Norma Legal Oficial del día 16 de Marzo del año 2001 (16/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 16 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 200069

los Oficios Nºs. 530 ­ 2000 ­ MDLC - ALC y 531 ­2000 ­MDLC-ALC, de fechas 26 de diciembre del 2000, de fojas 309 y 310; Que, el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 23853, establece que el MORDAZA Nacional de Elecciones declara la vacancia de los regidores y llama a los suplentes en orden de eleccion de la lista respectiva; si los suplentes se excusaren o no se hicieren presentes se cita al siguiente hasta agotar la lista, agotada esta, convoca a elecciones complementarias para cubrir los cargos vacantes; Que, por el momento no resulta procedente convocar a elecciones complementarias, en razon que no se ha agotado la lista de candidatos postulados por las diferentes agrupaciones politicas; Que, revisada la lista de los candidatos no proclamados del concejo distrital de La MORDAZA Tumbes del ano de 1998, corresponde asumir el cargo de regidor a los senores Abrahn MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la agrupacion politica "Somos Peru"; Al MORDAZA de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado y la ley, el Pleno del MORDAZA Nacional del Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar improcedente la solicitud de convocatoria a elecciones municipales complementarias en el concejo distrital de La MORDAZA, por carecer el pedido de MORDAZA legal. Articulo Segundo.- Declarar la vacancia de las ciudadanas MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en razon que no han asumido ni MORDAZA el cargo de regidor en el concejo distrital de La MORDAZA en aplicacion del procedimiento previsto en el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. Articulo Tercero.- Convocar a los senores Abrahn MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la agrupacion politica "Somos Peru" , para que asuman los cargos de regidores en el concejo distrital de La MORDAZA, en reemplazo de los vacados. Articulo Cuarto.- Otorgar las credenciales correspondientes a los regidores convocados, quienes deberan jurar y asumir el cargo mencionado, para completar el periodo municipal 1999 a 2002. Articulo Quinto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA PALACIOS- PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 20098

sos Electorales a quienes desempenan los cargos de Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, Especialista Electoral, Encargado del Centro de Computo y de Coordinador del Local de Votacion; Que, posteriormente, mediante Resolucion Jefatural Nº 233- 2001-J/ONPE, de fecha 28 de febrero del 2001, se comprendio entre los alcances de la Resolucion Nº 073-2001-J/ONPE, al cargo de Asistente Administrativo como funcionario de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales; Que, es necesario precisar que son funcionarios de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales y los Asistentes Administrativos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y en uso de las atribuciones senaladas en el Articulo 182º de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Definir como funcionarios de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a quienes desempenen los cargos de Jefe de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales y Asistente Administrativo. Articulo 2º.- Dejese sin efecto lo dispuesto en la Resolucion Jefatural Nº 073-2001-J/ONPE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe 20111

Designan especialistas electorales en diversas Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 259-2001-J/ONPE MORDAZA, 14 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2000-PCM de fecha 9 de noviembre del 2000, se ha convocado a Elecciones Generales para elegir Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la Republica el MORDAZA 8 de MORDAZA del ano 2001; Que, las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales son organos de caracter temporal que se conforman para cada MORDAZA electoral de acuerdo a las circunscripciones electorales, siendo el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, quien establece el numero, ubicacion y organizacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, de acuerdo a las circunscripciones que determine el MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, mediante Resolucion Nº 1364-2000-JNE de fecha 28 de diciembre del 2000, el MORDAZA Nacional de Elecciones definio las circunscripciones en las cuales se constituiran los Jurados Electorales Especiales; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 49º de la Ley Nº 26859, Organica de Elecciones establece que el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales designa a los funcionarios de las mismas mediante concurso publico; De conformidad a lo prescrito en la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y en uso de las atribuciones senaladas en el Articulo 182º de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir del 1 de febrero, en el cargo de especialistas electorales en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, que se constituiran para el MORDAZA electoral convocado para el 8 de MORDAZA del 2001, a las personas que se detallan en el

ONPE
Precisan que son funcionarios de las ODPE quienes desempenen cargos de jefes de oficinas descentralizadas de procesos electorales y asistentes administrativos
RESOLUCION JEFATURAL Nº 256-2001-J/ONPE MORDAZA, 14 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 073-2001-J/ ONPE, de fecha 30 de enero del 2001, se definio como funcionarios de las Oficinas Descentralizadas de Proce-

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