Norma Legal Oficial del día 07 de Junio del año 2001 (07/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 7 de junio de 2001

Que, en tal sentido es necesario dictar las normas y procedimientos que regulen el retiro de vehiculos que se encuentren en estado de abandono en la via publica, los mismos que seran internados en el deposito municipal; De conformidad con la Ordenanza Nº 17-99-MDB y en virtud de las atribuciones conferidas por el Articulo 47º y Articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, y estando a lo informado por la Direccion de Seguridad Ciudadana y con la opinion favorable de la Oficina de Asuntos Juridicos; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a partir de la fecha el internamiento de los vehiculos en estado de abandono en la via publica en la jurisdiccion del distrito de Brena, siempre que los mismos previamente hayan sido notificados mediante el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- DISPONER que una vez internado el vehiculo en el deposito municipal, los propietarios que se apersonen para el retiro de sus unidades motorizadas deberan abonar los gastos ocasionados por el traslado del bien al deposito municipal, asi como el derecho de guardiania y el monto de la multa establecida en el RAS vigente de acuerdo al siguiente detalle:
1.- MULTA (RAS vigente - Codigo 3.122) 2.- TRASLADO DEL VEHICULO AL DEPOSITO MUNICIPAL (grua) 3. GUARDIANIA (DIA) 4.- NOTIFICACION (DIARIO EL PERUANO) 15% UIT S/. 450.00 30.00 6.00 12.00

que consta de 38 articulos, una Disposicion Transitoria y tres Disposiciones Finales, el mismo que forma parte integrante del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- Por Resolucion de Alcaldia se convocara al MORDAZA Electoral respectivo, de acuerdo al Cronograma que apruebe el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche. Articulo Tercero.- DEROGAR el Acuerdo de Concejo Nº 054-97-MDL/SG y toda MORDAZA que se oponga al presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE COORDINADORES DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I.- DE LA ZONIFICACION Articulo 1º.- Para los efectos de estas elecciones y una mejor conduccion se ha dividido en 17 Comites. CAPITULO II.- DE LA CONVOCATORIA Articulo 2º .- La convocatoria a elecciones se realizara por los medios de difusion que establezca la Alcaldia, y a traves de reuniones convocadas por la Division de Promocion Social. CAPITULO III.- DURACION DEL CARGO Articulo 3º.- El cargo como Coordinador tendra una duracion de un ano. TITULO II DE LA INSCRIPCION DE CANDIDATOS CAPITULO I.- REQUISITOS PARA SER CANDIDATOS Articulo 4º.- Para ser candidatos se requiere: a) Ser vecino del distrito, lo que se acreditara con la MORDAZA del Documento Nacional de Identidad acompanado del Certificado Domiciliario respectivo, o recibo de alquiler, arbitrios, Agua, Luz o Telefono. b) No tener inhabilitacion alguna para el ejercicio de sus derechos ciudadanos, presentando una Declaracion Jurada. c) Inscribirse en la Division de Promocion Social de la Municipalidad Distrital de Lince presentando MORDAZA simple de su Documento Nacional de Identidad, asi como una solicitud dirigida al senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lince solicitando ser candidato en las elecciones de Coordinadores del Programa del Vaso de Leche en uno de los Comites establecidos en el Art. 1º del presente reglamento. d) No tener procesos Judiciales pendientes de cualquier indole con la Municipalidad Distrital de Lince, ni procesos Judiciales pendientes con cualquier otra Municipalidad del MORDAZA a consecuencia de problemas suscitados en el Programa del Vaso de Leche, presentando una Declaracion Jurada. e) No pertenecer a directiva alguna de nivel Provincial o Nacional del Programa del Vaso de Leche, por existir incompatibilidad de funciones. f) Ser Representante o Beneficiarlo debidamente registrado en el Programa. CAPITULO II.- DE LA INSCRIPCION DE CANDIDATOS Articulo 5º.- La inscripcion de los candidatos sera del 4 al 8 de junio hasta las 16.30 horas, en la Division de Promocion Social.

1% UIT 0.002 UIT 0.004 UIT

Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion a la Secretaria General, Direccion de Seguridad Ciudadana y a la Direccion de Rentas de esta municipalidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 24773

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban el Reglamento de Elecciones de Coordinadores del Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 037-2001-MDL Lince, 22 de MORDAZA de 2001 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Reglamento para la eleccion de Coordinadores del Programa del Vaso de Leche; y, CONSIDERANDO: Que, los Concejos Municipales ejercen funciones de Gobierno mediante Ordenanzas, Edictos y Acuerdos; Que, resulta necesario actualizar el actual Reglamento la eleccion de Coordinadores del Programa del Vaso de Leche; Estando a los dictamenes favorables de la Comision de Servicios a la Comunidad y la Comision de Asuntos Legales, y de acuerdo a lo dispuesto en los Articulos 36º, 47º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, POR MAYORIA con la abstencion del Regidor MORDAZA Berlanga; SE ACORDO: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Elecciones de Coordinadores del Programa del Vaso de Leche

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