Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2001 (26/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Declaran que regidor del Concejo Distrital de Pueblo MORDAZA debe continuar en ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 546-2001-JNE MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2001 VISTOS: El Expediente Nº 1377-B-2000, iniciado por don MORDAZA Amoretti MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Pueblo MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica, mediante el cual comunica la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA Velit MORDAZA, por causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo; y, con los documentos remitidos con el Oficio Nº 492-2001-MDPN se completa el referido expediente, presentado el 10 de MORDAZA de 2001; El recurso de revision interpuesto por don MORDAZA Velit MORDAZA contra el acuerdo tomado en la sesion de fecha 7 de diciembre de 2000, que declara la vacancia de su cargo de Regidor del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo; y, Oidos los informes orales; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades, en sesion ordinaria de fecha 7 de diciembre del ano 2000, el Concejo Distrital de Pueblo MORDAZA, constituido por un MORDAZA y siete regidores, acordo con el MORDAZA 6 miembros declarar la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA Velit MORDAZA, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas de Concejo, prevista en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Nº 23853, segun consta del acta que en MORDAZA certificada obra de 19 a 22; expidiendose la Resolucion de Alcaldia Nº 1030-2000-MDPN de fecha 11 de diciembre de 2000, que corre a fojas 4; Que de los cargos de las citaciones que obran a fojas 9, 13, 18 y 23, aparece la firma de una ciudadana MORDAZA MORDAZA de quien se desconoce el vinculo con el Regidor MORDAZA Velit Flores; advirtiendose de ellos, que para las sesiones llevadas a cabo los dias 18 de noviembre, 29 de noviembre y 2 de diciembre de 2000, se ha notificado al Regidor afectado a traves de la indicada ciudadana, los dias 16, 27 y 30 de noviembre de 2000, omitiendose el cumplimiento de los terminos legales previsto en el Articulo 39º de la Ley Nº 23853, que dispone que entre la convocatoria y la sesion mediaran por lo menos dos dias antes; Que con los documentos que obran de fojas 55 a 57, el Regidor agraviado ha justificado su inasistencia a las sesiones de Concejo de fechas 29 de noviembre, 2 de diciembre de 2000; pero en forma contraria, con el informe de la Secretaria General del citado Concejo, que obra fojas 93, se desconoce la MORDAZA de tales instrumentos, sin embargo, los mismos tienen el sello de recepcion de la mesa de partes del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo; Que habiendosele notificado a don MORDAZA Velit MORDAZA el acuerdo declaratorio de vacancia de su cargo de Regidor el 11 de diciembre del ano 2000, el recurso de revision presentado el 19 del mismo mes y ano, se ha interpuesto dentro del termino legal establecido en el Articulo 27º de la Ley Nº 23853; Que en autos no se ha acreditado que don MORDAZA Velit MORDAZA MORDAZA incurrido en la casual de vacancia prevista en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por don MORDAZA Velit Flores; en consecuencia, nulo y sin efecto el acuerdo tomado por el Concejo Distrital de Pueblo MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica, en la sesion ordinaria de fecha 7 de diciembre del ano 2000, en la parte que declara la

vacancia del cargo de Regidor del impugnante, por no estar conforme a ley. Articulo Segundo.- Declarar que don MORDAZA Velit MORDAZA debe continuar ejerciendo el cargo de Regidor en el Concejo Distrital de Pueblo MORDAZA, para el periodo 1999 ­ 2002, para el cual fue elegido. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 27932

Declaran improcedente recurso de revision interpuesto contra acuerdos expedidos por el Concejo Distrital de Perene, sobre no vacancia en el cargo de MORDAZA y regidores
RESOLUCION Nº 547-2001-JNE MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2001 Visto el Expediente Nº 808-2000-Vacancia promovido por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre recurso de revision contra los Acuerdos expedidos por el Concejo Distrital de Perene, de la provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, de fechas 13 de MORDAZA de 2000 y 19 de enero de 2001, el primero de ellos, contenido en el Acuerdo de Concejo Nº 588-MDP-2000, que aprobo no declarar la vacancia del cargo de Regidor que ejerce MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA, solicitada por el recurrente, quien fundamento su pedido senalando presuntos actos de nepotismo, y el MORDAZA, que ratifico el primer acuerdo mencionado; y sobre solicitud de vacancia de los cargos de MORDAZA y Regidores del mismo Concejo que desempenan MORDAZA Liv Margrete Haug Landmo y los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Coaguila y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, por presuntas irregularidades; CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo de sesion privada del 13 de diciembre de 2000, este colegiado dispuso que el Concejo Distrital de Perene remita los actuados sobre la solicitud de vacancia de la Regidora MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA, formulada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Baldoceda; asimismo, se dispuso la remision al mismo Concejo de la solicitud de vacancia de los cargos de MORDAZA y Regidores, de los senores Liv Margrete Haug Landmo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Coaguila y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, planteada por el indicado ciudadano, para los efectos que dicho Concejo se pronuncie de acuerdo a sus atribuciones, de conformidad con lo previsto por los Articulos 27º y 36º inciso 10) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que la Alcaldesa del Concejo Distrital de Perene ha remitido el expediente que corresponde al tramite dado a la solicitud de vacancia de la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA, que contiene el acuerdo de la sesion del 13 de MORDAZA de 2000, en el que por unanimidad, dicho Concejo aprobo no declarar la vacancia en mencion; asimismo, se observa el acuerdo del 19 de enero de 2001, tambien adoptado por unanimidad, que ratifica el acuerdo MORDAZA senalado, y contra los cuales, se presenta la impugnacion materia de autos; Que, solo es recurrible el acuerdo que declara la vacancia, de los cargos de MORDAZA o de Regidor, conforme

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