Norma Legal Oficial del día 06 de Julio del año 2001 (06/07/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

Pag. 206132

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2001

fico real, sino en base de datos estimados y no replanteados, se determino que este hecho se ha visto reflejado en un pago innecesario al contratista por S/. 47 996,47 por una partida que nunca fue ejecutada en evidente perjuicio de los recursos e intereses del Estado; Que, conforme el punto 2.18 de las Conclusiones del Informe Nº 002-98/CTAR PIURA-ORCI-OSRCI-LCC-DE y en merito a los hechos investigados, se determino la responsabilidad civil del ex Subgerente de Operaciones, ex Director de Estudios y ex Proyectista; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con la Ley Nº 17537 de Representacion de Defensa del Estado en Juicio, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Ley Nº 26922 y Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion del Estado inicie las acciones judiciales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otras personas que correspondan, por las razones y los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al Procurador Publico del Sector para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 26466

ha requerido el pago de la suma adeudada, sin que MORDAZA obtenido respuesta alguna; Que, estando plenamente acreditada la responsabilidad contractual del ingeniero MORDAZA Maqueira Afa, es de aplicacion lo dispuesto por el Articulo 1219º del Codigo Civil, que autoriza al acreedor a emplear las medidas legales a fin de que el deudor le procure aquello a que esta obligado; siendo ademas, aplicable al cobro de los intereses moratorios correspondientes, acorde a lo previsto por los Articulos 1333º y 1242º del citado cuerpo legal; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia a interponer, en representacion y defensa de los intereses del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, las acciones judiciales correspondientes, contra el ingeniero MORDAZA Maqueira Afa, para que pague al INFES la suma adeudada, proveniente de la liquidacion de la obra C.E. Nº 115-2, materia de la Administracion Directa Nº 012-92-PRESINFES; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado - Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud, interponga las acciones judiciales correspondientes por las razones y hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines a que se contrae la presente Resolucion, debiendo el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, proporcionarle la documentacion complementaria que requiera. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 26467

Atrznapouao iiirpoe uoia rcrdr nca rcs jdca pr l rcprco d o uiil aa a eueain e suma de dinero adeudada al INFES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 228-2001-PRES MORDAZA, 26 de junio del 2001 Visto el Oficio Nº 343-2001-GG-PRES-INFES del Gerente General (e) del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, por Contrato de Servicios No Personales suscrito el 16 de setiembre de 1992, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, contrato los servicios del ingeniero MORDAZA Maqueira Afa para que en su representacion se encargue de la direccion tecnica, administrativa y contable de la obra C.E. Nº 115-2, ubicado en el Asentamiento Humano "10 de Octubre" del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, materia de la Administracion Directa Nº 012-92PRES-INFES, ademas de realizar las labores propias del Residente de Obra; Que, por Resolucion de Gerencia General Nº 7181999-PRES-INFES del 11 de junio de 1999, se ha aprobado la liquidacion final de la obra C.E. Nº 115-2, estableciendose un saldo deudor a cargo del ex Residente de Obra, ingeniero MORDAZA Maqueira Afa de S/. 14 680,51 (Catorce Mil Seiscientos Ochenta con 51/100 Nuevos Soles), derivado de anticipos otorgados y no rendidos, de la aplicacion de la multa contractualmente convenida por atraso en la entrega de la obra, del incremento en el adeudo de las leyes sociales canceladas al ex IPSS, y por mayores gastos en planillas de jornales no sustentados tecnicamente; Que, la citada Resolucion fue debidamente notificada al ingeniero MORDAZA Maqueira Afa, mediante Oficio Nº 45281999-GO-PRES-INFES del 17 de junio de 1999, habiendo sido recepcionado con fecha 24 del mismo mes y ano, segun MORDAZA notarial, no habiendo interpuesto contra MORDAZA recurso impugnativo alguno, por lo que ha quedado consentida; Que, la Gerencia de Administracion, mediante Oficio Nº 2215-2000-GA-PRES-INFES del 24 de MORDAZA de 2000, le

Atrznapouao iiirpoe uoia rcrdr nca rcs jdca pr rcprr slo d o uiil aa euea ad e mayor costo por ejecucion de obra de cnr euaio eto dctv
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 229-2001-PRES MORDAZA, 26 de junio del 2001 Visto el Oficio Nº 398-2001-GG-PRES-INFES del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, a traves del acuerdo del Consejo Directivo Nº 012.02, adoptado en Sesion de fecha 18 de setiembre de 1992, se aprobo la ejecucion de la obra C.E. Nº 5086, procediendo el INFES con fecha 30 de setiembre de 1992 a suscribir con el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el Contrato de Servicios No Personales, materia de la Administracion Directa Nº 016-92-PRES-INFES, para que en representacion del INFES se encargue de la direccion tecnica, administrativa y contable de la obra indicada, asi como de las labores propias de la Residencia de Obra; Que, de conformidad con los terminos y condiciones del Contrato de Servicios No Personales, el Residente se hizo responsable, entre otras, de velar directa y permanentemente por la correcta ejecucion de la obra; ejecutar la misma conforme las normas vigentes y a la buena practica de la ingenieria; obligandose asimismo a que todo perjuicio economico causado al INFES en la ejecucion de la obra que se origine como consecuencia de un hecho imputable al Residente, tales como negligencia en sus funciones, imprevi-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.