Norma Legal Oficial del día 05 de Julio del año 2001 (05/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, jueves 5 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Articulo 47º.- El monto de la Multa administrativa se determinaran por un porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ano. Articulo 48º.- Para la imposicion de las sanciones el Inspector Municipal verificara la infraccion a lo dispuesto en la presente Ordenanza y dispondra que el vehiculo se detenga y pedira al conductor el Certificado de Operacion, licencia de conducir, tarjeta de propiedad, credencial de conductor y el certificado de seguro vigente del vehiculo; luego se le devolvera con la respectiva papeleta de sancion, la que sera firmada por el conductor. El original de la papeleta de sancion sera remitida a la Unidad de Cobranza de la Municipalidad de Comas dentro de las 24 horas de la imposicion, una MORDAZA se entrega al infractor, la otra queda como cargo en la Division de Transporte. En caso que el conductor se negara a firmar la papeleta de sancion, el inspector dejara MORDAZA de este hecho en la misma papeleta impuesta. Articulo 49º.- El conductor y/o propietario del vehiculo prestador del servicio son responsables ante la Autoridad Municipal Distrital de las infracciones que impone el Inspector Municipal, comunicandose a la persona juridica correspondiente. Articulo 50º.- Si al momento de la intervencion del Inspector Municipal, el conductor se negara a presentar o no tuviera consigo los documentos, tales como: la tarjeta de propiedad del vehiculo, asi como la Licencia de Conducir, certificado de seguro vigente y el Certificado de Operacion solicitara el apoyo de la Policia Nacional del Peru de la jurisdiccion para que el vehiculo sea trasladado o internado en el Deposito Oficial de Vehiculos de la Municipalidad de Comas; aplicando en el momento la papeleta de sancion y el Acta por el traslado e internamiento del vehiculo, que sera firmado por el Infractor, entregando una MORDAZA a este y el original sera entregado a la Division de Transporte para ser remitido a la Unidad de Cobranzas de la Municipalidad de Comas. Articulo 51º.- Las sanciones con multa a las infracciones que cometan la persona juridica o conductor sera impuesto de acuerdo al anexo del cuadro de infracciones y sanciones que forma parte integrante a la presente Ordenanza. La papeleta de infraccion y sancion para su respectivo pago sera comunicada a la Unidad de Cobranzas de la Municipalidad Distrital de Comas. Articulo 52º.- El infractor con la MORDAZA o MORDAZA de la papeleta de sancion debera apersonarse a la Unidad de Cobranzas de la Municipalidad de Comas para obtener la orden de pago correspondiente, la misma tendra un cincuenta por ciento (50 %) de reduccion si es cancelada en la Unidad de Tesoreria o en las Oficinas zonales de la Municipalidad Distrital de Comas, dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes de la fecha en que se impone la papeleta de sancion. Articulo 53º.- En el caso de internamiento del vehiculo que el Inspector Municipal de Comas disponga con apoyo de la Policia Nacional del Peru de la jurisdiccion, se debera levantar un Acta de inventario de accesorios del vehiculo, siendo testigos el conductor del vehiculo y el efectivo policial; quienes deberan suscribir el Acta correspondiente devolviendo al Administrador del Deposito Oficial Municipal. Articulo 54º.- Ante la no cancelacion de la papeleta de sancion por el termino MORDAZA de treinta (30) dias se dispondra la captura e internamiento del vehiculo en el Deposito Oficial Municipal de vehiculos de la Municipalidad de Comas, con apoyo de la Policia Nacional del Peru de la jurisdiccion. Articulo 55º.- Los recursos impugnativos a la imposicion de la papeleta de sancion y calificacion seguira el procedimiento siguiente: a) Reconsideracion, en primera instancia sera resuelto por la Unidad de Cobranza. b) Apelacion, en MORDAZA instancia sera resuelto por la Oficina de Administracion Tributaria. c) Revision, en tercera instancia sera resuelto por el senor Alcalde. Articulo 56º.- Las infracciones B-2, B-4, B-8, B-13, B17, B-23, B-25; tendran como sancion accesoria el internamiento del vehiculo en el Deposito Oficial Municipal de Vehiculos de la Municipalidad de Comas , la infraccion B2 tendra otra sancion accesoria, la de cancelacion definitiva de la credencial de conductor y suspension definitiva para la prestacion del servicio de transporte publico especial de colectivos. Articulo 57º.- Los vehiculos internados en el Deposito Oficial Municipal de Comas deben ser reclamados por sus

propietarios, quienes acreditaran tal condicion con la tarjeta de propiedad y/o contrato de Compra Venta Legalizado y Declaracion Jurada de responsabilidad para retirar el vehiculo (Formato Municipal). El propietario puede hacerse representar por su apoderado legal y/o persona juridica con permiso de operacion para recuperar el vehiculo. El que retire el vehiculo debe cancelar los gastos por el traslado al deposito Oficial Municipal de Vehiculos, incluyendo el costo diario por guardiania de acuerdo a lo establecido en el MORDAZA y la multa que resulte de la calificacion de la papeleta de sancion. Asimismo suscribira el Acta de recepcion de conformidad del vehiculo. Articulo 58º.- El o los vehiculos internados en el Deposito Oficial Municipal de Vehiculos de transporte de colectivo debera ser puestos a disposicion de la DIROVE o del Juzgado competente cuando estas lo soliciten, de conformidad a los procedimientos legales respectivos. Cuando el vehiculo internado permanezca mas de ciento ochenta (180) dias calendario en el Deposito Oficial Municipal sin ser reclamado por su propietario o sin que la DIROVE o el Juzgado competente soliciten se ponga a su disposicion; la Municipalidad Distrital procedera a venderlos mediante subasta publica, luego de dos dias consecutivos de publicacion en el Diario Oficial El Peruano o en otro diario de mayor circulacion. Articulo 59º.- La reincidencia en una misma la infraccion sancionada de acuerdo a la presente ordenanza al conductor y propietario, no sera afecto a beneficios, tal como lo establece el Art. 52º de esta misma ordenanza; debiendo abonar en la Unidad de tesoreria el importe de la papeleta de sancion, es decir en un 100% segun el cuadro de sancion calificado por parte de la Unidad de Cobranza de la Municipalidad Distrital de Comas. Articulo 60º.- Las Unidades vehiculares que presten de manera informal en forma reiterada el servicio de transporte de pasajeros bajo la modalidad de colectivos, incumpliendo la presente Ordenanza e incurriendo en desacato a una MORDAZA con rango de ley, quedaran inhabilitados para que se les otorgue el Permiso de Operacion correspondiente. TITULO V DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Las autorizaciones temporales otorgadas por la presente Administracion Municipal tienen su vigencia hasta el 31 de MORDAZA del 2001, los expedientes que se encuentren en tramite deberan adecuarse a la presente Ordenanza, aplicandose en lo pertinente la Ley de Simplificacion Administrativa Nº 25035 y su Reglamento. Segunda.- El pago de los derechos y multas se efectuaran en la Unidad de Tesoreria y en las 0ficinas zonales de la Municipalidad Distrital de Comas, la recaudacion de las sanciones por infracciones que genera la presente Ordenanza se destinara exclusivamente a las acciones de mantenimiento, mejoramiento de infraestructura vial y el equipamiento de la Division de Transporte. Tercera.- Las Empresas de Transporte de Colectivos con vigencia de autorizaciones temporales de zonas de estacionamientos hasta el 31 de MORDAZA del 2001, se adecuaran a la presente Ordenanza para obtener la Resolucion de Circulacion (explotacion de servicio) y la concesion de ruta correspondiente; en concordancia con el Art. 22º de la presente. Cuarta.- Las Autorizaciones Municipales solo se otorgaran a personas juridicas y no a personas naturales. Quinta.- La Comision Tecnica Mixta, la Direccion de Desarrollo MORDAZA y la Division de Transporte de la Municipalidad de Comas, velaran por el cumplimiento de la presente Ordenanza, en concordancia con las funciones que les correspondan. Sexta.- El MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas queda facultado para dictar normas complementarias a la presente Ordenanza, mediante Decreto. Septima.- Elevese a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para conocimiento y fines que estimen conveniente. Octava.- La presente Ordenanza entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA

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