Norma Legal Oficial del día 24 de Mayo del año 2001 (24/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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tada, razon por la que con fecha 4 de MORDAZA de 2000, mediante Carta Nº 024-00-DTIT-OSITRAN, la Division requiere por escrito a TISUR para que informase a dicho organo funcional sobre la planificacion e inicio de la Mejora en cuestion. III.2. Como se establecio el plazo para presentar Planes de Diseno y de Trabajo: 1. Si bien el contrato no senala una fecha especifica para la MORDAZA de Planes de Diseno y de Trabajo, queda MORDAZA que el plazo de entrega quedo establecido en el MORDAZA del ejercicio de la funcion de administrar la ejecucion del contrato establecida en el Articulo 7.1º - a de la Ley Nº 26917 y de la permanente coordinacion de la Division con TISUR, asi como de las comunicaciones cursadas entre estos para tal efecto. 2. Desde la fecha en que TISUR fue requerida por la Division, los dos plazos establecidos para la MORDAZA de los Planes de Diseno y de Trabajo de la Mejora, a saber, 11 de agosto primero y 1 de septiembre despues, fueron establecidos por TISUR y no impuestos por OSITRAN, quien otorgo la aprobacion correspondiente. 3. En ese sentido, TISUR tuvo mas de una oportunidad para establecer responsablemente el plazo de MORDAZA de los Planes de Diseno y de Trabajo de la Mejora, considerando la realizacion de todos los actos preparatorios requeridos. 4. El hecho de que la Division MORDAZA actuado con flexibilidad12 con TISUR no implica que la empresa no estaba obligada a tomar en cuenta, dentro del MORDAZA de elaboracion correspondiente, su responsabilidad para que la Mejora se realice en el plazo establecido en el contrato, lo que quiere decir que las complejidades intrinsecas a tal elaboracion debieron ser tomadas en cuenta por TISUR al proponer a la Division el plazo de entrega de los Planes de Diseno y de Trabajo. 5. Con relacion a la complejidad para elaborar los Planes de Diseno y de Trabajo de la Mejora Eventual, es necesario tomar en cuenta que de acuerdo al Anexo "F" - Bienes a ser concesionados en el terminal portuario de Matarani, dentro de la superestructura que se entrego al concesionario al inicio de la concesion, estaba la faja transportadora fija para embarque de minerales, que es con relacion a la cual debia realizarse la cobertura, en ese sentido, no se trata de la implementacion de una nueva faja, sino unicamente de proporcionar una mejor cobertura a la existente. III.3. Cuanto tiempo tuvo TISUR para elaborar de los Planes de Diseno y de Trabajo 1. TISUR presento los Estudios de Impacto Ambiental -EIA- con fecha 2 de MORDAZA de 2000 y la Division le requiere que se le informe sobre la planificacion e inicio de la Mejora con fecha 4 de mayo. 2. En ese sentido, desde la fecha del requerimiento hasta el 11 de agosto de 2000, que fue la primera fecha propuesta por TISUR para la MORDAZA de los Planes de Diseno y de Trabajo, transcurrieron (3) tres meses; hasta el 1 de septiembre que fue la MORDAZA fecha propuesta por TISUR para la MORDAZA de dichos Planes, transcurrieron (4) meses, y; hasta el 23 de octubre, que fue la fecha de la MORDAZA efectiva de los Planes de Diseno y de Trabajo transcurrieron algo mas de (5) cinco meses. 3. Este organo colegiado considera que los cuatro meses que transcurrieron entre la fecha del requerimiento por parte de la Division y el 1 de septiembre en que TISUR se comprometio a presentar la referida informacion, constituyen un periodo razonable para realizar todos los actos necesarios previos a la MORDAZA de los planes de diseno y de trabajo ante OSITRAN. III.4. La prevision de los criterios minimos de operacion y de calidad, con relacion a la justificacion en la demora 1. De acuerdo al numeral 1.16. del contrato, los "Criterios de Calidad" seran los descritos en el Anexo I, el mismo que senala que los criterios de calidad seran los establecidos en la Propuesta Tecnica - Anexo D. 2. De acuerdo al numeral 1.17. del contrato, los "Criterios Minimos de Operacion" significan los crite-

MORDAZA minimos de operacion del Terminal Portuario senalados en el numeral 5.16. 3. El numeral 5.16.3. establece que TISUR pondra en operacion y mantendra un programa certificado de garantia de calidad en cumplimiento de la MORDAZA de gestion ISO 14000 durante la gestion ambiental. 4. En el capitulo IV - Plan de Desarrollo - punto D.3. Evaluacion de Impacto Ambiental - de la Propuesta Tecnica de TISUR se establece que: "D.3. Evaluacion de Impacto Ambiental La evaluacion es un metodo para juzgar la magnitud, intensidad e importancia de los efectos ambientales de la actividad humana, en este caso de la actividad portuaria. La evaluacion de impacto ambiental es pues un MORDAZA tecnico de analisis, util como instrumento para facilitar la toma de decisiones ante determinadas actuaciones, que permite compatibilizar la ejecucion de las mismas con una defensa eficaz del medio ambiente. En ese sentido, nuestros Asesores Tecnicos en la proteccion de Medio Ambiente Srs. MORDAZA & Moore, emitieron un informe preliminar de la Auditoria Ambiental del Terminal Portuario de Matarani: PRIMERA FASE DEL ESTUDIO AMBIENTAL DEL EMPLAZAMIENTO, incluimos MORDAZA del mismo en el Anexo 6 y cuyas conclusiones preliminares son las siguientes: (...) Contaminacion por polvo de mineral en las zonas aledanas al area de almacenamiento y faja transportadora de minerales". 5. Del mismo modo, el EIA de TISUR presentado ante OSITRAN con fecha 2 de MORDAZA de 2000, establece lo siguiente: "8.0. RECOMENDACIONES 8.2. ESPECIFICOS (Pagina 34 del EIA) Proporcionar una mejor cobertura de la faja transportadora de minerales para evitar perdida de material e implementar un sistema de control de contaminacion". 6. En ese sentido, los criterios de calidad no constituyen nuevas exigencias que TISUR debiera cumplir, sino que son aquellos establecidos por la propia empresa en su Propuesta Tecnica, lo que implica una posibilidad de prevision anticipada que favorece a la empresa concesionaria. 7. Por otro lado, los criterios minimos de operacion, vinculados a las normas de gestion ISO, tampoco representan exigencias nuevas para TISUR a las que ya le impone la clausula 5.16. del contrato, ya que como se ha demostrado, conocia de la necesidad de mantenerlos, desde la MORDAZA del Estudio Ambiental del Emplazamiento - Primera Fase, durante la etapa de MORDAZA de la Propuesta Tecnica y con mas precision al 2 de MORDAZA de 2000, fecha en la que presenta el EIA, con la recomendacion a la que ya se ha hecho referencia. 8. En tal virtud, la necesidad de implementacion de los criterios de calidad como los criterios minimos de operacion, constituye informacion con que TISUR contaba con bastante antelacion al 1 de septiembre en que debio presentar los Planes de Diseno y de Trabajo y su evaluacion es parte natural del MORDAZA de elaboracion de los Planes de Diseno y de Trabajo. III.5. La necesidad de establecer un procedimiento para la elaboracion de los Planes de Diseno y de Trabajo como justificacion para la demora 1. TISUR conocia de la necesidad de mejorar la cobertura actual de la faja de transporte de minerales desde la MORDAZA del EIA ante OSITRAN con fecha 2 de MORDAZA de 2000.

12

La Division tomo en cuenta todo el tiempo las consideraciones expuestas por TISUR, en atencion a las cuales incluso concedio a TISUR una prorroga para que presente los EIA no el 17 de febrero de 2000, sino el 2 de MORDAZA de tal ano.

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