Norma Legal Oficial del día 24 de Mayo del año 2001 (24/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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MORDAZA de promocion de la inversion privada, sino garantizar que la autonomia e independencia de la que esta investido legalmente OSITRAN se plasme en interpretaciones correctas de los contratos de concesion y en una actuacion que pondere adecuadamente los intereses del Estado, los inversionistas y los usuarios, con un mecanismo de concesion que remunere de forma equitativa la inversion se atraera al inversionista nacional y/o extranjero. Este cuerpo colegiado considera que es tan fundamental o quiza hasta mas importante que el aspecto anteriormente mencionado, el que un organismo MORDAZA e independiente del poder politico, como lo es el OSITRAN efectue una interpretacion adecuada a ley de los contratos de concesion. Este cuerpo colegiado considera que es de interes publico garantizar mediante una actuacion correcta del OSITRAN las condiciones institucionales que favorecen la inversion privada nacional y extranjera en la infraestructura de transporte de uso publico. En consecuencia, a criterio de este cuerpo colegiado, con el acto administrativo discutido, se agravia el interes publico, ademas de cumplirse con los requisitos anteriormente senalados, por lo que corresponde que su nulidad sea declarada de oficio. Aplicacion de los intereses liquidados respecto a las futuras obligaciones de pago que se devenguen respecto de las retribuciones especial y/o principal. FETRANS sustenta esta afirmacion, de la manera siguiente: 1. En atencion a la solicitud de dejar sin efecto la carta Nº 001-2001-GG/OSITRAN en la parte correspondiente a la reliquidacion de intereses, solicitan que se proceda a considerar los importes aplicados por la empresa al cumplimiento de dicho requerimiento como saldo susceptible de ser aplicado a las futuras liquidaciones de las retribuciones establecidas en el Contrato de Concesion. Conforme los criterios establecidos tanto en el precedente citado, como en esta resolucion, no corresponde aceptar la imputacion efectuada por la Gerencia General contra intereses. Sin embargo, conforme a lo senalado anteriormente, debera procederse a efectuar una nueva liquidacion que considere que los intereses se han devengado a partir de la fecha de vencimiento de la obligacion, y en consecuencia son mayores que los calculados inicialmente, por lo que la solicitud del concesionario carece de objeto. Por lo expuesto se RESUELVE: Primero.- Confirmar la Resolucion Nº 006-2001GG-OSITRAN de fecha 20 de marzo del 2001, que declara inadmisible la solicitud presentada por FERROCARRIL TRANSANDINO S.A. por escrito de fecha 6 de febrero del 2001. Segundo.- Decretar de Oficio, la nulidad de la Carta Nº 001-2001-GG/OSITRAN de fecha 2 de enero del 2001, en el extremo contenido en su numeral 2, dejando subsistente el acto en lo demas que contiene. Tercero.- Disponer que se practique una nueva liquidacion de los intereses, conforme a los criterios establecidos en la parte considerativa de la presente resolucion. Cuarto.- Poner la presente resolucion en conocimiento del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion en su calidad de concedente. Quinto.- Encargar a la Gerencia General adoptar las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. MORDAZA MORDAZA VOTO-BERNALES Presidenta 238860

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Disponen el reconocimiento de terreno como area de via publica en el Cercado de MORDAZA
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 13113 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2001 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA VISTO.- El Expediente Administrativo Nº 00171594, seguido por la Asociacion de la Iglesia Metodista del Peru sobre desafectacion y compensacion de terreno de 371.23 m2 de area correspondiente a la MORDAZA Misti, Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Concejo Nº 018 del 26 de diciembre de 1996 la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, previa opinion de la Oficina General de Asuntos Juridicos y de la Comision de Desarrollo MORDAZA, se aprobo la desafectacion del area de 371.23 m2 correspondiente a la MORDAZA Misti, para ser destinada a un Coliseo Cerrado para el servicio complementario del Colegio MORDAZA Alvarado; asi como la apertura de la prolongacion de la MORDAZA MORDAZA sobre terrenos de propiedad de la Asociacion de la Iglesia Metodista del Peru, en un area de 162.56 m2, la misma que se aplica como compensacion parcial del area desafectada, disponiendose asi mismo suscribir el contrato de permuta, y actualizar la tasacion oficial de los 208.67 m2 de diferencia de superficie materia de permuta; Que, no encontrandose inscrita el area de 371.23 m2 como via publica en el Registro de la Propiedad Inmueble, procede en via de regularizacion, su reconocimiento como tal, con la finalidad de permitir su posterior desafectacion conforme a la Resolucion de Concejo indicada en el considerando anterior, para lo cual debera procederse a la inscripcion del citado terreno, a nombre de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de conformidad con el Art. 191º y siguientes de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Estando al Informe Tecnico Legal Nº 165-2000MML-DMDU-DTTE-DL, con opinion favorable y la visacion conforme de la Direccion Tecnica de Tierras Eriazas y por la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA acorde a las funciones que senala el Edicto Nº 021; RESUELVE: Articulo Primero.- Procedase en via de regularizacion, al reconocimiento como area de Via Publica a la porcion del terreno de 371.23 m2 (Trescientos Setenta y Uno Metros Cuadrados con Veintitres Decimetros Cuadrados) correspondiente a la denominada MORDAZA Misti, desafectada por Resolucion de Concejo Nº 018-96 del 26 de diciembre de 1996, senalado en el Plano Nº 02501107/DGTE-D.T y su Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolucion; autorizandose a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA a su Inscripcion en los Registros Publicos de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, a favor de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 191º y siguientes de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. Cursandose los partes correspondientes. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez de conformidad con la MORDAZA parte del Articulo Primero del Decreto Supremo Nº 004-86-VC.

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