Norma Legal Oficial del día 16 de Marzo del año 2001 (16/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, viernes 16 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 200063

RESOLUCION Nº 238-2001-JNE MORDAZA, 15 de marzo de 2001 Exp: Nº 1664.00 V Pichari. VISTOS: El Oficio Nº 336-2000/MDP-A, recibido el 19 de diciembre del 2000 y el oficio Nº 037-2001/MDP-A, recibido el 20 de febrero del 2001, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Pichari, provincia de La Convencion sobre convocatoria de regidor suplente en reemplazo de la ciudadana Donatilda MORDAZA MORDAZA, en el referido concejo; y, CONSIDERANDO: Que, de fojas 47 a 49, en las copias autenticadas del acta respectiva, aparece que el Concejo Distrital de Pichari, con fecha 16 de noviembre del 2000, ha declarado la vacancia del cargo de regidor de la ciudadana Donatilda MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en la causal prevista en el inciso 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, sobre inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses; Que, a fin de acreditar la causal mencionada, se ha presentado copias certificadas de las actas de sesiones de concejo de fechas 24 de agosto, 7 y 21 de setiembre del 2000, de fojas 32 a 40; sin embargo, dichos documentos acreditan que la regidora vacada no asistio a las sesiones mencionadas, y no que las inconcurrencias hayan sido injustificadas; Que, en autos no se ha acreditado haber cumplido con lo dispuesto en el Articulo 43º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, que expresa que las convocatorias a sesiones de concejo son notificadas por escrito a los interesados y publicadas en lugar visible del local municipal, sin perjuicio de hacer uso de cualquier otro medio de publicidad que se considere idoneo; Al MORDAZA de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado y la ley, el Pleno del MORDAZA Nacional del Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar inadmisible la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Pichari, por declaratoria de vacancia del cargo de regidor que ejerce la ciudadana Donatilda MORDAZA MORDAZA, al no haberse sustentado con arreglo a ley. Articulo Segundo.- Declarar que la ciudadana Donatilda MORDAZA MORDAZA, continua en el ejercicio del cargo de regidor en el concejo distrital de Pichari, en el periodo 1999 al 2002, conforme a ley. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ- MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General. 20087

Convocan a candidatos proclamado y no proclamado para que asuman cargos de MORDAZA y regidor del Concejo Provincial de MORDAZA
RESOLUCION Nº 239-2001-JNE MORDAZA, 15 de marzo de 2001 Visto, el Expediente Nº 276-2001, que contiene el recurso de revision interpuesto por Fasciano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el acuerdo de sesion del 7 de febrero de 2001 del Concejo Provincial de MORDAZA, que declaro la vacancia de su cargo de MORDAZA en el citado Concejo; CONSIDERANDO: Que, los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Delmar Conroy MORDAZA y MORDAZA Balmaceda MORDAZA por solicitud presentada ante el Concejo Provincial de MORDAZA el 5 de febrero de 2001, pidieron se declare la vacancia del MORDAZA don Fasciano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por tener condena por delito doloso, conforme aparece a fojas 5; posteriormente, el citado Concejo en sesion del 7 de febrero de 2001, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros, acordo declarar la vacancia del cargo de MORDAZA correspondiente a Fasciano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por tener condena por delito doloso, conforme se aprecia de fojas 18 a 22; y por Resolucion de Alcaldia Nº 001-2001-MPA del 16 de febrero de 2001, se ratifico la mencionada declaratoria de vacancia, como obra a fojas 17; Que, el ciudadano Fasciano MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue condenado a la pena privativa de MORDAZA de dos (2) anos con el caracter de suspendida por el periodo de prueba de un (1) ano e inhabilitacion para el ejercicio de cargo publico por el plazo de un (1) ano conforme a los incisos 1) y 2) del Articulo 36º del Codigo Penal, fallo expedido el 7 de febrero de 2000 por la MORDAZA Sala Mixta de la Corte Superior de MORDAZA, en el MORDAZA penal seguido en su contra por la comision del delito contra la administracion publica en la modalidad de peculado por uso, en agravio del Concejo Provincial de MORDAZA, tal como se aprecia de fojas 34 a 40; posteriormente, por Ejecutoria Suprema del 14 de agosto de 2000 se declaro no haber nulidad en la sentencia que condena a Fasciano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como consta a fojas 41. Por lo tanto, Fasciano MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra incurso en la causal de vacancia establecida por el numeral 3) del Articulo 26º concordante con el numeral 9) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26491; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia del MORDAZA es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, que es el primer Regidor habil que le sigue en su propia lista; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, corresponde asumir el cargo de MORDAZA al senor MORDAZA MORDAZA Negreiros, candidato proclamado Regidor de la lista de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; y, para completar el numero legal de miembros del citado Concejo corresponde asumir el cargo de Regidor al senor MORDAZA Viterbo MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la citada lista; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundado el recurso de revision interpuesto por Fasciano MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo de sesion de fecha 7 de febrero de 2001 del Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, que declara la vacancia de su cargo de MORDAZA en el citado Concejo.

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