Norma Legal Oficial del día 17 de Marzo del año 2001 (17/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, sabado 17 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen disposiciones para la actualizacion de datos relativos a modificaciones de inmuebles mediante declaracion jurada masiva
ORDENANZA Nº 08-2001-MDSM San MORDAZA, 28 de febrero del 2001 LA ALCALDESA DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de San Miguel; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen plena autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos que son de su competencia; Que, el primer parrafo del Articulo 88º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF, establece que la Declaracion Jurada es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma establecida por ley, Reglamento, Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que, el Articulo 14º de la Ley de Tributacion Municipal aprobada por el Decreto Legislativo Nº 776 establece las circunstancias que obligan al contribuyente a presentar la declaracion Jurada del Impuesto Predial; Que, es conveniente integrar en una MORDAZA las disposiciones relativas a la forma en que los deudores tributarios deberan de cumplir sus obligaciones tributarias con la Municipalidad; y, Estando a lo expuesto y en uso a las facultades conferidas por el Inc. 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, en sesion ordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de Comisiones y de Aprobacion del Acta, por Unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA DECLARACION JURADA MASIVA Articulo Primero.- Convocar a los contribuyentes y/o vecinos del distrito de San MORDAZA, que hayan efectuado ampliaciones, modificaciones, remodelaciones, aumentos de valor respecto de los bienes inmuebles de su propiedad con la finalidad de actualizar sus datos en la Data de nuestro sistema informatico mediante declaracion jurada masiva. Articulo Segundo.- Los contribuyentes podran simplificar la MORDAZA de la declaracion correspondiente a ejercicios anteriores en un solo formulario. Articulo Tercero.- Los contribuyentes que efectuen la declaracion en forma masiva gozaran de los beneficios contenidos en la Ordenanza Nº 01-2001MDSM, prorrogandose el plazo de dichos beneficios hasta el 31 de marzo del 2001, conforme a la Ordenanza Nº 05-2001-MDSM. Articulo Cuarto.- Las declaraciones juradas seran fiscalizadas en un plazo de sesenta (60) dias calendario, verificando los datos. Las diferencias encontradas no se podran acoger a los beneficios. Articulo Quinto.- Para los contribuyentes que se les MORDAZA remitido la Carta informativa sobre el levantamiento catastral en la que se da a conocer las diferencias encontradas mediante el cruce de informacion

entre lo declarado y el levantamiento catastral, la declaracion debera ser realizada por medio de la MORDAZA directa de la carta catastral debidamente aceptada y firmada por el propio contribuyente, sin necesidad de la utilizacion de formularios. Articulo Sexto.- En los casos en los cuales, una vez efectuado el cruce de informacion en la Oficina de Rentas, los contribuyentes que no esten de acuerdo con la informacion originada por el levantamiento catastral, en base a lo dispuesto por el Articulo 62º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario solicitaran una verificacion y/o inspeccion del predio que estara a cargo de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, quienes deberan senalar fecha en el termino mas breve posible para dicha inspeccion ocular. Articulo Setimo.- Efectuada la nueva inspeccion por la administracion municipal, se emitira el informe correspondiente de la Direccion de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA, luego de lo cual esta informacion se ingresara a la Base de Datos de la Municipalidad. Articulo Octavo.- Los contribuyentes que efectuen su declaracion por motivo de la carta informativa proveniente del levantamiento catastral, podran gozar de los beneficios contenidos en la Ordenanza Nº 01-2001MDSM, prorrogandose el plazo de dichos beneficios hasta el 31 de marzo del 2001 conforme a la Ordenanza Nº 05-2001-MDSM. Articulo Noveno.- La Oficina de Rentas, Oficina de Administracion Documentaria y la Direccion de Desarrollo MORDAZA quedaran encargadas del cumplimiento de la presente Ordenanza en lo que corresponda a sus funciones. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 20200

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA
Declaran cumplidas obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 062-2001-MDSE MORDAZA MORDAZA, 16 de febrero del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA - PROVINCIA DE HUAROCHIRI VISTO: El Expediente Nº 029-2001 presentado por la Asociacion de Vivienda Las Casuarinas de Chosica del distrito de MORDAZA MORDAZA de Acopaya, solicitando la aprobacion de los planos del Proyecto de Habilitacion MORDAZA de la referida Asociacion; y, CONSIDERANDO: Que, la Asociacion de Vivienda Las Casuarinas de Chosica esta registrado como propietario de dichos terrenos e inscrita en la ficha Nº 11200900 del Registro de la Propiedad de Inmuebles Oficina Registral de Lima; asimismo con personeria juridica inscrita en la ficha Nº 17727, figurando dicho terreno con un Area de

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