Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2001 (26/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2001
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que el Articulo 64º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que el Ministerio de Pesqueria MORDAZA las acciones propias de la actividad pesquera y coordina con otros Ministerios y demas organismos competentes, las acciones que le correspondan; Que una de las politicas de mayor importancia en el Sector Pesquero esta referida a la capacitacion pesquera de sus recursos humanos en las diferentes actividades que se llevan a cabo en aguas marinas y continentales a traves de la participacion de los organismos publicos especializados del sector, las universidades, y el sector privado; Que el Ministerio de Pesqueria a traves del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita (CEP-PAITA), ejecuta programas de capacitacion y entrenamiento a los pescadores artesanales a nivel nacional con el fin de propiciar un desarrollo integral de la pesqueria nacional; Que la Escuela Nacional de MORDAZA Mercante "Almirante MORDAZA Grau", es una institucion publica descentralizada del Sector Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, que tiene como mision formar Oficiales de Pesca y Navegacion, Administradores Maritimos y Portuarios e Ingenieros en Construccion Naval; y asimismo, capacita y actualiza al personal operativo y administrativo del sector maritimo, pesquero, portuario y de construccion naval; Que en el contexto de los considerandos precedentes es necesario incrementar y desarrollar las acciones de cooperacion interinstitucional a efectos de propender al desarrollo del conocimiento pesquero, apoyar la formacion de profesionales y oficiales de pesca y navegacion, que en la practica les permita aplicar nuevas tecnologias de extraccion pesquera, asi como la correcta utilizacion de los distintos equipos a bordo, manteniendo la seguridad personal, de las embarcaciones de respeto al medio ambiente; Con la visacion de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica y de Planificacion y Presupuesto; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Reglamento de la Ley General de Pesca; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el Ministerio de Pesqueria y la Escuela Nacional de MORDAZA Mercante "Almirante MORDAZA Grau" con la finalidad de incrementar y complementar la cooperacion entre MORDAZA instituciones a efectos de propender al desarrollo del conocimiento pesquero y oceanico del MORDAZA, apoyar la formacion profesional de oficiales de pesca y navegacion, que en la practica les permita aplicar nuevas tecnologias de extraccion pesquera, asi como la correcta utilizacion de los distintos equipos a bordo, manteniendo la seguridad personal, de las embarcaciones y de respecto al medio ambiente. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Pesqueria a suscribir el Convenio a que se hace referencia en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La presente Resolucion no irroga gasto al Presupuesto del Pliego 018: Ministerio de Pesqueria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 27917

Que por Resolucion Ministerial Nº 115-2001-PE del 30 de marzo del 2001, se conformo el Comite de Apelacion de Sanciones, encargado de conducir y desarrollar el procedimiento administrativo en MORDAZA instancia, en relacion a los recursos de apelacion que se interpongan contra las resoluciones sancionadoras del sector pesqueria; Que han surgido impedimentos en algunos de sus integrantes para resolver ciertos procedimientos elevados en apelacion, por haber conocido de los mismos en otra instancia, por lo que a fin de no incurrir en nulidades, resulta necesario conformar un comite especial para que conozca de dichos procedimientos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en aplicacion supletoria del numeral 5 del Articulo 305º del Codigo Procesal Civil; Con la opinion favorable del Viceministro: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformese el Comite Especial de Apelacion de Sanciones, encargado de evaluar y resolver los procedimientos administrativos sancionadores derivados por el Comite de Apelacion de Sanciones por impedimento de sus integrantes, el cual estara integrado por las siguientes personas: - Ing. MORDAZA Zuzunaga Zuzunaga, quien la presidira - Ing. MORDAZA MORDAZA Poveda. - Dra. MORDAZA MORDAZA Munoz Martinez. Articulo 2º.- El Comite indicado en el articulo anterior estara regulado por las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno del Comite de Apelacion de Sanciones del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Resolucion Ministerial Nº137-2001-PE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 27918

Declaran infundada Impugnacion contra la R.D. Nº 035-2001-PE/DNEPP, relativa a armadores que incumplieron con pagar los derechos de pesca del ejercicio 2000
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 048-2001-PE MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2001 Visto el escrito de registro Nº 05129003 del 4 de MORDAZA del 2001, mediante el cual PESQUERA GALEON S.A. interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 035-2001-PE/DNEPP. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 035-2001-PE/ DNEPP del 23 de MORDAZA del 2001, se notifico a los armadores que incumplieron con pagar total o parcialmente los derechos de pesca del ejercicio 2000, incluyendo a la embarcacion pesquera BRINCADOR en el anexo I literal A) que forma parte integrante de dicha resolucion, concediendoles un plazo de siete (7) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de su publicacion, para que cumplan con efectuar el pago, vencido el cual caducaria de pleno derecho el permiso de pesca correspondiente; Que mediante el escrito del visto, la recurrente interpone recurso de apelacion contra la resolucion citada en el considerando anterior, fundamentando que la embarcacion no ha efectuado faena de pesca alguna y que el MORDAZA contencioso administrativo seguido contra el

Conforman el Comite Especial de Apelacion de Sanciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 271-2001-PE MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2001

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