Norma Legal Oficial del día 04 de Mayo del año 2001 (04/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONTRATAR a plazo indeterminado a partir de la fecha de la presente Resolucion, al senor CPC MORDAZA MORDAZA CHALLE, en la plaza Nº 41, Nivel F-B, cargo estructural de Secretario Administrativo de la Academia de la Magistratura, previsto en el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) y en el Presupuesto Analitico de Personal (PAP), vigentes. Articulo Segundo.- El senor CPC MORDAZA MORDAZA CHALLE, percibira la remuneracion que, con arreglo de Ley y las disposiciones legales vigentes, le corresponde. Articulo Tercero.- El egreso que origine el cumplimiento de la presente Resolucion, se aplicara con cargo al Presupuesto de la Academia de la Magistratura, para el ejercicio 2001. Articulo Cuarto.- La Oficina de Personal procedera a la apertura del legajo personal correspondiente al funcionario indicado en el Articulo 1º y lo incluira en el Libro de Planilla de Remuneraciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 22833

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones correspondientes contra presuntos responsables de delitos de abuso de autoridad y colusion ilegal
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 049-2001-CG MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2001 Visto, el Informe Especial Nº 004-2001-CG/B370, resultante el Examen Especial practicado al Seguro Social de Salud - ESSALUD, sobre gastos de publicidad, cuyo alcance se enmarca durante el periodo comprendido entre enero 1999 a junio de 2000; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica efectuo un Examen Especial al Seguro Social de Salud - ESSALUD, orientado a determinar si la contratacion de los servicios de diseno, produccion y difusion de la publicidad se ha efectuado de acuerdo a lo previsto en los Planes operativos y presupuesto; asi como, los criterios de transparencia, libre concurrencia y razonabilidad de costos, por el periodo comprendido entre enero 1999 a junio 2000; Que, como resultado de la accion de control mencionada, se ha establecido que durante los anos 1999 y 2000, ESSALUD realizo 9 campanas de publicidad orientadas a posicionar el nombre de dicha institucion en la poblacion en general, efectuando la difusion de diversos servicios a traves de los medios de comunicacion, tales como la creacion de nuevos hospitales, inversiones en equipo y de nuevos seguros; para cuyo efecto se contrato a las agencias de publicidad "Publicistas Asociados S.A.", y "Bozell Borobio S.A.", para efectuar dicha publicidad por un monto de S/. 6 941 704,71 y S/. 1 630 874,47, respectivamente, totalizando un egreso en las campanas de publicidad ascendente a S/. 8 572 579,18; Que, las mencionadas contrataciones, tal como corresponde a toda adquisicion que realicen las instituciones del Estado, independientemente de encontrarse o no en supuestos de exoneracion previstos por disposiciones legales generales o especificas que las faculten a efectuarse a traves del MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia, por mandato constitucional y legal sobre la materia, deben regirse por los principios de moralidad, libre competencia, imparcialidad, eficiencia, transparencia, economia y trato MORDAZA e igualitario a todos los contratistas; y asimismo, deben contar con especificaciones tecnicas definidas con anterioridad en los terminos de referencia que constituyen las Bases del proceso; Que, de conformidad con lo informado a la Comision Auditora mediante Carta Nº 000020-0II-ESSALUD2001 del 17.Ene.2001, cursada por la Oficina de Imagen Institucional, la seleccion de Agencias de Publicidad, se efectuo en cumplimiento a la Directiva STD1-FEB-98 "PROCEDIMIENTOS DE LAS ENTIDADES PUBLICAS DEL AMBITO DEL PODER EJECUTIVO PARA LA ADQUISICION DE SERVICIOS PARA REALIZAR CAMPANAS DE DIFUSION", emitida a nombre de la Secretaria Tecnica de Difusion de la Presidencia del Consejo de Ministros, la cual establece que solo tres Agencias supuestamente actuarian como asesoras integrales en la difusion de las campanas a nivel estatal, entre ellas "Publicistas Asociados S.A." y "Bozell Borobio S.A."; estableciendose de lo actuado que dicho documento no lleva firma, no habiendose acreditado su validez y menos su vigencia durante el periodo en el cual se contrato los servicios de publicidad, ni su recep-

Aceptan renuncia al encargo de la Direccion General de la Academia de la Magistratura
CONSEJO DIRECTIVO RESOLUCION Nº 029-2001-AMAG-CD MORDAZA MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2001 VISTA: La carta de fecha 20 de MORDAZA de 2001, mediante la cual el Dr. MORDAZA MORDAZA TERREROS, formula renuncia al encargo de la Direccion General de la Academia de la Magistratura; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura Nº 008-2001-AMAG-CD, de fecha 20 de febrero de 2001, se encargo al doctor MORDAZA MORDAZA TERREROS, Director Academico, la Direccion General de la Academia de la Magistratura; Que, mediante, carta de vista, el Dr. MORDAZA MORDAZA TERREROS, ha formulado renuncia al encargo de la Direccion General de la Academia de la Magistratura, que se precisa en el considerando precedente; Que, por convenir al servicio, es necesario aceptar la renuncia formulada; y, Que, conforme a lo establecido en el Articulo 6º de la Ley Nº 26335, Ley Organica de la Academia de la Magistratura, corresponde al Consejo Directivo, nombrar y remover, entre otros, al Director General; Por lo que, de conformidad con el mandato legal, en ejercicio de sus atribuciones y estando a lo acordado en Sesion de Consejo Directivo, de fecha 2 de MORDAZA ultimo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el Dr. MORDAZA MORDAZA TERREROS, al encargo de la Direccion General de la Academia de la Magistratura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 22834

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