Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2001 (26/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2001
FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 165-2001-AG

NORMAS LEGALES

Pag. 207509

Mediante Oficio Nº 1781-2001-AG-SEGMA el Ministerio de Agricultura solicita se publique Fe de Erratas del Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion Regional Agraria MORDAZA - Callao, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 165-2001-AG, publicada en nuestra edicion del dia 13 de MORDAZA de 2001, en la pagina 206642. En el Cuadro para Asignacion de Personal DICE:
DIRECCION DE INFORMACION AGRARIA 001 DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (...) DIRECCION DE PROMOCION AGRARIA 001 DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (...) D4-05-295-2 Director D4-05-295-2 Director

tada por el Sismo, a ser ejecutado por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, la indicada operacion de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 6º de la Ley Nº 27424; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 5 y la Ley Nº 27424; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la operacion de Endeudamiento Externo a ser acordada entre la Republica del Peru y la Corporacion MORDAZA de Fomento -CAF-, hasta por la suma de US$ 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar el Programa de Apoyo de Emergencia a la MORDAZA Sur Afectada por el Sismo. El prestamo sera cancelado en 10 (diez) anos que incluyen 4 (cuatro) anos de MORDAZA, mediante 12 (doce) cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, venciendo la primera a los 54 (cincuenta y cuatro) meses de la fecha de suscripcion del contrato de prestamo. La tasa de interes aplicable sobre los saldos adeudados y pendientes de pago sera la tasa LIBOR a seis meses, mas 3,1% anual, una comision de compromiso del 0,75% anual sobre los saldos no desembolsados y una comision de financiamiento del 1% sobre el monto del prestamo. Articulo 2º.- La Unidad Ejecutora del Programa de Apoyo de Emergencia a la MORDAZA Sur Afectada por el Sismo sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Oficina de Inversiones o a quien haga sus veces. Articulo 3º.- Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru el Contrato de Prestamo de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba por el Articulo 1º de esta MORDAZA legal, asi como al Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos, que ocasione la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba por este Decreto Supremo, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos que en funcion de las prioridades intersectoriales y metas del Sector le correspondan en cada Ejercicio Presupuestal para el Servicio de la Deuda Publica. Articulo 5º.- Exceptuase a la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba en este Decreto Supremo de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 035-2000-EF y la Resolucion Ministerial Nº 0782000-EF/75. Articulo 6º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 27972

DEBE DECIR:
DIRECCION DE INFORMACION AGRARIA 001 DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL II (...) DIRECCION DE PROMOCION AGRARIA 001 DIRECTOR DE PROGRAMA SECTORIAL II (...) D4-05-290-2 Director D4-05-290-2 Director

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ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operacion de endeudamiento externo a ser acordada con la Corporacion MORDAZA de Fomento, destinada a financiar el Programa de Apoyo de Emergencia a la MORDAZA Sur Afectada por el Sismo
DECRETO SUPREMO Nº 171-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 16º de la Ley Nº 27424, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, modificado por Decreto de Urgencia Nº 048-2001, se autoriza al Gobierno Central a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 800 000 000,00 (MIL OCHOCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara un prestamo con la Corporacion MORDAZA de Fomento -CAF-, hasta por la suma de US$ 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinado a financiar el Programa de Apoyo de Emergencia a la MORDAZA Sur Afec-

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