Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2001 (26/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2001

3. Original del Certificado o MORDAZA de la Poliza de Seguro de la flota vehicular vigente, segun los riesgos de accidentes personales de pasajeros, conductor, cobrador y terceros y por los montos estipulados en el Articulo 80º de la Ordenanza Nº 104. 4. Padron de Conductores - Cobradores, debidamente inscritos en la Direccion de Estudios, Autorizaciones y Registros de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, quienes deberan haber llevado los cursos de educacion vial (temario I o II), o suscribir por intermedio de su Representante Legal una Carta Compromiso en la que se comprometan a llevar el curso en un plazo no mayor a 60 dias habiles despues de la firma del contrato de autorizacion excepcional, de no cumplirse la obligacion asumida en la carta de compromiso, esta Autoridad Municipal aplicara las sanciones establecidas en el Articulo 92º de la Ordenanza Nº 104. 5. De la flota vehicular: a. Acreditar como minimo el 50% de la flota requerida para la ruta. b. Los vehiculos deberan aprobar la constatacion de caracteristicas correspondientes. c. Los vehiculos mayores de 20 anos de antiguedad deberan presentar el Certificado de Operatividad correspondiente, senalado en la R.D.M. Nº 022-01-MMLDMTU del 8 de marzo del 2001. d. Declaracion Jurada del propietario, poseedor o responsable del vehiculo, segun formato, con firmas legalizadas por notario publico de MORDAZA, donde manifiesta expresamente su intencion de mantenerse en la flota vehicular de la solicitante. Articulo Cuarto.- Dispongase que las Tarjetas de Circulacion de los vehiculos que pertenecen a la flota de las empresas de transporte comprendidas en los alcances del Articulo Tercero del Decreto de Alcaldia Nº 001 que se encuentren vencidas al 14 de MORDAZA del 2001, mantendran su vigencia hasta el 31 de agosto del 2001. Articulo Quinto.- Encargar a la Direccion General de Transporte, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Municipal Direccion Municipal de Transporte MORDAZA 27952

Que, mientras se realiza el mismo debe darse validez a la Tarjeta de Circulacion que en la actualidad hayan vencido, hasta que concluya el plazo que se senale en el MORDAZA de Calificacion; De conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 104, la Ordenanza Municipal Nº 131 y sus modificatorias, y en el Decreto de Alcaldia Nº 092; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a un MORDAZA de calificacion entre las personas juridicas que prestan servicio de transporte en las rutas senaladas en el Articulo Primero del Decreto de Alcaldia Nº 092, con el fin de otorgar Autorizacion Excepcional, para prestar servicio hasta el 31 de diciembre del 2001. Articulo Segundo.- El MORDAZA de Calificacion dispuesta por la presente Resolucion Directoral Municipal, se efectuara entre el 24 de MORDAZA y el 31 de agosto del 2001. Articulo Tercero.- Las personas juridicas que prestan servicio de transporte en las rutas senaladas en el Articulo Primero del Decreto de Alcaldia Nº 092, deberan cumplir con las siguientes condiciones: 1. Solicitud de Autorizacion segun formato. 2. Ficha Literal de los Registros Publicos en el que se acredite la vigencia de Poderes de los representantes legales, expedida con una antiguedad no mayor de 2 meses a la fecha de MORDAZA de la solicitud. 3. Original del Certificado o MORDAZA de la Poliza de Seguro de la flota vehicular, que se encuentre vigente (Art. 80º de la Ordenanza Nº 104). 4. Padron de Conductores - Cobradores, debidamente inscritos en la Direccion de Estudios, Autorizaciones y Registros de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA quienes deberan haber llevado los cursos de educacion vial (temario I o II), o suscribir por intermedio de su Representante Legal una Carta Compromiso en la que se comprometan a llevar el curso en un plazo no mayor a 60 dias habiles despues de la firma del contrato de autorizacion excepcional, de no cumplirse la obligacion asumida en la carta de compromiso esta Autoridad Municipal aplicara las sanciones establecidas en la Ordenanza Nº 104 y sus modificatorias. 5. Declaracion Jurada del propietario, poseedor o responsable del vehiculo, segun formato, con firmas legalizadas por notario publico de MORDAZA, donde manifiesta expresamente su intencion de mantenerse en la flota vehicular de la solicitante. 6. De la flota vehicular: a) Acreditar: · En las rutas de acceso restringido : Como minimo el 60% de la flota requerida. · En las rutas de libre acceso : Como minimo el 60% de la flota requerida. b) Las unidades deben haber aprobado la Constatacion de Caracteristicas correspondiente. c) Los vehiculos mayores de 20 anos de antiguedad deberan presentar el Certificado de Operatividad correspondiente, senalado en la R.D.M. Nº 022-01-MMLDMTU del 8 de marzo del 2001. Articulo Cuarto.- Dispongase que las Tarjetas de Circulacion de los vehiculos que pertenecen a la flota de las personas juridicas comprendidas en los alcances del Articulo Primero del Decreto de Alcaldia Nº 092, que se encuentren vencidas al 14 de MORDAZA del 2001, mantendran su vigencia hasta el 31 de agosto del 2001. Articulo Quinto.- Encargar a la Direccion General de Transporte, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Municipal Direccion Municipal de Transporte MORDAZA 27954

Convocan a MORDAZA de calificacion para el otorgamiento de autorizacion excepcional con el fin de prestar servicio de transporte de pasajeros en rutas a que se refiere el D.A. Nº 092
RESOLUCION DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 149-01-MML-DMTU MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 092 del 19 de MORDAZA del 2001, se faculto a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA a llevar a cabo un MORDAZA de Calificacion de personas juridicas que prestan servicio de transporte de pasajeros sobre rutas de libre acceso y vias restringidas que no comprenden en su recorrido el carril segregado de la Via Expresa y el Sector Territorial I, para otorgar una autorizacion excepcional con el fin de que continuen prestando servicio hasta el 31 de diciembre del ano 2001; Que, el Articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 092, faculta a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA a aprobar plazos, requisitos y condiciones para el MORDAZA de calificacion;

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