Norma Legal Oficial del día 25 de Mayo del año 2001 (25/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2001

Declaran nulo concurso publico referido al servicio de estacionamiento y seguridad vehicular
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1054-01/SG-MDS Surquillo, 22 de MORDAZA del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto el Informe Nº 001-CE-MDS emitido por el Comite del Concurso Publico Nº 001-01-CE-MDS de fecha 18.5.01, con relacion al MORDAZA, referido al servicio de Estacionamiento y Seguridad Vehicular. CONSIDERANDO: Que, el Comite del Concurso Publico Nº 001-01-CEMDS, convoco mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano de fecha 2 de MORDAZA del 2001, el MORDAZA del Concurso Publico Nº 001-01-CE-MDS, referido al servicio de Estacionamiento y Seguridad Vehicular, por un monto referencial de S/. 131,300 Nuevos Soles a favor de la Municipalidad de Surquillo; Que, mediante Informe Nº 01-CE-MDS de fecha 18.5.01, del Comite del Concurso Publico, informa que despues de haber llegado a la etapa de observacion a las bases el Comite ha procedido a evaluar las observaciones presentadas por los postores, dentro de ellas la presentada por la empresa Servicios Legales y Empresariales S.A. en la cual se desprende que el hecho de que la Municipalidad no paga al concesionario sino el concesionario a la Municipalidad segun las bases administrativas, lo cual evidencia que el comite no podria aplicar la Ley y el Reglamento de contrataciones y adquisiciones del Estado, forzando a utilizar artificios matematicos para aplicar los puntajes correspondientes, lo que traeria consigo que el MORDAZA sea impugnado en cualquier etapa del MORDAZA por no ajustarse a la Ley, por lo expuesto el Comite en pleno ha adoptado por recomendar por la nulidad del Concurso Publico Nº 001-01-CE-MDS, debiendose convocar a un MORDAZA concurso publico superandose las observaciones efectuadas en el presente concurso publico; Que, el Art. 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001-PCM, senala que el Tribunal en los casos que conozca declarara nulos los actos administrativos expedidos por las entidades, cuando hayan sido dictados por organos incompetentes, contravenga las normas legales, contengan un imposible juridico, o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendose expresar en la resolucion que expida la etapa a la que retroaera el proceso; Que, el Art. 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que el titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion alguna de las causales establecidas en el Articulo 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos; Despues de celebrados los contratos solo es posible declarar la nulidad por efecto del Articulo 9º de la Ley. Esta facultad es indelegable. La Resolucion que declara la nulidad de oficio debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los (5) dias siguiente a su expedicion, bajo responsabilidad; Que, la Oficina de Asesoria Juridica en su Informe Nº 225-A-OAJ-MDS, de fecha 21.5.01, senala que estando (en la etapa de MORDAZA de observacion a las bases) y dentro del plazo establecido en el Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D. S. Nº 013-2001-PCM, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, opina que se debera declarar nulo el MORDAZA del Concurso Publico MORDAZA mencionado, toda vez que contraviene lo dispuesto por las Leyes y Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo de retrotraerse el MORDAZA a la etapa de la convocatoria; Con el Visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Juridica, Oficina de Administracion, y en el uso de las facultades conferidas en el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades;

Articulo Primero.- DECLARAR NULO el MORDAZA de Seleccion del Concurso Publico Nº 001-01-CE-MDS, referido al servicio Estacionamiento y Seguridad Vehicular, el cual fue publicado el dia 2 de MORDAZA del 2001 en el Diario Oficial El Peruano, desde la etapa de la convocatoria, retrotraerse lo actuado a la etapa MORDAZA mencionada por los fundamentos expuestos en la parte Considerativa. Articulo Segundo.- Devolver a las empresas postoras el pago por derecho de adquisicion de bases o considerar dicho pago para la proxima convocatoria. Articulo Tercero.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 5 dias siguientes a su expedicion. Articulo Cuarto.- Encargar a las Oficinas de Administracion, Secretaria General el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA CASASSA BACIGALUPO MORDAZA 24014

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Designan ejecutor coactivo de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 237-2001-MPP/ALC MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2001 Visto, los resultados del Concurso Publico de Meritos de Personal relacionado a la Plaza de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Pisco; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26979, de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, en su Art. 7º establece que la designacion del Ejecutor Coactivo se efectuara mediante concurso de meritos e ingresara como funcionario de la entidad a la cual representara; Que, en concordancia con la Ley, la Municipalidad luego de realizar el MORDAZA de evaluacion y el Concurso Publico de Meritos correspondiente, la Comision Especial de Evaluacion ha declarado como ganador del concurso respectivo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para cubrir la plaza vacante de EJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Provincial de Pisco; por lo tanto es necesario formalizar su designacion mediante la expedicion de la resolucion correspondiente; Estando a lo informado por la Comision de Evaluacion; a los resultados del Concurso Publico de Meritos, y con las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir de la fecha como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de MORDAZA al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, incorporandosele como servidor permanente de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, con todas las facultades y derechos que les corresponde conforme a ley. Articulo Segundo.- El gasto que origine la presente, se cargara a la partida especifica del presupuesto vigente para el presente ano en la Municipalidad Provincial de Pisco. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 24016

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