Norma Legal Oficial del día 05 de Julio del año 2001 (05/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Cantidad (Unidad) Partida Arancelaria

NORMAS LEGALES
Descripcion laboratorio para tratamiento termico de materias por induccion o perdidas dielectricas. Los demas hornos: - Los demas

MORDAZA, jueves 5 de MORDAZA de 2001

02

8514.30.90.00

Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, segun Expediente Nº 036762-2000 y que dichos bienes MORDAZA destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria de los bienes cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 26508

2 kgs., segun Guia Aerea Nº SYR 8021286 de AEI. Donacion destinada al Radio Observatorio de Jicamarca para los trabajos que realiza con fines cientificos. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 26509

ENERGIA Y MINAS
Modifican articulo de resolucion que autorizo donaciones efectuadas a favor de la Central de Cooperativas Mineras San MORDAZA de Poto - Ananea Ltda.
RESOLUCION SUPREMA Nº 120-2001-EM MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2001 Vista la solicitud de la empresa Minera del Peru S.A. - MINERO PERU S.A., mediante la cual solicita modificacion de la Resolucion Suprema Nº 024-2000-EM, de fecha 15 de febrero de 2000; CONSIDERANDO: Que, el Directorio de MINERO PERU S.A. en su Sesion Nº 731, mediante Acuerdo Nº 731-3-99, de fecha 9 de diciembre de 1999, aprobo la donacion a favor de la Central de Cooperativas Mineras San MORDAZA de Poto Ananea Ltda., de las concesiones auriferas "Mistica" de 240 has., "Estela" de 240 has. y "Amandita" de 220 has., inscritas en las Fichas Nºs. 124131, 124093 y 123257, respectivamente, del Asiento 007 del Registro Publico de Mineria, ubicadas en el distrito de Ananea, provincia de San MORDAZA de Putina, departamento de Puno; siendo autorizada mediante Resolucion Suprema Nº 024-2000EM, de fecha 15 de febrero de 2000; Que, con fecha 27 de enero de 2000, el Directorio de MINERO PERU S.A. en su Sesion Nº 733, mediante Acuerdo Nº 733-1-00 aclaro el Acuerdo Nº 731-3-99 en el sentido que se entienda que la donacion de las concesiones "Mistica", "Estela" y "Amandita" estan referidas exclusivamente a su titularidad y que no incluye el campamento, ni la estructura ubicada sobre la concesion "Amandita"; Que, con fecha 4 de setiembre de 2000, la Central de Cooperativas Mineras San MORDAZA de Poto - Ananea Ltda., mediante carta dirigida a la Gerencia General de MINERO PERU S.A., se desiste de la solicitud de donacion de la concesion "Amandita" debido a que esta no contiene reservas de minerales de su interes, para la explotacion respectiva; solicitando se tramite la modificacion de la Resolucion Suprema MORDAZA mencionada; Que, el Directorio de MINERO PERU S.A. en su Sesion Nº 760, de fecha 8 de marzo de 2001, acordo modificar los Acuerdos Nºs. 731-3-99, 733-1-00 y 749-0100 rectificando el nombre de la concesion "Mistica" por

Aprueban donacion efectuada a favor del Instituto Geofisico del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 317-2001-EF MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Presidencia Nº 032-IGP/ 99 de fecha 22 de febrero de 1999, el Instituto Geofisico del Peru acepto la donacion efectuada por la Universidad de MORDAZA de Ithaca, New MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, consistente en un tubo electronico "Hydrogen Thyratron 8329", destinado al Radio Observatorio de Jicamarca para los trabajos que realiza con fines cientificos; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, en via de regularizacion, la donacion efectuada por la Universidad de MORDAZA de Ithaca, New MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, a favor del Instituto Geofisico del Peru, consistente en un tubo electronico "Hydrogen Thyratron 8329", con un valor aproximado de US$ 1 020,00 (Mil Veinte y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), segun Carta de Donacion de fecha 16 de diciembre de 1998 y un peso aproximado de

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