Norma Legal Oficial del día 07 de Junio del año 2001 (07/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 7 de junio de 2001

nial de la Unidad de Desarrollo de la Amazonia (UDA); asimismo, evaluara y propondra a la Alta Direccion del Ministerio de Agricultura el destino de los bienes, equipos y acervo documentario de la referida Unidad y de aquellos que se encuentren en calidad de custodia en las Direcciones Regionales Agrarias correspondientes. Articulo 5º.- La Comision Regional de Liquidacion se encargara de informar a la Comision Nacional de Liquidacion sobre las acciones, transferencias y recepcion de bienes, saldos presupuestales y acervo documentario de la Unidad de Desarrollo de la Amazonia (UDA), bajo su circunscripcion. Articulo 6º.- Las dependencias administrativas del Ministerio de Agricultura apoyaran a las Comisiones MORDAZA citadas para la ejecucion oportuna de sus acciones. Registrese y comuniquese. MORDAZA AMAT Y MORDAZA Ministro de Agricultura 24837 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0469-2001-AG MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0454-99AG de fecha 5 de MORDAZA de 1999, se creo la Unidad de Promocion de Apoyo Financiero al Agro - PROMINAGRO, responsable de identificar y gestionar nuevas MORDAZA de financiamiento tanto nacional como internacional en base a las necesidades de requerimientos financieros del agro; asi como de promover la organizacion de los productores agrarios, propiciando el apoyo tecnologico y acciones de comercializacion de la produccion en el MORDAZA interno y externo; Que, la Unidad de Promocion de Apoyo Financiero al Agro - PROMINAGRO, viene ejecutando sus acciones con recursos provenientes de la actividad Apoyo al Agro, a cargo de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales UOPE; Que, la Setima Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, dispone que mediante Resolucion Ministerial el Ministerio de Agricultura podra liquidar o transferir los proyectos a cargo de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales a las instancias que se considere pertinente; Que, en consecuencia se hace necesario proceder a la liquidacion de la Unidad de Promocion de Apoyo Financiero al Agro - PROMINAGRO, cuyas funciones seran asumidas por la unidad organica competente de acuerdo a lo dispuesto en el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, por lo que es conveniente disponer la conformacion de la Comision de Liquidacion, asi como de las acciones financieras, administrativas y patrimoniales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la Liquidacion de la Unidad de Promocion de Apoyo Financiero al Agro - PROMINAGRO del Ministerio de Agricultura, creada por Resolucion Ministerial Nº 454-99-AG. Articulo 2º.- Constituir la Comision Nacional de Liquidacion de la Unidad de Promocion de Apoyo Financiero al Agro - PROMINAGRO, conformada por los siguientes funcionarios del Ministerio de Agricultura: - El Director General de la Oficina General de Administracion, quien la presidira; - El Director General de la Oficina General de Planificacion Agraria; y, - El Director de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion. Articulo 3º.- Constituir la Comision Regional de Liquidacion de la Unidad de Promocion de Apoyo Financiero al Agro - PROMINAGRO en las Direcciones Regionales Agrarias, conformada por:

- El Director Regional, quien la presidira; - El Director de la Oficina de Administracion; - El Director de la Oficina de Planificacion Agraria. Articulo 4º.- La Comision Nacional designada en el Articulo 2º de la presente Resolucion, conducira las acciones de liquidacion financiera, administrativa y patrimonial de la Unidad de Promocion de Apoyo Financiero al Agro - PROMINAGRO; asimismo, evaluara y propondra a la Alta Direccion del Ministerio de Agricultura el destino de los bienes, equipos y acervo documentario de la referida Unidad y de aquellos que se encuentren en calidad de custodia en las Direcciones Regionales Agrarias correspondientes. Articulo 5º.- La Comision Regional de Liquidacion se encargara de informar a la Comision Nacional de Liquidacion sobre las acciones, transferencias y recepcion de bienes, saldos presupuestales y acervo documentario de la Unidad de Promocion de Apoyo Financiero al Agro - PROMINAGRO, bajo su circunscripcion. Articulo 6º.- Las dependencias administrativas del Ministerio de Agricultura apoyaran a las Comisiones MORDAZA citadas para la ejecucion oportuna de sus acciones. Registrese y comuniquese. MORDAZA AMAT Y MORDAZA Ministro de Agricultura 24838

Autorizan liquidacion de actividades y de programas y proyectos a cargo de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0473-2001-AG MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Unidad Operativa de Proyectos Especiales UOPE del Ministerio de Agricultura ha venido desarrollando las Actividades Desarrollo MORDAZA y Ganadero y Programas y Proyectos Especiales, con recursos provenientes de la actividad Apoyo al Agro, de la Unidad Ejecutora 01: Administracion Central, del Ministerio de Agricultura; Que, la Setima Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, dispone que mediante Resolucion Ministerial el Ministerio de Agricultura podra liquidar o transferir los proyectos a cargo de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales a las instancias que se considere pertinente; Que, el precitado Reglamento establece que la Direccion General de Promocion Agraria, es la encargada de facilitar los mecanismos y procedimientos de prestacion de servicios agrarios necesarios para la resolucion de los problemas de los productores organizados en las MORDAZA productivas mas significativas, y que en el presente ejercicio dicha unidad organica podra ejecutar, a traves de las Direcciones Regionales y Agencias Agrarias, acciones de contingencia y prestacion de servicios, asi como de seguimiento y evaluacion, motivo por el cual se considera pertinente que la mencionada Direccion General asuma las acciones que ha venido desarrollando la Unidad Operativa de Proyectos Especiales - UOPE; Que, en este sentido es necesario disponer la liquidacion de los Proyectos y Programas a cargo de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales - UOPE, y la transferencia de las funciones a la Direccion General de Promocion Agraria y Direcciones Regionales Agrarias respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; por lo que es conveniente la conformacion de la Comision de Liquidacion y Transferencia, asi como la ejecucion de las acciones financieras, administrativas y patrimoniales correspondientes;

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