Norma Legal Oficial del día 28 de Julio del año 2001 (28/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2001

sus extremos de la Resolucion de Alcaldia Nº 515-98-AMDC; Estando a las facultades conferidas por el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y de conformidad con el Articulo 109º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 02-94-JUS; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar NULA en todos sus extremos la Resolucion de Alcaldia Nº 515-98-A-MDC de fecha 17.DIC.98, por las razones expuestas en la parte considerativa. Articulo Segundo.- Dejar a salvo el Derecho de la Asociacion de Propietarios Cieneguilla Tercera Etapa a la tramitacion del Expediente Nº 858-98, siguiendo las recomendaciones de Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas del MORDAZA Este dictada en Sesion Nº 02-99 de fecha 6.AGO.99. Articulo Tercero.- Proceder por la Direccion Municipal y Jefatura de Desarrollo MORDAZA, al cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 28025

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Se dispone ultimo reempadronamiento de establecimientos comerciales, profesionales y de servicios en el distrito
ORDENANZA Nº 64-MPL Pueblo Libre, 12 de MORDAZA de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 101-2001-MPL/CPL-CPDE, emitido por la Comision Permanente de Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, una de las funciones primordiales del Municipio, es la de atender los servicios publicos dentro de su territorio jurisdiccional, teniendo como finalidad el bienestar general y mejoramiento de la calidad de MORDAZA de la poblacion en su respectivo territorio, con las atribuciones que recibe de la Constitucion y de las leyes; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 3º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, las Municipalidades representan al vecindario, fomentan el bienestar de sus vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, mediante Ordenanza Nº 023-MPL y Ordenanza Nº 041-MPL se establecieron normas para promover el desarrollo economico de comerciantes del distrito, entre las cuales se dispuso el reempadronamiento de establecimientos comerciales, profesionales y de servicios en el distrito; Que, a pesar de haber vencido los plazos establecidos en las normas precitadas, aun han quedado pendientes diversos establecimientos comerciales y que es necesario reempadronarlos, a fin de establecer las politicas necesarias para el impulso de este Sector; Que, es politica de la actual Gestion Municipal, la promocion y el desarrollo comercial del distrito a fin de promover su desarrollo economico; De conformidad con los Articulos 36º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, y con la aprobacion del Concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Disponer el ultimo reempadronamiento de establecimientos comerciales, profesionales y de servicios en el distrito, a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y por el lapso de un (1) mes, el mismo que se realizara en la Division de Actividades Empresariales de la Direccion de Desarrollo Economico, sito en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 215 - Pueblo Libre. Quedan exceptuados aquellos comerciantes que cumplieron con la Ordenanza Nº 023-MPL y Ordenanza Nº 041-MPL. Articulo Segundo.- Terminado el plazo para empadronamiento, aquellos comerciantes que no hayan cumplido con el mismo, se haran acreedores a una multa equivalente a 0,25% de la UIT. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Comunicacion Social, a la Direccion de Desarrollo Economico, a la Division de Actividades Empresariales, a la Oficina de Seguridad y Vigilancia Municipal, la difusion y cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 28189

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Prorrogan plazo de beneficio de regularizacion a favor de contribuyentes con deudas por obligaciones tributarias y multas administrativas
DECRETO DE ALCALDIA Nº 09 Miraflores, 26 de MORDAZA del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Miraflores mediante Ordenanza Nº 92 de fecha 25 de junio del 2001, concedio Beneficio Tributario y Administrativo a favor de los contribuyentes y vecinos del distrito de Miraflores; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la mencionada Ordenanza faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda prorrogar la fecha de vigencia del beneficio establecido en dicha norma; Que, un considerable numero de vecinos de Miraflores ha solicitado se amplie el plazo de vigencia para acogerse al Beneficio citado en el primer considerando; Que, siendo politica de esta Municipalidad ayudar a los vecinos de este distrito para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias y administrativas, se ha considerado conveniente prorrogar el plazo de Beneficio Tributario y Administrativo contenido en la Ordenanza Nº 92; SE DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 17 de agosto del 2001 el plazo para acogerse al Beneficio Tributario y Administrativo establecido en la Ordenanza Nº 92. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Administracion Tributaria y a la Oficina de Ejecucion Coactiva el cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA KRUGER ESPANTOSO MORDAZA 28237

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