Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2001 (26/07/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 84

Pag. 207578

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2001

el solicitante no se encuentre al dia en los pagos que resulten exigibles respecto de la tasa, canon o multa impuesta; Que, la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A. se acogio al beneficio del pago fraccionado de sus deudas que tiene con este Ministerio por concepto del canon de los anos 2000 y 2001 asi como de la tasa del ano 1999, por lo que estas no resultan exigibles a la fecha; encontrandose dicha empresa cumpliendo con el pago de las cuotas del fraccionamiento otorgado, segun lo informado por la Direccion de Recaudacion y Coordinacion Regional con Hoja Informativa Nº 625-2001MTC/15.19.02; Que, mediante Informes Nºs. 047-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 434-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A. cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC, 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A., autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios y de la Planta Transmisora : BC-FM : 96.9 MHz : 0CQ-4O : 1 Kw. : 256F8E : H24 : Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 651 Of. 105, distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima. Coordenadas: L.O. 77° 45' 21" L.S. 10° 44' 50" El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sancion de dejar sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A. esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedida de modificar las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion que se otorga en el Articulo 1º, quedara automaticamente sin efecto, de producirse la perdida del beneficio de fraccionamiento otorgado a favor de la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A.

Articulo 5º.- La autorizacion que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 27874 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 503-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2001 VISTA, la solicitud de la empresa CORPORACION GESTION S.A., MORDAZA EMISORAS POPULARES PERUANAS S.A., sobre otorgamiento de autorizacion para establecer una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Tumbes; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 050-2001MTC/15.03 del 23 de enero del 2001, se aprobo la transferencia de las autorizaciones, permisos y licencias del servicio de radiodifusion, asi como la titularidad de los procedimientos iniciados para obtener tales derechos que pertenecieron a la empresa EMISORAS POPULARES PERUANAS S.A. a favor de CORPORACION GESTION S.A., reconociendola como titular de dichos derechos, en virtud a la fusion de la primera de las nombradas. Que, mediante Informes Nºs. 424-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 487-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por la empresa CORPORACION GESTION S.A. cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.