Norma Legal Oficial del día 16 de Marzo del año 2001 (16/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de marzo de 2001

de candidatos al Congreso de la Republica para cada distrito electoral ante el MORDAZA Electoral Especial correspondiente, de conformidad con lo establecido en el Articulo 115º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que los derechos de participacion politica, de elegir y ser elegido, garantizados en el Articulo 2º, inciso 17), y Articulo 31º de la Constitucion Politica, se ejercen de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley; Que la postulacion como candidato al Congreso de la Republica constituye un acto personal y voluntario, de conformidad con lo establecido en los Articulos 116º y 117º, primer parrafo, de la Ley Organica de Elecciones; Que la renuncia personal y voluntaria de un ciudadano como candidato al Congreso de la Republica no invalida la inscripcion de la lista ni afecta a los demas integrantes de la misma; de conformidad con lo establecido en el Articulo 123º de la Ley Organica de Elecciones; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Tener por retirados como candidatos al Congreso de la Republica para las elecciones generales del ano 2001 a los siguientes ciudadanos:
Nº Candidato 2 MORDAZA MORDAZA Ayvar 4 MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Lista Renacimiento MORDAZA Somos Peru - Causa Democratica Distrito Electoral MORDAZA MORDAZA

Que se ha omitido la remision de copias certificadas del acta en que se declara la vacancia y de las actas de las sesiones a las que habria inasistido el Regidor vacado, para acreditar la ocurrencia de la causal senalada en el Articulo 26º inciso 5) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que no se anexa a la solicitud prueba que acredite 1º) que las citaciones a las sesiones asi como la citacion a la sesion en que se declaro la vacancia, han sido debidamente notificadas; 2) que se ha notificado validamente el acuerdo que declara la vacancia, y 3) que dicho acuerdo ha quedado firme; Que, las pruebas que se han omitido en presentar son necesarias para demostrar que el Concejo ha declarado la vacancia con arreglo a lo dispuesto por los Articulos 27º, 43º y 113º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar inadmisible la solicitud de nombramiento de MORDAZA Regidor, presentada por don MORDAZA Pomasonco MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Sarhua, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de Ayacucho. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA Aguida MORDAZA MORDAZA, continua en el ejercicio del cargo de Regidora en el Concejo Distrital de Sarhua, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, con arreglo a Ley. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales, prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 20079 RESOLUCION Nº 231-2001-JNE

Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y de los Jurados Electorales Especiales de Abancay y MORDAZA, la presente Resolucion para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA. MORDAZA ARTEAGA. MORDAZA VALLENAS. MORDAZA MARQUILLO. DE MORDAZA CANO. BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 20078

Declaran que regidores de los Concejos Distritales de Sarhua, Challhuahuacho, Munani y Hualhuas continuan en el ejercicio de sus cargos
RESOLUCION Nº 230-2001-JNE Expediente Nº 087-2001-vacancia MORDAZA, 15 de marzo de 2001 Visto el Oficio Nº 006-2001-MDS/A, recibido el 12 de enero del 2001, de don MORDAZA Pomasonco MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Sarhua, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, comunicando la declaratoria de vacancia de la Regidora MORDAZA Aguida MORDAZA MORDAZA, por la causal de inconcurrencia injustificada a mas de tres sesiones ordinarias consecutivas, establecida en el Articulo 26º inciso 5) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y pide se la reemplace por el suplente de su respectiva lista. CONSIDERANDO: Que obra a fojas 07 MORDAZA simple del acta de sesion realizada el 2 de enero del 2001, en la que el MORDAZA y cuatro (4) de cinco (5) Regidores del Concejo Distrital de Sarhua, declararon la vacancia en el cargo de Regidora que ejerce MORDAZA Aguida MORDAZA MORDAZA, por inconcurrencia injustificada a 9 sesiones ordinarias del Concejo desde el mes de noviembre del ano 2000;

MORDAZA, 15 de marzo de 2001 Visto, el expediente Nº 002-2001, iniciado por MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Challhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento de MORDAZA, comunicando la declaratoria de vacancia del Regidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y solicitando se nombre al correspondiente reemplazante conforme a ley; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Challhuahuacho, en sesion extraordinaria del 23 de noviembre de 2000, con cuatro (4) votos a favor, de un total de seis (6) integrantes, acordo declarar la vacancia del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por ausencia de la localidad por mas de 30 dias e inasistencia injustificada a 3 sesiones ordinarias consecutivas de Concejo, conforme obra a fojas 19 y 20; y, por Acuerdo de Municipal Nº 098-2000-CMCHC, que corre a fojas 20, se ratifico la mencionada vacancia; Que, del analisis de autos se aprecia que, el Concejo Distrital de Challhuahuacho no ha cumplido con: a) notificar conforme a ley al Regidor vacado, las citaciones a las sesiones de Concejo del 6, 13 y 20 de noviembre de 2000; toda vez que, las notificaciones a las sesiones del 6 y 20 de noviembre de 2000 fueron realizadas en dichas fechas, y la notificacion a la sesion del 13 de noviembre de 2000 se realizo un dia MORDAZA, conforme se aprecia a fojas 13, 14 y 15; que en ninguno de los casos media por lo menos dos dias habiles entre fecha de la notificacion y la sesion, conforme lo esta-

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