Norma Legal Oficial del día 24 de Julio del año 2001 (24/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2001

promover la cultura y creatividad de los internos, siendo los principales compromisos los siguientes: a) El Centro de Estudios Literarios MORDAZA MORDAZA Polar implementara talleres de creacion literaria en las areas de la narrativa (cuento y novela), poesia, ensayo y dramaturgia. b) Para la ejecucion del convenio, organizara con el INPE, la convocatoria al Primer Concurso Literario "Luz de Libertad", de cuento (castellano y quechua) y poesia, el cual servira como elemento motivacional para la implementacion subsecuente de los talleres. El concurso tendra un caracter anual y contara con un sistema de premiacion a los dos primeros puestos, en cada variante del concurso. c) El Centro de Estudios Literarios MORDAZA MORDAZA Polar viabilizara la publicacion de los mejores trabajos, fruto de los talleres de creacion literaria, y de los concursos realizados en cada ano. d) Para fomentar el buen habito de la lectura, fundamentalmente literaria entre los internos, MORDAZA partes acuerdan la implementacion de minibibliotecas para cada pabellon de los establecimientos penitenciarios. e) El Centro de Estudios Literarios MORDAZA MORDAZA Polar organizara jornadas literarias y realizara conferencias magistrales de conocidos literatos peruanos y extranjeros, que esten dispuestos a contribuir con la rehabilitacion de los internos. f) Facilitara la plana docente correspondiente para el desarrollo de los talleres de creacion literaria, asi como tambien canalizara las MORDAZA cooperantes internacionales en beneficio de la ejecucion del convenio. g) Capacitara a los servidores del INPE y/o profesionales de los CEOS para que desarrollen los talleres de creacion literaria. h) EDEGEL auspiciara el Primer Concurso Literario "Luz de Libertad", de cuento (castellano y quechua) y poesia, a realizarse por el INPE en coordinacion con el Centro de Estudios Literarios MORDAZA MORDAZA Polar, haciendose cargo de los siguientes conceptos: - Premios para los dos primeros lugares ganadores de cada variante del Concurso, de la siguiente manera:
01. Cuento en Castellano Primer Puesto S/. 2,000.00 Nuevos Soles MORDAZA Puesto S/. 1,000.00 Nuevos Soles 02. Cuento en Quechua 03. Poesia Primer Puesto S/. 2,000.00 Nuevos Soles MORDAZA Puesto S/. 1,000.00 Nuevos Soles Primer Puesto S/. 2,000.00 Nuevos Soles MORDAZA Puesto S/. 1,000.00 Nuevos Soles

RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 866-2001-INPE-P MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2001 Visto, el Oficio Nº 903-2001-INPE/06 de fecha de 4 de MORDAZA de 2001, mediante el cual se remite el Proyecto de "Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre la Unidad de Servicios de Educacion Nº 03 de MORDAZA, la Compania de MORDAZA (Marianistas) y el Instituto Nacional Penitenciario"; CONSIDERANDO: Que, el inciso decimo MORDAZA del Articulo 135º del Decreto Legislativo Nº 654 "Codigo de Ejecucion Penal", faculta al Instituto Nacional Penitenciario a celebrar convenios con entidades publicas y privadas; Que, la Unidad de Servicios de Educacion Nº 03 de MORDAZA y la Compania de MORDAZA (Marianistas) a traves de la suscripcion del convenio de cooperacion con el Instituto Nacional Penitenciario, con la finalidad de organizar, implementar y poner en funcionamiento, con caracter experimental, el Programa No Escolarizado de Educacion Primaria y Secundaria "Hno. MORDAZA Curazao Giesecke, S.M.", en el Establecimiento Penitenciario de Procesados Primarios de Lima. Asimismo el convenio contribuira con el MORDAZA de resocializacion de los internos del referido establecimiento penitenciario, elevando su nivel educativo, brindandoles una educacion cientificahumanistica y tecnica, educandolos en valores y carisma pastoral marianista, preparandolos para generar sus propias microempresas; En consecuencia, es necesario aprobar el "Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre la Unidad de Servicios de Educacion Nº 03 de MORDAZA, la Compania de MORDAZA (Marianistas) y el Instituto Nacional Penitenciario"; Con la opinion favorable de las Oficinas Generales de Tratamiento, Asesoria Juridica y Planificacion; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 654 "Codigo de Ejecucion Penal", Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Suprema Nº 0892001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el "Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre la Unidad de Servicios de Educacion Nº 03 de MORDAZA, la Compania de MORDAZA (Marianistas) y el Instituto Nacional Penitenciario", para organizar, implementar y poner en funcionamiento, con caracter experimental, el Programa No Escolarizado de Educacion Primaria y Secundaria - Variante Cientifico Humanistico de Adultos; "Hno. MORDAZA Curazao Giesecke, S.M.", que por la situacion de los usuarios, funcionara como anexo del PRONOEPSA USE Nº 03 de MORDAZA en el Establecimiento Penitenciario de Procesados Primarios de Lima; a fin de contribuir con el MORDAZA de resocializacion de los internos de los establecimientos penitenciarios, elevando su nivel educativo, brindandoles una educacion cientifica-humanistica y tecnica, educandolos en valores y carisma pastoral marianista, preparandolos para generar sus propias microempresas, siendo los principales compromisos los siguientes: 1.Corresponde a la Unidad de Servicios de Educacion Nº 03 de Lima: - Proveer de cuatro (4) docentes capacitados en educacion de adultos con jornada laboral completa, de los cuales dos (2) docentes son para el nivel de Educacion Primaria y dos (2) docentes para el nivel de Educacion Secundaria. Dichos profesores asumiran la funcion docente en aula y por horas, segun el caso; asi como la de orientar y estimular a los internos que tengan vocacion y compromiso con la docencia. El personal docente asignado al Programa percibira sus remuneraciones y beneficios de conformidad con las normas y dispositivos legales vigentes para la docencia estatal. - Encargar a uno de los docentes asignados al Programa, con mayor tiempo de servicio, formacion, trayec-

- Publicacion de un libro compilatorio con los mejores trabajos literarios resultantes del concurso. - Diseno e impresion de afiches de convocatoria al concurso a ser ubicados en cada establecimiento penitenciario. Articulo 2º.- Los responsables en el Instituto Nacional Penitenciario, de la aplicacion y cumplimiento del convenio seran: - El Director de la Oficina General de Tratamiento/ Area de Educacion. - Los Directores de las Direcciones Regionales. - Los Directores de las Oficinas de Tratamiento de las Direcciones Regionales. - Los Directores de Establecimientos Penitenciarios/ Area de Educacion. - Los Jefes de los Organos Tecnicos de Tratamiento en los Establecimientos Penitenciarios y Oficinas del Medio Libre. Articulo 3º.- Los oganos del Instituto Nacional Penitenciario, brindaran todo el apoyo y colaboracion para el cumplimiento del presente convenio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COSTA SANTOLALLA Presidente 27753

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