Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2001 (29/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, viernes 29 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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ral de Presupuesto y Planificacion ha propuesto la contratacion del Sonesta MORDAZA Hotel El MORDAZA, como Sede de la III Reunion de Ministros de APEC, en atencion a su ubicacion, por ofrecer ambientes adecuados al trabajo y seguridad de las delegaciones, por su experiencia en atencion de eventos similares y poseer la infraestructura requerida; Que, mediante Memorandum Nº 576-2001-MTC/ 15.09, la Oficina General de Presupuesto y Planificacion senalo que el valor aproximado para la realizacion del referido evento ascenderia a la suma de S/. 215,327 (doscientos quince mil trescientos veintisiete y 00/100 nuevos soles); Que, el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa los servicios personalisimos, regulados en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Articulo 111º del Reglamento MORDAZA referido, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion los contratos de locacion de servicios que se celebran con personas naturales o juridicas, cuando para dicha contratacion se hayan tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad o profesion, como sera el caso del Sonesta MORDAZA Hotel El Olivar; Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; siendo la exoneracion aprobada por Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe Tecnico Legal previo y publicado en el Diario Oficial El Peruano debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Con el informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del hotel SONESTA MORDAZA HOTEL EL MORDAZA por un monto de S/. 215,000 (doscientos quince mil y 00/100 nuevos soles); para llevar a cabo la Tercera Reunion de Ministros de Transporte de la APEC, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA entre los dias 2 al 5 de octubre de 2001. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Presupuesto y Planificacion la contratacion mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia los servicios del hotel SONESTA MORDAZA HOTEL EL OLIVAR. Articulo 3º.- La presente Resolucion, asi como el Informe Tecnico contenido en los Memorandum Nºs. 533 y 576-2001-MTC/15.09 y el Informe Legal contenido en el Memorandum Nº 1211-2001-MTC/15.10, seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 26222

Autorizan adquisicion de impresoras para emision de licencias de conducir mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 273-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 28 de junio de 2001 VISTOS: El Memorandum Nº 702-2001-MTC/15.18 de la Direccion General de Circulacion Terrestre y sus antecedentes, por el cual se solicita la expedicion de la Resolucion Ministerial correspondiente para autorizar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de 12 (doce) impresoras para la emision de Licencias de Conducir; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, son funciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion el formular, evaluar, supervisar y en su caso ejecutar las normas sobre circulacion a traves de las vias y medios de transporte; Que, asimismo de acuerdo al mencionado texto legal, la Direccion General de Circulacion Terrestre es la encargada de proponer la politica relativa a la prestacion de los servicios de transporte terrestre; asi como el empleo de las vias, medios e instalaciones conexas a dicho transporte, supervisa, controla y evalua su ejecucion; Que, de conformidad con el Articulo 16º literal g) de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion mantener un sistema estandar en la emision de Licencias de Conducir; Que, de acuerdo con el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 015-94-MTC, Reglamento de Licencias de Conducir, las Licencias de Conducir de la Clase A seran otorgadas por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion a traves de la Direccion General de Circulacion Terrestre; Que, el Articulo 19º del mencionado texto legal senala que las Licencias de Conducir de la Clase A Categoria I se renovaran cada diez anos y las Licencias de Conducir de la Clase A Categorias II Profesional y III Profesional Especializado, se renovaran cada tres anos; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 665-96MTC/15.15 de fecha 30 de diciembre de 1996 se declaro de caracter obligatorio el canje de Licencias de Conducir iniciado por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion a traves de la Direccion General de Circulacion Terrestre; Que, de acuerdo al Informe Tecnico contenido en el Memorandum Nº 702-2001-MTC/15.18, se estima que en el ano 2001 se debe atender 605,000 tramites de expedicion de Licencias de Conducir, los mismos que comprenden la expedicion de nuevas Licencias de Conducir, revalidaciones, recategorizaciones y duplicados; Que, de acuerdo al indicado informe, se estima que al 30 de junio de 2001, se emitiran solamente 160 000 Licencias de Conducir, quedando un saldo de 445 000 para el periodo MORDAZA a diciembre; lo que significa que se debera atender 4 000 tramites diarios, lo que resulta imposible de realizar con las impresoras con las que se cuenta actualmente; Que, asimismo la suspension del servicio de emision de Licencias de Conducir en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA por falta de insumos, ha determinado que los expedientes de tramites de Licencias de Conducir MORDAZA remitidos a Lima; ocasionandose demoras excesivas que superan los 60 dias en el servicio que presta el

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