Norma Legal Oficial del día 24 de Mayo del año 2001 (24/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 115

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2001

SEPARATA ESPECIAL

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intereses proceden, asimile a las rentas de las cantidades MORDAZA en prestamo. 6. Asimismo, como medida antielusiva se preve que no se aplicara la tasa MORDAZA si el proposito fuera obtener ventajas de lo previsto en el Convenio respecto a los intereses. 7. En el caso de los servicios prestados de manera independiente se opta por establecer un gravamen limitado en fuente, tal como lo establecen diversos paises en sus convenios. 8. El Modelo propuesto se refiere al ajuste de las rentas imponibles originado por precios de transferencia. La propuesta deja a criterio de los Estados contratantes el ajuste correlativo de precios en el MORDAZA MORDAZA cuando hay ajuste en el primero, a diferencia del Modelo OCDE que obliga al ajuste reciproco entre los Estados sujetos al convenio. Con esta publicacion, el Ministerio de Economia y Finanzas reafirma su compromiso con la transparencia en sus decisiones y sobre todo de tomar en consideracion los aportes de la ciudadania y de los sectores interesados para perfeccionar la presente propuesta. El objetivo final es que tengamos un modelo de negociacion que no solo facilite la labor tecnica de nuestros negociadores sino ademas que pueda trascender a los eventuales democraticos cambio de gobierno. MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2001 Introduccion El presente documento de trabajo incluye la propuesta del Modelo Peruano de Convenio para Evitar la Doble Tributacion Internacional y prevenir la Evasion Fiscal. I. Resultado de la Consulta Ciudadana El Gobierno es consciente de la necesidad de una participacion activa y plural de la ciudadania, toda vez que sin su perspectiva y experiencia con relacion a los problemas que el instrumento legal debe regular, el convenio que finalmente se proponga puede resultar incompleto e inadecuado. Por ello, consideramos que el MORDAZA de consulta y participacion ciudadana para la negociacion y suscripcion de Convenios para Evitar la Doble Tributacion Internacional y prevenir la Evasion Fiscal es fundamental, porque legitima las decisiones a negociar e implementar (toda vez que la ciudadania participa y es escuchada) y genera confianza y credibilidad en el sistema. En este sentido, el Ministerio de Economia y Finanzas creo una Comision Evaluadora de la celebracion de Convenios para Evitar la Doble Tributacion y para prevenir la Evasion Fiscal. Dicha Comision publico el pasado 5 de MORDAZA del 2001 en el Diario Oficial El Peruano, el Documento de Trabajo sobre Convenios para Evitar la Doble Tributacion Internacional y prevenir la Evasion Fiscal con la finalidad de recibir comentarios y sugerencias de la ciudadania. Desde entonces se han recibido comentarios y propuestas provenientes de: Gremios empresariales como la CONFIEP; Profesionales y consultores: Dr. MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA Ameri, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA Cucci, Dra. Luz MORDAZA MORDAZA, Dra. MORDAZA Brignetti; Dr. MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA Nichtawitz, entre otros; y, empresas como Telefonica.

Todos estos comentarios han sido analizados y evaluados por el equipo de trabajo del Ministerio de Economia y Finanzas mejorando la propuesta inicial del Modelo de Convenio para el Peru, que se publica en el presente Documento de Trabajo que convoca a un MORDAZA debate publico, buscando insumos para lograr un Modelo de Convenio idoneo. II. Antecedentes Internacionales de los Convenios para evitar la Doble Tributacion y para prevenir la Evasion Fiscal El primer convenio para evitar la doble tributacion entro en vigencia hace mas de cien anos y, desde entonces los convenios han evolucionado mucho. Cuando un MORDAZA contempla un programa de convenios para evitar la Doble Imposicion, normalmente estudia los modelos internacionales existentes y escoge una estrategia acorde con las circunstancias del pais. 1. Modelo OCDE La historia de los modelos de convenios comienza hace setenta anos con la Sociedad de las Naciones. A traves de su Comite de Asuntos Economicos, este organismo enfoco el problema de la doble tributacion y emitio un primer modelo de convenio. Mas adelante, durante la MORDAZA MORDAZA Mundial, con el fracaso de la Sociedad de las Naciones, este trabajo sobre tributacion se traslado a la Organizacion Europea de Cooperacion Economica (OECE), la misma que se convirtio posteriormente en la Organizacion de Cooperacion y Desarrollo Economico (OCDE). El convenio modelo generado por la OCDE, con enmiendas y explicaciones que se actualizan cada dos o tres anos, continua hoy sirviendo de base para la gran mayoria de convenios bilaterales. La MORDAZA modificacion se realizo el 29 de MORDAZA de 2000. El convenio modelo de la OCDE presenta varios conceptos importantes. Entre ellos, que los paises se comprometen reciprocamente a no gravar a residentes del otro MORDAZA que no ejerzan un nivel minimo de actividad dentro de sus fronteras. La fijacion de este minimo depende del MORDAZA de actividad; asi por ejemplo, una empresa no paga impuestos si no tiene un "establecimiento permanente" concepto que queda definido en el convenio. Existen requisitos minimos para los casos de prestacion de servicios personales, y reglas que permiten establecer si una persona es residente de un MORDAZA u otro. La idea general es facilitar el comercio. Al eliminar preocupaciones tributarias en el MORDAZA "receptor", este MORDAZA se beneficiara mas cuando las empresas tengan una mayor presencia. Pero hay que reconocer que este concepto solo tiene sentido en el contexto del sistema de fuente mundial de tributacion que nuestro MORDAZA tiene. 2. El Modelo ONU La Organizacion de las Naciones Unidas publico ocho reportes titulados "Convenios Tributarios entre Paises Desarrollados y Subdesarrollados" entre 1969 y 1980. Desde el primer reporte, se reconocio que: · Los lineamientos para los Convenios para prevenir la doble imposicion de 1963 elaborados por la OCDE eran una guia util y practica para las negociaciones tributarias entre los paises desarrollados; y, · Era necesario adaptar el patron de la OCDE a los problemas de los convenios celebrados entre paises desarrollados y subdesarrollados, en particular el flujo de una via de inversion y el riesgo de perdida de recaudacion.

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