Norma Legal Oficial del día 06 de Julio del año 2001 (06/07/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

Pag. 206160

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2001

lista independiente Alianza por el Desarrollo de Samegua, para que asuma provisionalmente el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Samegua, en el presente periodo de gobierno municipal; debiendosele otorgar la credencial correspondiente. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 26595

conocimiento de la decision del Concejo, a fin de no limitar el derecho de defensa que le asiste; Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar inadmisible la solicitud planteada por el MORDAZA del Concejo Distrital de Yamon, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre designacion de reemplazo por vacancia del cargo de Regidor del mismo Concejo que ejerce don MORDAZA MORDAZA Munoz; otorgandose a dicho Concejo el plazo perentorio de ocho dias a partir de notificada la presente resolucion, para que cumpla con remitir a este organismo electoral los documentos que acrediten que se ha diligenciado debidamente la notificacion al vacado con el Acuerdo de Concejo del 15 de enero de 2001, ya sea mediante cedula en forma personal, o en caso de ignorarse el domicilio del afectado, mediante publicacion de edictos por tres dias habiles en el diario de mayor circulacion en el lugar del ultimo domicilio del citado y, a falta de diarios, dicho edicto debera ser fijado en carteles en los sitios que aseguren su mayor difusion, de conformidad con lo previsto por los Articulos 160º y siguientes del Codigo Procesal Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 26593

Dcaa iamsbe slctd sbe elrn ndiil oiiu or designacion de reemplazo de regidor d l C n e o D s r t l d Yamon, proe ocj itia e vincia de Utcubamba, por vacancia del cargo
RESOLUCION Nº 513-2001-JNE MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2001 Visto el Expediente Nº 404-2001 sobre vacancia del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Yamon, de la provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, que ejerce don MORDAZA MORDAZA Munoz, iniciado el 9 de marzo de 2001 a solicitud del MORDAZA del citado Concejo, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien comunica la expedicion del Acuerdo de Concejo de fecha 15 de enero de 2001 que aprueba la vacancia en mencion, por abandono del cargo, renuncia y cambio de domicilio; CONSIDERANDO: Que en la sesion extraordinaria celebrada el 15 de enero de 2001, el Concejo Distrital de Yamon declaro, con el MORDAZA aprobatorio de cinco de sus miembros, la vacancia del cargo de Regidor que ejerce don MORDAZA MORDAZA Munoz, motivandose dicho acuerdo en las causales de abandono de cargo, renuncia y cambio de domicilio a Alemania, encontrandose prevista, la MORDAZA de ellas, en el numeral 4) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, que establece como causal de vacancia de los cargos de MORDAZA o Regidor el cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion de la Municipalidad; Que la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo a que se refiere el MORDAZA recurrente en su escrito ubicado a fojas 7, no fue materia del acuerdo de vacancia MORDAZA senalado, segun el texto del acta respectiva que obra a fojas 9; Que, de conformidad con lo establecido por el Articulo 25º de la Ley Organica de Municipalidades, los cargos de MORDAZA y Regidor son irrenunciables; por ello, la carta de renuncia que corre a fojas 4 no debe ser tomada en cuenta, MORDAZA cuando esta consigna al final, a manera de firma, la palabra "Kike" y no la firma que el ciudadano MORDAZA MORDAZA Munoz tiene registrada como suya en el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, donde, ademas, no se ha reportado ningun cambio de residencia, apareciendo como lugar de domicilio el distrito de Yamon, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas; Que no ha sido presentado el cargo de la notificacion al Regidor MORDAZA Munoz del Acuerdo de Concejo que declara la vacancia de su cargo; omision que persiste no obstante haberse requerido al MORDAZA de Yamon su diligenciamiento con arreglo a las disposiciones pertinentes del Codigo Procesal Civil y posterior remision; habiendo respondido el citado MORDAZA que el acuerdo en mencion ha sido notificado via telefono por no conocerse la direccion domiciliaria del vacado, quien se encontraria en Alemania; Que para los efectos de convocar al suplente, es imprescindible acreditar que el acuerdo de vacancia ha quedado firme; y, para ello, resulta necesario que obre en el presente expediente el cargo de notificacion del acuerdo del 15 de enero de 2001 que declara la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA Munoz, notificacion que debe realizarse de tal manera que garantice que este tuvo

D c a a q er g d rd lC n e oD s r elrn u eio e ocj iti t ld A a h ac n i u e e e e c c o a e msc otna n l jrii dlcro e ag
RESOLUCION Nº 514-2001-JNE MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2001 Visto, el Expediente Nº 746-2001 recibido el 18 de junio de 2001, iniciado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Amashca, provincia de Carhuaz, departamento de MORDAZA, mediante el cual comunica la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aranibar; y, solicita se incorpore al candidato que por ley corresponde; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros; para lo cual se debe cumplir con los requisitos que conforma la causal de vacancia invocada; Que en sesion ordinaria de Concejo de fecha 13 de marzo de 2001, el Concejo Distrital de Amashca, constituido por un MORDAZA y cinco Regidores, acordo con el MORDAZA de cuatro miembros, la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas, prevista en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, como consta del acta que en MORDAZA certificada obra de fojas 3 a 5; expidiendose la Resolucion Municipal Nº 008-2001 del 14 de marzo de 2001, que obra a fojas 2; Que de los cargos de las notificaciones que obran de fojas 6 a 9, se advierte que el citado Regidor suscribio los cargos respectivos para su asistencia a las sesiones de Concejo de fechas 10, 15, 23 y 31 de enero de 2001; comprobandose que, la primera y cuarta convocatoria no han cumplido con la formalidad prevista en el Articulo 39º de Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 al disponer que, entre la convocatoria y la sesion mediaran cuando menos, dos dias habiles; Que de las actas de las sesiones ordinarias MORDAZA indicadas, que en MORDAZA certificada obran de fojas 11 a 14, en la que corresponde a la sesion ordinaria de fecha 31 de enero de 2001, se dejo MORDAZA de la inconcurrencia del citado Regidor; sin embargo, pese a no encontrarse suscritas las

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.