Norma Legal Oficial del día 24 de Mayo del año 2001 (24/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2001

Articulo 96º.- La Direccion de Promocion de Servicios Empresariales esta a cargo de un Director quien depende del Director Nacional de Pequena Empresa y Artesania. CAPITULO VIII DEL VICEMINISTERIO DE TURISMO Articulo 97º.- Corresponde al Viceministro de Turismo, formular y proponer la politica nacional de turismo; asi como proponer y emitir segun el caso, las normas de alcance nacional que correspondan a la actividad turistica. Articulo 98º.- Son funciones del Viceministro de Turismo, las siguientes: a) Formular y proponer la politica de desarrollo de la actividad turistica; b) Proponer las normas reglamentarias de alcance nacional que correspondan a la actividad turistica; c) Participar en la orientacion y coordinacion de los planes y ejecucion de obras de interes turistico que realicen las Regiones y Gobiernos Locales; d) Designar a los Consultores en Turismo; e) Opinar sobre los proyectos de normas legales y administrativas elaborados por otros organismos publicos que tengan relacion con el turismo; f) Resolver los recursos de apelacion interpuestos por los prestadores de servicios turisticos; g) Coordinar con otros Organismos de la Administracion Publica y Privada, que tengan relacion con las actividades orientadas al desarrollo turistico del pais; h) Representar al Estado en los contratos de concesion que suscribe el Gobierno para la explotacion de MORDAZA de agua minero medicinales, con fines turisticos; i) Asumir la representacion del Peru en las Organizaciones Internacionales, vinculadas a la actividad turistica; j) Suscribir convenios o acuerdos de cooperacion interinstitucional con entidades publicas o privadas sobre asuntos relacionados con la actividad turistica; k) Supervisar a la Institucion Publica Descentralizada del Sector, relacionada con la actividad turistica; l) Expedir Resoluciones Viceministeriales en las materias que le corresponde o le hayan sido delegadas; m) Coordinar el cumplimiento de las disposiciones que normen las actividades de su competencia; n) Las demas funciones que le asigne el Ministro. Articulo 99º.- La Estructura Organica del Viceministerio de Turismo es la siguiente: A. ORGANO DE DIRECCION - Despacho Viceministerial de Turismo B. ORGANO CONSULTIVO - Comite Consultivo de Turismo C. ORGANO TECNICO NORMATIVO - Direccion Nacional de Turismo · Organos Tecnico Normativos * Direccion de Asuntos Normativos y Supervision * Direccion de Desarrollo y Facilitacion Turistica · Organo Tecnico Especializado * Comision Nacional de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas - CONACTRA. · Organo Ejecutivo * Direccion Ejecutiva de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas DEL ORGANO CONSULTIVO COMITE CONSULTIVO DE TURISMO Articulo 100º.- El Comite Consultivo de Turismo es un organo de coordinacion entre el Sector Publico y Privado, creado mediante el Articulo 9º de la Ley Nº 26961, Ley para el Desarrollo de la Actividad Turistica. Tiene como finalidad formular recomendaciones sobre acciones, lineamientos de politica y normas relacionadas con la actividad turistica.

Esta conformado por los siguientes representantes: · Dos (2) representantes del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, uno de los cuales sera el Viceministro de Turismo, quien lo presidira. · Un (1) representante de la Camara Nacional de Turismo (CANATUR). · Un (1) representante del Gremio de Agencias de Viajes y Turismo a nivel nacional. · Un (1) representante del Gremio de Hoteles y Restaurantes a nivel nacional. · Un (1) representante del Gremio de Operadores de Turismo Receptivo e Interno. · Un (1) representante del Gremio de Transportistas Aereos. · Un (1) representante del Gremio de Transportistas Terrestres. · Un (1) representante de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU. La organizacion y funciones del Comite Consutivo de Turismo, se rige por su propio reglamento. DEL ORGANO TECNICO NORMATIVO DIRECCION NACIONAL DE TURISMO Articulo 101º.- Corresponde a la Direccion Nacional de Turismo ejecutar la politica nacional de desarrollo de la actividad Turistica; emitir las normas reglamentarias de alcance nacional de la actividad turistica, supervisar su cumplimiento y propiciar el desarrollo de las inversiones, impulsar la elevacion de la calidad de los servicios turisticos, asi como autorizar, fiscalizar, supervisar, evaluar y sancionar las actividades vinculadas a la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas. Articulo 102º.- Son funciones de la Direccion Nacional de Turismo las siguientes: a) Ejecutar la politica nacional de desarrollo de la actividad turistica; b) Proponer y aplicar normas reglamentarias de alcance nacional que correspondan a la actividad turistica; c) Expedir Resoluciones Directorales en las materias que le corresponde o le hayan sido delegadas; d) Coordinar con otras entidades del Sector Publico y Privado, asuntos vinculados al turismo; e) Coordinar, supervisar y asesorar tecnica y normativamente a las Direcciones Regionales de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; f) Orientar y coordinar el desarrollo y ejecucion de proyectos de interes turistico que realicen los organismos regionales, los gobiernos locales u otros organismos publicos; g) Emitir opinion con respecto a las propuestas de designacion de los directivos de las Direcciones Regionales de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; h) Supervisar la correcta aplicacion de las disposiciones legales y directivas vinculadas a los prestadores de servicios turisticos y aplicar las correspondientes sanciones en caso de incumplimiento; i) Emitir opinion tecnica en asuntos de turismo en las distintas etapas de los procesos de integracion; j) Proponer, evaluar y supervisar los aspectos tecnicos en materia de turismo de los proyectos de cooperacion tecnica internacional, asi como presentar y evaluar a los candidatos a las becas que resulten de la citada cooperacion, en coordinacion con el organo de asesoramiento correspondiente; k) Ejecutar estudios y apoyar las actividades de investigacion y desarrollo en aspectos tecnologicos aplicados a la actividad turistica; l) Emitir opinion sobre los proyectos de normas legales y administrativas que tengan relacion con el turismo; m) Verificar el cumplimiento de las normas del medio ambiente y preservacion de recursos naturales; relacionados con la actividad turistica; n) Analizar y evaluar los estudios sobre el medio ambiente, vinculados a la actividad turistica; o) Expedir, modificar o revocar las autorizaciones de explotacion de juegos de casino y maquinas tragamone-

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