Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2001 (29/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de junio de 2001

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Inician procedimiento disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 2046/2001-MDCH Chorrillos, 27 de junio de 2001 Visto el Informe Nº 001-2001-CEPAD-MDCH de la Comision Especial de Procesos Administrativos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 197-99-CG/AA2 la Contraloria General de Republica hace de conocimiento sobre el examen especial a la Municipalidad Distrital de Chorrillos por el periodo comprendido entre enero de 1995 y junio de 1999; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios luego de la evaluacion efectuada y confrontando los documentos obrantes de la Municipalidad ha establecido que existen indicios razonables en la que tendria directa injerencia funcionarios y ex funcionarios de Administracion; Que, en efecto de acuerdo a la recomendacion Nº 03 que obra pagina Nº 56 y la conclusion Nº 02 de paginas 12 y 13 ha quedado demostrado que se ha soslayado los requisitos previstos para la tramitacion y aprobacion de las propuestas referidas a la venta de dos terrenos en esta jurisdiccion distrital que hacen un total de 158 hectareas en la MORDAZA de la Costa MORDAZA, a la empresa CORPORACION GREMCO S.A. como "iniciativas" para el desarrollo de los denominados: Proyectos Integrales: Balneario Turistico La Chira y Complejo Residencial Turistico Punta del MORDAZA fechas 22 de MORDAZA y 20 de MORDAZA de 1995, MORDAZA de la vigencia del Plan Maestro de desarrollo y por consiguiente sin contar con la ratificacion de la Autoridad Proyecto Costa MORDAZA, incumpliendo de esta manera lo establecido en el Articulo 3º de la Ley Nº 26306 concordante con el Articulo 3 del Decreto Supremo Nº 01-95-MTC. Siendo asi se ha determinado que le asiste responsabilidad administrativa al ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los ex funcionarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex asesor y MORDAZA MORDAZA Sarco ex Director de Obras, por haber aprobado y tramitado las operaciones de venta de los terrenos sin adecuacion a ley y al margen de las Normas Legales MORDAZA citadas, debiendo por lo tanto ser sometido al MORDAZA administrativo disciplinario conforme lo dispone el Articulo 25º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa del Sector Publico, concordante con el Articulo 163º de su reglamento, asimismo consideramos que les asiste responsabilidad administrativa a los ex regidores: MORDAZA Herrada MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Naldos MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Naola Ordonez, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Carbonel Nunez, por cuanto aprobaron la venta de los terrenos previo concurso integral de proyectos y otorgaron facultades al MORDAZA para suscribir los contratos sin ejercer funcion fiscalizadora respecto a los actos de la administracion municipal pese estar ello previsto por el Articulo 37º de inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, por otro lado que durante el ano 1995 se ha establecido un uso irracional y consecuentemente la dilapidacion del 69% de los ingresos provenientes de la venta del terreno intangibles, correspondiente a los proyectos denominados Balneario Turistico La Herradura en incremento y remuneraciones del personal, bonificaciones especiales y obligaciones acumuladas de ejercicios anteriores referidos a cargos sociales, deuda con Proveedores y con Bancos, ademas de adquisiciones sin acreditacion de uso a favor de la Entidad por S/. 141,583.00 nuevos soles y sin documentacion sustentatoria por S/. 493,747.00 nuevos soles. Contraviniendo el criterio de eficiencia y economia en el uso de recursos;

dejandose de atender diversas obras del desarrollo del distrito. Frente a este hecho le asiste responsabilidad administrativa al ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los ex funcionarios MORDAZA MORDAZA Pollera ex Director de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de Administracion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex jefe de la Unidad de Tesoreria y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex jefe de la Unidad de Abastecimientos; por cuanto estos ultimos visaron y tramitaron los comprobantes de pago sin la debida diligencia en el desempeno de sus funciones, las mismas que se encuentran estipuladas en el Art. 21º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276; por lo tanto consideramos que deben ser sometidos a MORDAZA administrativo disciplinario conforme lo dispone Articulo 25º del mencionado Decreto Legislativo Nº 276 concordante con el Articulo 163º de su reglamento, asimismo a los ex regidores MORDAZA Herrada MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Naldos MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Urriarte, MORDAZA Naola Ordonez, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Carbonel Nunez, quienes aprobaron en Sesion de Concejo, la venta de los terrenos, asi como otorgaron facultades al MORDAZA para suscribir los contratos y no ejercieron la funcion Fiscalizadora respecto a la Gestion de los recursos obtenidos, incumpliendo lo previsto en el numeral 3 del Articulo 37º de la Ley Organica de Municipalidad Nº 23853; Que, referente a la conclusion Nº 04 que obra en la pagina Nº 14 del referido informe, esta comision ha verificado que efectivamente se establecio un faltante de 2217 bolsas de cemento valorizadas en S/.28,977.00 nuevos soles, originado por la frecuente rotacion de personal en la Jefatura de la Unidad de Abastecimiento la ausencia de Supervision y control de la Jefatura de Administracion y abastecimiento a las actividades del encargado del almacen y a la falta de diligencia en el desempeno de las acciones en la adquisicion y control de los bienes por parte de los responsables de dicha dependencia, con el consiguiente perjuicio economico para la Municipalidad toda vez que afecto su presupuesto para adquirir las bolsas de cemento. Independientemente de las acciones penales que deben tomarse, tambien existe responsabilidad administrativa por parte del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex jefe de la Unidad de Contabilidad, por no haber comprobado y verificado la exactitud de la informacion proporcionada por la Unidad de Abastecimiento para sustentar y conciliar los saldos mensuales de existencias con la finalidad de elaborar el balance general mensual y los estados financieros en su conjunto al 31-12-98 incumpliendo lo dispuesto por el Articulo 21 inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276; por lo que el referido ex funcionario debe ser sometido al MORDAZA Administrativo Disciplinario; Que, en lo que respecta a la conclusion Nº 05 que obra en las paginas 14 y 15 se ha determinado que la obra MORDAZA complejo deportivo educacional construido durante el periodo 1996-1998 se encuentra afectado con fisuras en un 55% de las principales vigas del soporte de la estructura, debido a las deficiencias en la elaboracion del expediente tecnico que no contemplo la compatibilizacion de los planos deportivos, vigas y cortes con las caracteristicas fisicas del terreno; anadido a esto hubo falta de una adecuada supervision tecnica durante la ejecucion de la obra, generando un riesgo potencial de colapso por la corrosion de refuerzo de MORDAZA y de concreto motivo por la cual hasta la fecha no se utiliza dichas instalaciones en beneficio de la comunidad. Por ello le asiste responsabilidad administrativa a los ex funcionarios MORDAZA Parreno MORDAZA ex jefe de Obras y ex presidente de la comision revisora de recepcion, adjudicacion y liquidacion de las obras durante los anos 96-97 y 98 por no planificar ni controlar las acciones inherentes a la ejecucion de obras y a los senores MORDAZA MORDAZA Ames y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex integrante de dicha comision. Asimismo le asiste responsabilidad administrativa a los ex regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA por no ejercer su labor de fiscalizacion como integrante de la Comision de Desarrollo Urbano. Referente al ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA Weselby al ser extinto no procede aperturar el MORDAZA Administrativo. Por otro lado los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex inspector de obras y MORDAZA MORDAZA Cuadro ex tecnico de control deben ser evaluados por la comision permanente de procesos administrativos por ser de su competencia;

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