Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2001 (29/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

N° de orden

REQUISITOS

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

DERECHO DE PAGO

CALIFICACION DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD COMPETENTE QUE RESUELVE LOS RECURSOS IMPUGNATIVOS

2.Opinion favorable del sector correspondiente respecto al Cronograma de Ejecucion de las Inversiones indicadas en el numeral 1 MORDAZA indicado.

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3.Copia del Proyecto del Contrato Sectorial o del Contrato de Concesion segun corresponda.

4.Copia de los Poderes debidamente inscritos ante el registro correspondiente, acreditando la capacidad del representante de las empresas para suscribir el Contrato de Inversion. Gratuito Procedimiento sujeto a Silencio administrativo NEGATIVO (30 Dias) Mesa de Partes de la Secretaria General de la CONITE Secretario General de la CONITE El Recurso de RECONSIDERACION Es resuelto por el Secretario General de la CONITE El Recurso de APELACION Es resuelto por el Directorio de la CONITE (El Termino para la interposicion de los Recursos Impugnativos es de quince (15) dias habiles).

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Suscripcion de Addendum de :

a)Modificacion de Convenio de Estabilidad Juridica y; b)Cesion de Posicion Contractual

En ambos casos deberan presentar: 1.Solicitud dirigida al Secretario General de la CONITE, debidamente motivada; en la cual se debera precisar la fecha en que se suscribio el Convenio de Estabilidad Juridica. 2. Poder donde se acredite las facultades del MORDAZA representante para contratar en nombre del representado, o MORDAZA legalizada. Los poderes otorgados en el exterior deberan contar con la protocolizacion pertinente.

Para el caso de Cesion de Posicion Contractual, el Cesionario debera presentar: * El poder donde se acredite las facultades de su representante, o MORDAZA legalizada. Los poderes otorgados en el exterior deberan contar con la protocolizacion pertinente. Gratuito Procedimiento sujeto a Silencio Administrativo NEGATIVO (30 Dias) Mesa de Partes de la Secretaria General de la CONITE Secretario General de la CONITE

07

NORMAS LEGALES

Suscripcion de Addendum de Convenio de Estabilidad Juridica por Fusion o Escision

El Recurso de RECONSIDERACION Es resuelto por el Secretario General de la CONITE El Recurso de APELACION Es resuelto por el Directorio de la CONITE (El Termino para la interposicion de los Recursos Impugnativos es de quince (15) dias habiles).

1.Solicitud dirigida al Secretario General de la CONITE, debidamente motivada, en la cual se debera precisar la fecha en que se suscribio el convenio de Estabilidad Juridica. 2.En el caso de que el (los) representante (s) legal (es) de la (las) empresa (s) a fusionarse fuera (n) el (los) mismo (s) que suscribiera (n) el (los) Convenio (s) inicial (es), deberan presentar: * Certificado de Vigencia de (los) Poder (es). En su defecto, deberan presentar: * Poder donde se acrediten las facultades del apoderado para contratar en nombre del representado, o MORDAZA legalizada. Los poderes otorgados en el exterior deberan contar con la protocolizacion pertinente. 3.Testimonio de Fusion o Escision segun corresponda, debidamente inscrita ante el registro correspondiente, o por lo menos en MORDAZA de inscripcion, lo que se acreditara mediante la MORDAZA del parte o titulo correspondiente.

NOTA : En todos los casos se aplicara: 1.Las Solicitudes deberan ser presentadas por los interesados, en las cuales consignaran su firma y sello. En el caso de que el interesado delegue la facultad de ser representado por tercera persona, debera acreditarse tal facultad mediante la MORDAZA de Carta Poder Simple. 2.Los formularios y las copias fotostaticas de los documentos presentados deberan encontrarse con firma y sello del representante legal de la empresa.

ORGANISMO : Ministerio de Economia y Finanzas DEPENDENCIA : Oficina General de Administracion - Oficina de Personal
Gratuito Procedimiento sujeto a Silencio Administrativo NEGATIVO (30 Dias) Area de Mesa de Partes y Archivo del Ministerio. Jefe de Division de Calificaciones de la ONP El Recurso de RECONSIDERACION Es resuelto por el Jefe de la Division de Calificaciones de la ONP. El Recurso de APELACION Es resuelto por el Tribunal de Administracion

MORDAZA, viernes 29 de junio de 2001

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Pension de Cesantia (Decreto Ley N° 20530)

1. Solicitud dirigida al Jefe de la Oficina de Personal, con indicacion de su direccion domiciliaria. 2.Copia simple legible del documento de identidad vigente del solicitante.

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