Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2001 (26/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL MORDAZA
Inician procedimiento disciplinario a servidores y ex servidores de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0805-01-MC MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL MORDAZA CONSIDERANDO: Que mediante Oficio de la Contraloria General de la Republica Nº 138-2000-CG/SCU, se hace conocer al Despacho de Alcaldia de la Municipalidad del MORDAZA el Informe de Auditoria Nº 170-99-CG/AA5 ­ Examen Especial Municipalidad Provincial del MORDAZA ­ Periodos enero 1990 - diciembre 1992 y enero 1995 ­ MORDAZA 1996, el mismo que concluye determinando la presunta responsabilidad de funcionarios y ex funcionarios de la Municipalidad del MORDAZA, por lo que de conformidad a lo establecido en el Articulo 163º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por D.S. Nº 005-90PCM, es procedente instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a efecto de que los mismos en uso de las facultades conferidas en ley puedan hacer MORDAZA su derecho de defensa respecto de las presuntas responsabilidades imputadas en el informe aludido; Que se ha determinado que entre los anos 1990 y 1995, se adquirieron insumos para el Programa del Vaso de Leche, por un monto de S/. 80,928.00, bajo la modalidad de adjudicacion directa, no obstante que por el monto adquirido, debio efectuarse mediante Concurso Publico de Precios; asi mismo, en dicho MORDAZA no se ha evidenciado las cotizaciones previas, no elaborandose en consecuencia el Cuadro Comparativo de Cotizaciones; habiendose incumplido con lo establecido en el Articulo 29º, inciso b) del Decreto Legislativo Nº 556, "Ley del Presupuesto del Sector Publico para 1990" y el Articulo 7º, inciso a) de la Ley Nº 26404 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 1995", habiendo el Informe de Contraloria de la Republica determinado responsabilidad administrativa a los senores: MORDAZA CASANOVA MORDAZA ex Director Municipal Administrativo; MAGOG MORDAZA PUELLES; MORDAZA MORDAZA ORTIZ; MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Jefes de Abastecimientos; MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de Administracion, MORDAZA MORDAZA BLANCO; MORDAZA NAVIA CARRASCO; ex Administradores del citado Programa; por haber firmado los comprobantes de pago autorizando dichas compras irregulares, incumpliendo lo establecido en el Articulo 21º incisos a) y b) del Decreto Legislativo Nº 276 - "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa"; Que se ha evidenciado que entre los meses de enero y MORDAZA de 1996, la Municipalidad Provincial del MORDAZA, incumplio con presentar a la Direccion General de Presupuesto Publico y a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Economia y Finanzas, la informacion mensual de la ejecucion del gasto y rendicion de cuentas documentada en el formato F-8 de las transferencias recibidas por el Programa del Vaso de Leche, incumpliendo de esta manera lo senalado en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 002-96-EFI76.01 Normas para el MORDAZA Presupuestario de los Gobiernos Locales 1996, aprobado por R. D. Nº 1175-95-EF/76.01 de 26.Dic.95. Asimismo, se incumplio con el numeral 5.3 de las Normas sobre Supervision y Control del Programa del Vaso de Leche aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 038-96-CG. Determinandose en el informe de Contraloria responsabilidad administrativa a los senores: MORDAZA CASANOVA MORDAZA ex Director Municipal Administrativo; MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex administradores del

Programa de Vaso de Leche; MORDAZA MORDAZA DE SALIZAR ex Presidenta del Programa del Vaso de Leche, por haber incumplido con lo establecido en el Articulo 21º incisos a) y b) del Decreto Legislativo Nº 276 -"Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa". Que se ha determinado que el Control Visible de Almacen (kardex) de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, no se encuentra actualizado segun el saldo fisico, tal como se verifico al momento del conteo selectivo de los productos, dando como resultado cantidades de mas y de menos en la muestra seleccionada. Transgrediendose la MORDAZA General del Sistema de Abastecimientos, numeral 07 - Verificacion del Estado y Utilizacion de Bienes y Servicios, aprobados por Resolucion Jefatural Nº 118-80-INAP/DNA del 27.Jul.80. Asimismo, se ha incumplido con lo establecido en la Resolucion Jefatural Nº 335-90-INAP/DNA de 25.Jul.90, que senala: las entidades publicas formularan y aplicaran normas para verificar la existencia, estado y condiciones de utilizacion de los bienes y/o servicios que dispone la Entidad, encontrando responsabilidad administrativa en el Examen de Auditoria a los senores: MORDAZA CASANOVA MORDAZA ex Director Municipal Administrativo; MAGOG MORDAZA PUELLES, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Jefes de Abastecimientos; MORDAZA MORDAZA DE SALIZAR ex Presidenta del citado Programa; MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Administrador del citado Programa; ERVI MORDAZA NUNEZ ex Almacenero del citado Programa; por haber incumplido con lo establecido en el Articulo 21º incisos a) y b) del Decreto Legislativo Nº 276- "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa". Que se ha determinado que en el periodo enero-90 a abril-96, se celebraron 654 contratos por Servicios No Personales con personas naturales, cuya suma alcanzo a S/. 937,325.28, no obstante que las normas presupuestales prohibian este MORDAZA de contrataciones, habiendose inobservado lo dispuesto en el inciso a) del Articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 556 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1990"; inciso a) del Articulo 72º de la Ley Nº 25303 "Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico para 1991"; inciso a) del Articulo 66º de la Ley Nº 25388 "Ley del Presupuesto de la Republica 1992"; parte II, inciso a) del Articulo 17º de la Ley Nº 25986 "Ley del Presupuesto del Gobierno Central 1993"; Articulo 33º, parte II, de la Ley Nº 26268 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 1994"; inciso a), parte II, del Articulo 19º de la Ley Nº 26404 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 1995" y la parte I', inciso a) del Articulo 22º de la Ley Nº 26553 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1996". Por estos hechos la Contraloria de la Republica ha concluido encontrando responsabilidad administrativa, a los senores: MORDAZA CASANOVA MORDAZA ex Director Municipal Administrativo, por haber visado los comprobantes de pago, por dicho concepto durante su gestion; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA HIROYASU MORDAZA, y MORDAZA YEPEZ MORDAZA ex Jefes de Asesoria Juridica, por haber visado los contratos para que el MORDAZA los suscriba; habiendo incumplido todos ellos con lo establecido en el Articulo 21º incisos a) y b) del Decreto Legislativo Nº 276 -"Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa". Que se ha evidenciado que algunos saldos del Balance General al 31.Dic.95, no se encuentran debidamente sustentados, debido a que carecen de informacion como: analisis de cuentas, anexos analiticos, auxiliares estandares; arqueos de fondos, evidencia de inventarios fisicos, entre otros que respalden los importes reflejados. Los hechos expuestos han incumplido lo establecido en las Normas de los Sistemas Administrativos de Contabilidad, numeral 6 Conciliacion de Saldos del Sistema Administrativo de Contabilidad, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 801-81-EFC/76. Encontrandose en el Informe de Auditoria responsabilidad administrativa a los senores: MORDAZA CASANOVA MORDAZA ex Director Municipal de Administracion y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ex Director Municipal, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Jefes de Contabilidad; por haber aprobado y presentado a la Contaduria Publica de la Nacion los Estados Financieros al 31. Dic. 95, los mismos que se encontraban indebidamente sustentados y los saldos reflejaban inconsistencia. Asimismo, por haber incumplido todos ellos con lo establecido en el Articulo 21º incisos a) y b) del Decreto Legislativo Nº 276- "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa". Que en el Examen de Contraloria de la Republica, se ha observado que la Municipalidad Provincial del MORDAZA,

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