el servicio. 13. Paradero de Ruta: Lugar senalado por la autoridad Municipal, donde unicamente se pueden detener los vehiculos por una frecuencia de horario, que sirven una ruta, para embarcar y/o dejar pasajero. 14. Servicio Regular: Servicio de transporte de pasajeros en ruta MORDAZA, autorizado por la autoridad administrativa cuyas caracteristicas son ruta, origen, destino, horario y frecuencia, cumpliendose con los requisitos y condiciones establecidos. 15.Tarifa: Valor del pasaje por el servicio de transporte, que se encuentra amparado en D.L.Nº 651. 16.Resolucion de Circulacion: Documento que se expide a la persona juridica (concesionaria) para su flota con el objeto de prestar o explotar el servicio publico en la ruta autorizada. 17. Certificado de Operacion: Documento que autoriza al propietario o poseedor de un vehiculo para que este preste el servicio de transporte de colectivos en una ruta alimentadora. 18.Transportista: Es la persona natural que se dedica al transporte MORDAZA de pasajeros como parte integrante de una persona juridica de transporte. 19. Pasajero o Usuario: Persona natural que solicita el servicio de transporte publico especial con el pago del precio convenido. 20. Revision de Constatacion de Caracteristicas: Es la revision tecnica anual del estado interior y exterior del vehiculo, con la finalidad de verificar si se encuentra apto para prestar el servicio publico. La verificacion de las caracteristicas originales del vehiculo de transporte de colectivo, se realizara en concordancia con la tarjeta de propiedad correspondiente, el Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial; la revision senalada sera ejecutada por el personal tecnico autorizado por la Division de Transporte de la Municipalidad Distrital de Comas. 21. Sticker Vehicular: Distintivo Municipal impreso con la inscripcion de vehiculo autorizado otorgado por la Municipalidad Distrital y sera colocado en la parte interna derecha del parabrisas del vehiculo. 22. Credencial de Conductor: Documento expedido por la Municipalidad Distrital y la persona juridica que autoriza al conductor para prestar el servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga en vehiculos colectivos. 23. Deposito Oficial de Vehiculos: Local Municipal del distrito para internar los vehiculos por infracciones y sanciones impuestas por el inspector Municipal y /o la Policia Nacional del Peru encargados de supervisar el servicio de transporte y transito. 24. Modificacion de Ruta: Todo cambio autorizado por el Municipio Distrital y establecido en la concesion, manteniendo el origen y destino. 25. Ruta Restringida: Rutas autorizadas por la Autoridad Administrativa Municipal cuyo recorrido comprende vias declaradas de acceso restringido. 26. Ruta de Libre Acceso: Rutas autorizadas por la Autoridad Administrativa a las que se puede acceder sin restricciones.

27. Ampliacion de Ruta: Todo incremento en la extension del recorrido autorizado, en su origen y destino. 28. Organizacion de Empresas o Asociacion de Vehiculos en Colectivos: Empresas o Asociaciones con Resolucion de circulacion otorgados por la Municipalidad Distrital, constituidos e inscritos en los Registros Publicos agrupados en una Asociacion que no sea menos del 40% del total de personas Juridicas inscritos en el Registro de Transportadores de la Municipalidad de Comas. CAPITULO III DE LA MUNICIPALIDAD Articulo 6º.- En aplicacion de la presente Ordenanza es competencia de la Municipalidad Distrital: a) Aprobar y autorizar la circulacion a la persona juridica dedicada al servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga en vehiculos colectivos (rutas alimentadoras) mediante las concesiones de ruta, obtenido por concurso publico para rutas restringidas y adjudicacion directa para ruta de libre acceso. b) Registrar los vehiculos de la personas juridicas autorizadas que presten el servicio publico de pasajero. c) Expedir certificado de operacion a las unidades en servicio. d) Renovar las concesiones de ruta otorgada. e) Autorizar modificaciones y ampliaciones de rutas. f) Aprobar la sustitucion de unidades vehiculares, a pedido del representante de las personas juridicas. g) Ejecutar anualmente la revision de caracteristicas tecnicas a los vehiculos de colectivos para el servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga. h) Autorizar los MORDAZA que identificara a la flota vehicular de cada empresa, a propuesta de sus representantes. i) Otorgar los certificados de operacion a los propietarios de los vehiculos, una vez obtenido la Resolucion de circulacion. j) Visar las credenciales del conductor en coordinacion con los representantes de la persona juridica y expedir el sticker vehicular a los vehiculos aprobados; con vigencia anual. TITULO II DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS CAPITULO I AUTORIZACIONES Articulo 7º.- Las personas juridicas estan obligadas a tramitar ante la Municipalidad Distrital, las autorizaciones, conforme a los requisitos que se establecen en esta ordenanza. No podran explotar el servicio de transporte de colectivos, personas juridicas, propietarios o conductores que no cuentan con la respectiva autorizacion municipal. Articulo 8º.- La Municipalidad Distrital expedira las autorizaciones de Resolucion de circulacion (explotacion del servicio) y credencial de conductor en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario, mediante Resoluciones Directorales, una vez cumplido los requisitos y salvadas las observaciones conforme a la presente Ordenanza. Articulo 9º.- Requisitos para solicitar la Resolucion de Circulacion y Certificado de Operacion: Son requisitos para obtener la explotacion del servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga con vehiculos Colectivos, los siguientes requisitos: 1.- Solicitud Bajo la Forma de Declaracion Jurada.- Indicando la Razon Social, Registro Unico de Contribuyente (RUC) , domicilio y nombre del representante legal. 2.- MORDAZA Autenticada de la Ficha Literal de los Registros Publicos, con mandato vigente de su representante. 3.- MORDAZA Autenticada de la Tarjeta de Propiedad de (los) vehiculo (s) y Licencia de conducir del conductor. 4.- MORDAZA Autenticada de la Poliza de Seguros Vigente, (Contratos y Certificados correspondientes) segun lo establecido por el Art. 28º y 29º del D.S. Nº 049-2000-MTC. 5.- Padron de Vehiculos y Conductores.- (segun formato de la Municipalidad de Comas) . 6.- Relacion de Paraderos y rutas: Plano croquis de Ubicacion, escala 1/10,000.

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