Norma Legal Oficial del día 06 de Julio del año 2001 (06/07/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

Pag. 206146

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2001

con la MORDAZA de la informacion y/o documentacion requerida, se declarara el abandono del procedimiento iniciado". Articulo 16º.- Incorporar la Decimo Octava Disposicion Transitoria y Final, la cual tendra el siguiente texto: "Decima Octava.- Los equipos y aparatos de telecomunicaciones que se encuentren en posesion del Ministerio en virtud de la aplicacion de la medida de incautacion provisional continuaran en ese estado, en calidad de garantia, hasta la cancelacion total de la multa impuesta, salvo que el sancionado obtenga la debida autorizacion para la prestacion del respectivo servicio." Articulo 17º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. 26617

- Sr. MORDAZA MORDAZA Pavic MORDAZA, Director de Circulacion Aerea. - Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Abogada. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por uso de Aeropuerto US$ 2,400.00 75.00

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 26628

Atrzn a pouao iiir ls uoia rcrdr nca a A t r z n v a e d f n i n r o d l acciones correspondientes contra uoia ij e ucoais e a D r c i n G n r l d A r n u i a C - presuntos responsables de perjuicio ieco eea e eoatc i v l p r p r i i a e e e t s a r a i economico ocasionado al Proyecto i aa atcpr n vno elSINMAC zree Blva as n oii
RESOLUCION SUPREMA Nº 094-2001-MTC MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Secretario de la Comision Latinoamericana de Aviacion Civil - CLAC, ha cursado invitacion al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para que participe en la LIX Reunion del Comite Ejecutivo de la CLAC, que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Republica de Bolivia, los dias 4 y 5 de MORDAZA del 2001. Asimismo, para que participe en la MORDAZA Reunion Ordinaria de la Junta General del Sistema Regional para la Vigilancia de la Seguridad Operacional, que se realizara el 3 de MORDAZA del 2001; Que, en dichas Reuniones se trataran temas de sumo interes para el MORDAZA, vinculados con la seguridad operacional y otros temas relacionados con los objetivos trazados por el Organismo Regional para el bienio 2001-2002, por lo que resulta importante la participacion de la administracion peruana; Que, es politica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion participar en las Reuniones Internacionales que son de interes para el Peru; Que, en consideracion a las funciones asignadas a la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25862 y Ley Nº 27261 y, a la importancia de los temas a tratar, resulta pertinente autorizar el viaje de los funcionarios designados para que participen en los referidos eventos; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Decretos Supremos Nºs. 048-2001-PCM y 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los siguientes funcionarios de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Republica de Bolivia, durante los dias del 2 al 5 de MORDAZA del 2001, para los fines a que se contrae la presente Resolucion: - Sr. MORDAZA Kuan - Veng, Director General de Aeronautica Civil. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 243-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 12 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Auditoria General Interna de este Ministerio, ha emitido el Informe Especial AUD-I-Nº 008-2001-024354/MTC/15.08: Examen Especial sobre Obras y Mantenimiento de Carreteras a cargo del Proyecto SINMAC - MORDAZA, periodo enero a diciembre de 2000, en el cual se senala indicios razonables de presunta responsabilidad civil y penal en que estarian involucrados los ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcon y MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA, quienes se desempenaron como Jefe de Proyecto y Supervisor de Obras, respectivamente, con perjuicio economico para el SINMAC, por un monto aproximado de S/. 37,050.00; Que, el referido Informe Especial senala que el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcon, sin contar con autorizacion y sin tener facultad delegada, suscribio en via de regularizacion el Convenio Nº 003-2000/CTAR/PE-DIRTCVC de fecha 18 de MORDAZA de 2000, en representacion del SINMAC, con la Direccion Ejecutiva de Caminos de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion del CTAR - MORDAZA, transfiriendo a titulo gratuito a favor de esta MORDAZA, petroleo y gasolina por la suma de S/. 37,050.00. Asimismo senala que no se ha consignado en los Cuadernos de Obra la entrada y salida del combustible; aunandose el hecho de que ese importe se informo al SINMAC como gasto, y que en el CTAR MORDAZA existe otro Convenio con el mismo numero y ano pero con objeto distinto, cuyos aspectos le restan veracidad a dicho Convenio; Que, el ingeniero MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA en su calidad de Supervisor de Obras, omitio supervisar el destino del combustible, toda vez que la documentacion tecnico - administrativa que se rindio a la Gerencia Tecnica del SINMAC - MORDAZA, no contempla transferencia o donacion alguna al CTAR - Arequipa; Que, los hechos irregulares revelados en el Informe Especial implicarian la trasgresion de normas legales sobre la materia, lo que amerita la intervencion del Procurador Publico del MTC, para que ejerza las acciones legales que correspondan;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.