Norma Legal Oficial del día 24 de Mayo del año 2001 (24/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2001

Con la opinion favorable del Viceministro;

Que mediante Resolucion Suprema Nº 012-98-PE de 27 de febrero de 1998 se designo al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Director Regional de Pesqueria del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR Moquegua; Que mediante Oficio Nº 295-2001/P.CTAR-MOQ de 1 de marzo de 2001 el Presidente Ejecutivo del CTAR MORDAZA solicita la ratificacion de dicho profesional en el cargo de Director Regional de Pesqueria de Moquegua; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515, y Decreto Legislativo Nº 560; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ratificar al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Director Regional de Pesqueria del Consejo Transitorio de Administracion Regional -CTAR Moquegua. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 24034

Articulo 1º.- Constituir una Comision Permanente de evaluacion y seguimiento de los convenios de investigacion pesquera vigentes y los que suscriban el Ministerio de Pesqueria, organismos publicos descentralizados del Sector Pesqueria con las empresas e instituciones publicas y privadas, nacionales y extranjeras, la misma que estara conformada de la siguiente forma: - El Viceministro de Pesqueria, quien la presidira; - El Presidente del Consejo Directivo del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE; - El Presidente del Consejo Directivo del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP; - El Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero; - El Director Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia; y, - Cinco (5) representantes del sector privado. Articulo 2º.- La Comision tendra como funciones la evaluacion y seguimiento en forma permanente de la ejecucion de los convenios de investigacion pesquera, asi como recomendar las medidas correctivas que estime conveniente. Al finalizar cada convenio, la Comision emitira un informe al Despacho Ministerial, sobre el desarrollo y cumplimiento de los objetivos y metas cumplidas; asimismo, recomendara las medidas a adoptar respecto a los resultados de la investigacion. Articulo 3º.- Los organismos publicos descentralizados del Sector Pesqueria y las empresas e instituciones publicas y privadas, nacionales y extranjeras, que en el MORDAZA de convenios aprobados por el Ministerio de Pesqueria ejecuten investigaciones pesqueras, deberan remitir a la Comision informes parciales y final sobre el desarrollo y los resultados alcanzados. La Comision podra solicitar exposiciones finales sobre ejecucion de los convenios de investigacion pesquera. Registrese, comuniquese y publiquese.

Constituyen Comision Permanente de evaluacion y seguimiento de los convenios de investigacion pesquera
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 167-2001-PE MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto en los Articulos 13º y 14º de la Ley General de Pesca, aprobada por el Decreto Ley Nº 25977, la investigacion pesquera esta orientada a obtener y proporcionar permanentemente las bases cientificas que sustentan el desarrollo integral y armonico del MORDAZA pesquero; para cuyo efecto el Estado promueve e incentiva la investigacion que realizan los organismos publicos especializados del Sector y las Universidades, asi como la que provenga de la iniciativa de personas naturales o juridicas del sector privado, cuyos resultados deberan ser oportunamente difundidos por medios apropiados; Que el Articulo 25º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el Ministerio de Pesqueria podra autorizar mediante Resolucion Ministerial a armadores de embarcaciones o a instituciones especializadas extranjeras la realizacion de actividades de investigacion cientifica o tecnologica en aguas jurisdiccionales peruanas, debiendo participar el Instituto MORDAZA del Peru IMARPE; Que la Resolucion Ministerial Nº 161-2001-PE establece que los convenios suscritos con fines de investigacion cientifica y exploratoria por el Ministerio de Pesqueria, organismos publicos descentralizados del sector con las empresas e instituciones publicas y privadas, nacionales y extranjeras, deben ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que es proposito del Ministerio de Pesqueria garantizar que los resultados de las investigaciones contribuyan al desarrollo de la pesqueria nacional mediante la oportuna adopcion de medidas de ordenamiento, por lo que es necesario velar por el cumplimiento de los objetivos y metas materia de los convenios referidos en el considerando precedente, a traves de la conformacion de una Comision Permanente encargada de la evaluacion y seguimiento de dichos convenios; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Pesca y su Reglamento; y,

MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 24007

Declaran improcedente solicitud de cambio de nombre del titular de permiso de pesca y autorizacion de incremento de flota
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 067-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2001 Visto el expediente Nº CE-00141003 con escritos del 14 de marzo y 20 de MORDAZA del 2001, presentados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA TREJO. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 239-97-PE/DNE del 15 de diciembre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "SHUR" (actualmente MICAELA) con matricula Nº CE-12863-CM, de 113.88 m3 de volumen de bodega, equipada con redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.) , para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, aprobandose mediante Resolucion Directoral Nº 092-2000-PE/DNE del 8 de MORDAZA del 2000 el cambio de nombre del titular de dicho

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