Normas Legales Oficiales Relacionadas a Empresas u Organismos en el año 2001 , mes de Mayo , fecha 04/05/2001
Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.
Páginas
Texto de la página 21 de Normas Legales relacionadas a empresas u organismos peruanos
N° Automático Evaluación Previa No Positivo Negativo Regulado (OR) Centro Cívico Coordinador Deparde Lima y Oficinas tamental. Departamentales. ONP.
Denominación del Procedimiento
Requisitos
Derecho de Pago
Calificación
Dependencia donde se inicia el trámite
Autoridad competente para el trámite
Autoridad que resuelve el recurso impugnativo
Observaciones
Copia simple legible de : Ultimo cupón de pago de pensión. Documento de Identidad vigente. X Oficina de Orientación y Recepción (OR) Centro Cívico de Lima y Oficinas Departamentales. ONP. Jefe de División de Pensiones ONP y/o Coordinador Departamental.
Lima, viernes 4 de mayo de 2001
27
Constancia de no ser Pensionista
Solicitud según formato autorizado adjuntando:
Gratuito
Copia simple legible de : Documento de Identidad vigente. X Oficina de Orientación y Recepción (OR) Centro Cívico de Lima y Oficinas Departamentales. ONP. Jefe de División de Pensiones ONP y/o Coordinador Departamental.
28
Constancia de haberes y descuentos
Solicitud según formato autorizado adjuntando:
Gratuito
Copia simple legible de : Documento de Identidad vigente. X Oficina de Orientación y Recepción (OR) Centro Cívico de Lima y Oficinas Departamentales. ONP. Jefe de División de Pensiones ONP y/o Coordinador Departamental.
NORMAS LEGALES
29
Adscripciones departamentales para el pensionista o sus familiares
Solicitud según formato autorizado adjuntando:
Gratuito
Formato de Adscripción Departamental ESSALUD. Copia simple legible del último cupón de pago de pensión. Documento de Identidad vigente.
v Gratuito X
30
PRESTACIONES PENSIONARIAS(2) D.L. 19990 Otorgamiento de Pensión Provisional Decreto Supremo Nº 011-74-TR art. 74
Oficina de Orienta- Jefe de División de ción y Recepción Calificaciones ONP. (OR) Centro Cívico de Lima y Oficinas Departamentales. ONP. Adicionalmente, deberán de cumplir con los requisitos mínimos de edad y aportacio nes requeridos para el otorgmaiento del derecho, según el Decreto Ley N°19990, Decreto Ley N°25967 y Ley N°26504.
Decreto Supremo N° 014-74-TR Arts. 38°, 40°, 42, 43°, 44°, 46° y 47°. Decreto Ley N° 25967 y Ley N° 26504
En el proceso de pensionamiento, la ONP, podrá otorgar pensiones provisionales.
NOTAS AL PUNTO (1): . Los plazos que impliquen inicio de prestaciones económicas se cuentan desde el primer día hábil del mes siguiente al de la recepción de los documentos en Lima, pues el proceso de calificación está centralizado en esta ciudad. . Estos plazos no consideran los tiempos de espera en la complementación de expediente por pruebas supletorias, solicitados como producto del proceso de calificación. . Sólo será de aplicación para todos aquellos casos en que las entidades transferidas hayan remitido el legajo a la ONP.
Pág. 202271
NOTAS AL PUNTO (2): . Los plazos que impliquen inicio de prestaciones económicas se cuentan desde el primer día hábil del mes siguiente al de la recepción de los documentos en Lima, pues el proceso de calificación está centralizado en esta ciudad. . Estos plazos no consideran los tiempos de espera en la complementación de expediente por pruebas supletorias, solicitados como producto del proceso de calificación.
22898