Norma Legal Oficial del día 24 de Mayo del año 2001 (24/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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i) Asesorar a los organos del Ministerio en los asuntos relacionados con la administracion de recursos humanos, materiales y financieros; j) Emitir las Resoluciones Directorales referentes a los aspectos de su competencia; k) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y normas reglamentarias de los Sistemas Administrativos de su competencia; l) Evaluar y velar el cumplimiento de los convenios y contratos bajo su competencia; m) Asegurar la disponibilidad de recursos para el pago de las obligaciones y presentar propuestas de racionalizacion de gasto; n) Las demas funciones que le asigne la Secretaria General. Articulo 43º.- La Oficina General de Administracion esta a cargo de un Director General, quien depende de la Secretaria General. Articulo 44º.- La estructura de la Oficina General de Administracion es la siguiente: - Oficina de Control Previo. - Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares. - Oficina de Personal. - Oficina de Contabilidad y Tesoreria. - Oficina de Tramite Documentario y Archivo. Articulo 45º.- La Oficina de Control Previo es la encargada de ejercer el control previo de las operaciones financieras y administrativas que afectan el presupuesto del Pliego Ministerial y se canalizan a traves de la Oficina General de Administracion. Articulo 46º.- Son funciones de la Oficina de Control Previo las siguientes: a) Verificar el cumplimiento de las normas y directivas del Sistema Nacional de Control y de los diferentes Sistemas Administrativos, asi como la elaboracion de los informes de evaluacion de la gestion administrativa; b) Ejecutar el seguimiento de la implementacion de las recomendaciones para optimizar la gestion administrativa, financiera y contable de la Oficina General de Administracion, conforme a las recomendaciones efectuadas por la Oficina General de Auditoria Interna; c) Verificar la correcta formulacion y MORDAZA de la documentacion sustentatoria de la ejecucion de compromisos y pagos, asi como las respectivas rendiciones de cuenta; d) Controlar la ejecucion, liquidacion y renovacion del Fondo para MORDAZA Chica y del Fondo Fijo para Pagos en Efectivo, practicando los arqueos sorpresivos para verificar su correcta administracion; e) Formular los proyectos de Resoluciones Supremas por viajes al exterior en comision de servicio, verificando la documentacion sustentatoria y la posterior rendicion de cuenta documentada; f) Las demas funciones que le asigne el Director General. Articulo 47º.- La Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares es la encargada de proporcionar los recursos materiales, bienes y servicios que se requieran, en las condiciones de seguridad, calidad, oportunidad y costo adecuado, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Articulo 48º.- Son funciones de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares: a) Programar y ejecutar la obtencion oportuna de los bienes y servicios requeridos, acorde con los procedimientos legales vigentes; b) Controlar el almacenamiento y distribucion de bienes; c) Mantener actualizado el registro de proveedores de bienes y servicios; d) Valorar, registrar, controlar y mantener los bienes del activo fijo, asi como realizar el inventario fisico de los mismos; e) Suscribir y supervisar el cumplimiento de contratos de servicios de mantenimiento y reparacion de los bienes muebles e inmuebles, asi como atender los requerimientos de servicios que requiera la infraestructura del Ministerio;

f) Controlar la asignacion, uso y mantenimiento de los vehiculos que conforman el MORDAZA automotor del Ministerio; g) Brindar servicios de impresion y fotocopiado de documentos que requieran las diferentes Dependencias del Ministerio; h) Mantener permanente coordinacion con los jefes de Destacamento de la Policia Nacional asignados al Ministerio y supervisar el cumplimiento de las funciones del personal encargado de la seguridad del Ministerio; i) Las demas funciones que le asigne el Director General. Articulo 49º.- La Oficina de Personal es la encargada de administrar el potencial humano del Ministerio promoviendo su capacitacion y bienestar a fin de optimizar su rendimiento. Articulo 50º.- Son funciones de la Oficina de Personal las siguientes: a) Planear, organizar, ejecutar y controlar las acciones referidas al potencial humano; b) Reconocer y otorgar derechos y beneficios a los servidores activos y cesantes del Ministerio, mediante Resolucion Directoral; c) Realizar los procesos tecnicos para el ingreso, evaluacion, desplazamiento y ascenso del personal; d) Promover, coordinar y ejecutar acciones de capacitacion y promocion social; e) Organizar y mantener actualizado los Registros de Personal, segun el regimen laboral y pensionario a los que pertenezcan; f) Elaborar y mantener actualizado el Presupuesto Analitico de Personal, la planilla unica de pagos de remuneraciones y pensiones, asi como programas de incentivos, preventivo de salud y asistencia social; g) Ejecutar politicas de control de asistencia y permanencia del personal; h) Emitir pronunciamiento expreso en casos disciplinarios, asi como aplicar las medidas correctivas necesarias; i) Promover, coordinar y desarrollar actividades artisticas, culturales, deportivas y recreativas, extensivas a la familia del servidor; j) Las demas funciones que le asigne el Director General. Articulo 51º.- La Oficina de Contabilidad y Tesoreria es la encargada de administrar los Sistemas de Contabilidad y Tesoreria, en concordancia con las normas legales vigentes. Articulo 52º.- Son funciones de la Oficina de Contabilidad y Tesoreria las siguientes: a) Conducir los Sistema de Contabilidad y Tesoreria del Ministerio y ejecutar las actividades derivadas de los mismos; b) Formular la Contabilidad Presupuestaria y Patrimonial del Ministerio; c) Elaborar los Balances Presupuestales y Financieros del Ministerio de acuerdo al Sistema de Contabilidad Gubernamental Integrada; d) Realizar seguimiento a las cuentas por cobrar del Ministerio, asi como la captacion de ingresos propios; e) Participar en la formulacion del presupuesto del presupuesto del Ministerio, en coordinacion con la Oficina General de Presupuesto y Desarrollo, asi como controla la ejecucion y evaluacion del mismo; f) Las demas funciones que le asigne el Director General Articulo 53º.- La Oficina de Tramite Documentario y Archivo es la encargada de supervisar y/o ejecutar acciones del sistema documentario y archivo, asi como de la distribucion de los documentos oficiales del Ministerio. Articulo 54º.- Son funciones de la Oficina de Tramite Documentario y Archivo las siguientes: a) Conducir el sistema documentario y ejecutar los procesos del sistema; b) Recibir y distribuir la correspondencia y expedientes a los organismos externos; c) Organizar y ejecutar actividades de archivo de acuerdo a las disposiciones emitidas por el Archivo General de la Nacion;

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