Norma Legal Oficial del día 24 de Marzo del año 2001 (24/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 24 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 200347

ubicada en los distritos de Tambopata y Laberinto, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de Dios; CONSIDERANDO: Que, ELECTRO SUR ESTE S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema Nº 105-2000-EM de fecha 7 de diciembre de 2000, ha solicitado la imposicion de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Linea Primaria 22,9 kV Puerto MORDAZA - Laberinto; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos b) y f) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 220º y siguientes de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 021-2001-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Linea Primaria 22,9 kV Puerto MORDAZA - Laberinto, ubicada en los distritos de Tambopata y Laberinto, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, a favor de ELECTRO SUR ESTE S.A.A., con caracter permanente, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Nivel de Tension (kV) 22,9 Nº de Ternas 01 Longitud (Km.) Ancho de la Faja (m) 11

Articulo 220º y siguientes de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 013-2001-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de las Lineas Primarias 22,9 kV P.S.E. Chalhuanca - Colcabamba, ubicada en la provincia de Aymaraes del departamento de MORDAZA, a favor de ELECTRO SUR ESTE S.A.A., con caracter permanente, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Nivel Nº Longitud Ancho de de (Km.) de la Tension Ternas Faja (kV) (m) 22,9 22,9 22,9 22,9 01 01 01 01 22,942 7,156 25,375 20,510 11 11 11 11

Cod. Exp. Inicio y Llegada de la Linea Electrica 21109500 - Tramo Chacapuente - Chalhuanca - Derivac. Tramo Chacapuente - Chalhuanca - Tramo Chacapuente - Colcabamba - Derivacion Tramo Chacapuente Colcabamba

Cod. Exp. Inicio y Llegada de la Linea Electrica 21110501 Puerto MORDAZA - Laberinto

51,796

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes, dentro de la faja de servidumbre, no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ELECTRO SUR ESTE S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ELECTRO SUR ESTE S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 18438 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 054-2001-EM/VME MORDAZA, 9 de febrero de 2001 VISTO: el Expediente Nº 21109500 organizado por ELECTRO SUR ESTE S.A.A., solicitando la imposicion de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de las Lineas Primarias 22,9 kV P.S.E. Chalhuanca - Colcabamba, ubicada en la provincia de Aymaraes del departamento de Apurimac; CONSIDERANDO: Que, ELECTRO SUR ESTE S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema Nº 105-2000-EM de fecha 7 de diciembre de 2000, ha solicitado la imposicion de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de las Lineas Primarias 22,9 kV P.S.E. Chalhuanca - Colcabamba; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos b) y f) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y el

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes, dentro de la faja de servidumbre, no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ELECTRO SUR ESTE S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ELECTRO SUR ESTE S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 18439 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 055-2001-EM/VME MORDAZA, 9 de febrero de 2001 VISTO: el Expediente Nº 21109700 organizado por ELECTRO SUR ESTE S.A.A., solicitando la imposicion de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de las Lineas Primarias 22,9 kV P.S.E. Chalhuanca - Pampachiri, ubicada en las provincias de Aymaraes y Andahuaylas del departamento de Apurimac; CONSIDERANDO: Que, ELECTRO SUR ESTE S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema Nº 105-2000-EM de fecha 7 de diciembre de 2000, ha solicitado la imposicion de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de las Lineas Primarias 22,9 kV P.S.E. Chalhuanca - Pampachiri; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos b) y f) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 220º y siguientes de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 006-2001-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion

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