Norma Legal Oficial del día 06 de Julio del año 2001 (06/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2001

Que, mediante R.M. Nº 0849-99-IN/PNP de 24.AGO.99, la EC PA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue sancionada con DOS (2) meses de Cese Temporal sin goce de remuneraciones por haber incurrido en faltas disciplinarias (Incumplimiento de normas y actos de inmoralidad); Que, con fecha 1.ABR:2000 la sancionada servidora interpone Recurso de Apelacion contra la mencionada Resolucion, el cual deduciendose su verdadero caracter de interpretacion ha sido considerado como Recurso de Reconsideracion, el mismo que no se sustenta con nueva prueba instrumental, conforme lo preve el Art. 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 02-94-JUS, de 28.ENE.94; Que, mediante R.M. Nº 1066-2000-IN/PNP de 22.AGO.2000, se resuelve sancionar con Destitucion a la recurrente, por incurrir en graves faltas disciplinarias (Incumplimiento de normas y actos de inmoralidad); Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion General de la PNP, en su Dictamen Nº 11752001-DGPNP/AJ, de 8.MAR.2001; lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, en su Informe Nº 3284-2000-IN-0202 de 30.NOV.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar Infundado el Recurso de Reconsideracion interpuesto por la EC PA PNP (D) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la R.M. Nº 0849-99IN/PNP de 24.AGO.99; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KETIN MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 26541

el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion de Logistica PNP, en su Dictamen Nº 400-97DIRLOG-PNP/OAJ del 19.ABR.97; Lo propuesto por el General Director de Logistica de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior, relativos a la Policia Nacional del Peru, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra MORDAZA GOYTIZOLO MORDAZA representante legal de la firma COMERCIAL "ROYCO" S.R.L., por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico indicado, los actuados del caso para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KETIN MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 26542 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0681-2001-IN/PNP MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2001 Visto, el Parte Nº 037-2000-DIRLOG-PNP-INSPECTORIA.1 del 13.SET.2000, formulado por la Inspectoria de la Direccion de Logistica PNP, concerniente a la no devolucion de 510 chalecos antibalas, por parte de la Empresa Manufactura y Confecciones "BIMBO GOLL E.I.R.L.". CONSIDERANDO: Que, de las investigaciones efectuadas se ha llegado a determinar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA representante legal de la Empresa Manufactura y Confecciones "BIMBO GOLL E.I.R.L." resulta ser presunto autor de Apropiacion Ilicita y Estafa previstos en los Arts. 190º y 196º del Codigo Penal, al negarse a devolver a la Policia Nacional del Peru, 510 chalecos antibalas que le fueron entregados el 16.ABR.99 por no reunir las caracteristicas especificadas en las Ordenes de Compra-Guia de Internamiento Nºs. 080, 1022, 896 y 1287, prendas valorizadas en S/. 692,070.00 Nuevos Soles, las mismas que le fueron pagadas oportunamente por intermedio de la DIECO-PNP, segun Comprobantes de Pago Nºs. 473 del 31.ENE.98, 1323 y 1339 del 28.FEB.98 y 1908 del 23.MAR.98; Que, se hace necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la PNP, para que interponga las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA representante legal de la Empresa Manufactura y Confecciones "BIMBO GOLL E.I.R.L.", de conformidad a lo establecido en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion de Logistica PNP, en su Dictamen Nº 11162000-DIRLOG-PNP/OAJ del 18.SET.2000; Lo propuesto por el General Director de Logistica de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA representante legal de la Empresa Manufactura y Confecciones "BIMBO GOLL E.I.R.L." por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico indicado, los antecedentes del caso para los fines de su competencia.

A t r z nap o u a o i i i ra c o uoia rcrdr nca cines correspondientes contra presuntos responsables de los delitos de arpainiiiayetf e arpoico lct saa n ga vod l PP i e a N
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0679-2001-IN/PNP MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2001 Visto, el Parte Nº 10-97-DIRLOG-PNP/OCI, de 11.MAR.97, formulado por la Oficina de Control Interno de la Direccion de Logistica PNP, con relacion al incumplimiento en la entrega de material medico, por parte de la firma COMERCIAL "ROYCO" S.R.L. CONSIDERANDO: Que, de las investigaciones practicadas se establecio que MORDAZA GOYTIZOLO MORDAZA representante legal de la firma COMERCIAL "ROYCO" S.R.L., resulta ser presunto autor de Apropiacion Ilicita y Estafa previstos en los Articulos 190º y 196º respectivamente del Codigo Penal, al no haber internado hasta la fecha las 100 cubetas rectangulares y 88 chatas de MORDAZA inoxidable que fueron devueltas por presentar fallas de fabricacion; adquiridas mediante Orden de Compra Nº 10480 del 22.DIC.95, valorizadas en S/. 13,027.00 Nuevos Soles y que le fueron canceladas oportunamente; Que, se hace necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru para que interponga las acciones legales pertinentes contra MORDAZA GOYTIZOLO MORDAZA representante legal de la firma COMERCIAL "ROYCO" S.R.L. de conformidad a lo establecido en

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