Norma Legal Oficial del día 17 de Marzo del año 2001 (17/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de marzo de 2001

"Aceptar vehiculos automotores cuyas emisiones MORDAZA superiores a los limites permitidos y tomados a la salida del tubo de escape. No se aceptaran vehiculos que debido a problemas menores o alteraciones mal intencionadas, incrementen su nivel de emision". Numeral 9 "Efectuada la reparacion o reacondicionamiento y emitido el Certificado de Reacondicionamiento o Reparacion Automotor CETICOS ­ CERTIREC en original y MORDAZA por el Taller autorizado, los vehiculos automotores deben ser trasladados a la MORDAZA de Reconocimiento Fisico en el interior de los CETICOS, para ser sometidos a la inspeccion por las Empresas Verificadoras, a efectos de verificar que los danos ocasionados por el siniestro han sido superados y que las emisiones de gases se encuentran dentro de los limites senalados en el numeral 1 inciso e) del Rubro VI del presente Procedimiento. En el caso de vehiculos con MORDAZA reconvertido, deben verificar que se han cumplido con los requisitos establecidos. La Empresa Verificadora debe conservar la MORDAZA del CERTIREC para su registro". Numeral 10, tercer parrafo "Los vehiculos que no califiquen la Inspeccion, deben ser regresados a los talleres a fin de subsanar las observaciones formuladas para obtener el "REVISA 2". Una vez obtenido el REVISA 2 y en tanto culmine el tramite de nacionalizacion, los vehiculos deben permanecer en el area especial dentro de las Zonas de Reconocimiento Fisico de los CETICOS, resultando improcedente su retorno a los Talleres; solamente dejan dicha area para su ingreso al resto del pais". · Rubro VII, PROCEDIMIENTO OPERATIVO, Literal C) Numeral 1 "Las partes y piezas usadas que han sido reemplazadas en la reparacion o reacondicionamiento de los vehiculos deben ser entregadas a ADUANAS al momento del ingreso del vehiculo en la MORDAZA de Reconocimiento Fisico. La destruccion se efectua siguiendo el tramite senalado en el Procedimiento INTA-PG.22 (Rubro VI, literal C, numeral 16)". Numeral 2 Eliminado Numeral 3 Eliminado Numeral 4 Eliminado Numeral 5 Eliminado Registrese, comuniquese y publiquese.

Central de Logistica solicita la aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD correspondiente al ano 2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se aprobaron las normas que deben observar las entidades del Sector Publico en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras; Que, con fecha 29 de setiembre de 1998 entraron en vigencia la Ley Nº 26850 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; Que, el 12 de marzo de 1999, entro en vigencia el D.S. Nº 006-99-PCM que aprueba las normas aplicables a las contrataciones y adquisiciones que realicen ESSALUD, Ministerio de Salud, dependencias de sanidad de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas Policiales; Que, el Articulo 7º de la Ley Nº 26850 establece que cada entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever el MORDAZA de bienes y servicios que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, el Articulo 3º del Reglamento de la Ley Nº 26850 establece que en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones se consolida la informacion de las licitaciones publicas y concursos publicos que realizara la entidad y sus organos desconcentrados en el ano fiscal, incluyendo los montos de las adquisiciones y contrataciones y los niveles de centralizacion y desconcentracion de la facultad de adquirir y contratar; Que, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 26850 y su Reglamento, la Gerencia Central de Logistica emitio el instructivo normativo para orientar las actividades de los organos desconcentrados y AFESSALUD en la elaboracion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD, el mismo que fuera aprobado mediante Resolucion de Gerencia Central de Logistica Nº 061-GCLO-ESSALUD-2000 de fecha 12 de octubre del 2000; Que, segun el mencionado Articulo 7º de la Ley Nº 26850, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe ser aprobado por la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad MORDAZA de iniciado el ano calendario; En uso de la atribucion conferida por el Articulo 7º de la Ley Nº 26850; SE RESUELVE: 1. APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD correspondiente al ano 2001, que forma parte de la presente Resolucion. 2. DISPONER que la Gerencia de Programacion de la Gerencia Central de Logistica, adopte las acciones necesarias a fin de poner el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones a disposicion del publico. Registrese y comuniquese.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente (e) Nacional de Tecnica Aduanera 20150

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General ESSALUD

ESSALUD
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ano 2001
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 074-GG-ESSALUD-2001 MORDAZA, 14 de marzo del 2001 VISTA: La Carta Nº 000551-GCLO-ESSALUD-2001 de fecha 6 de marzo del 2001, mediante la cual la Gerencia · · · ·

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES 2001 INDICE MORDAZA Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones Procesos del Plan por dependencia solicitante Procesos del Plan por MORDAZA MORDAZA El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones contiene los procesos de licitaciones publicas y concursos publicos que convocara la institucion en el ano 2001.

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